Guía Esencial del Salario, Seguridad Social y Sistemas de Protección Laboral
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1. El Salario
El salario es la cantidad que la empresa paga al trabajador, que debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional.
El salario mínimo interprofesional es la cantidad mínima que un trabajador debe percibir por su trabajo.
El salario se compone de las siguientes percepciones:
Percepciones Salariales
- Salario base: Retribución fijada por tiempo trabajado o por obra realizada, según la categoría profesional o nivel retributivo.
- Complementos salariales: Cantidades que se pagan por:
- Personales: Se cobran por situaciones propias del trabajador, si no se han tenido en cuenta en el salario base.
- Del puesto de trabajo: Se pagan por el tipo de actividad que se realiza.
- Por cantidad o calidad de trabajo: Incluyen asistencia, puntualidad, incentivos y comisiones.
- Por la situación de la empresa: Participación en beneficios, bonos, etc.
- Gratificaciones extraordinarias: Se reciben dos pagas extraordinarias al año, generalmente en Navidad y en otro mes acordado.
- Salario en especie: Bienes o servicios distintos al dinero, como vivienda, vehículo, viajes o planes de pensiones, valorados según los criterios de Hacienda.
Percepciones No Salariales
Son las cantidades que el trabajador puede recibir, pero que no se consideran salario:
- Indemnizaciones o suplidos.
- Prestaciones de la Seguridad Social.
- Indemnizaciones por traslado, suspensión y despido.
- Otras percepciones no salariales.
- Salario bruto: Es la suma de las percepciones salariales y no salariales.
- Salario neto: Es la cantidad resultante después de deducir las cotizaciones a la Seguridad Social y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Nómina: Es el recibo justificativo del pago del salario.
Las dietas son cantidades destinadas a cubrir gastos de comida o alojamiento fuera del domicilio. Los gastos de estancia justificados con factura no cotizan ni tributan.
2. La Seguridad Social
La Seguridad Social es un sistema público con varios regímenes y carácter universal que se extiende a toda la población y garantiza la asistencia y prestaciones suficientes en situación de necesidad.
- Régimen General: Abarca a los trabajadores por cuenta ajena de las empresas, funcionarios y personal laboral/civil no funcionario de la administración pública. (Trabajadores por cuenta ajena).
- Régimen Especial: Se aplica a actividades que, por sus características, tienen normas y acción protectora propia. (Trabajadores por cuenta propia).
- Seguridad Social Universal: Cubre a todos, estén o no trabajando.
- Seguridad Social Pública: Es gestionada por el Estado y financiada por los ciudadanos.
3. Sistemas de Protección
Los sistemas de protección permiten ayudar a los trabajadores en determinadas situaciones, compensando la pérdida de ingresos o el exceso de gastos, con medidas económicas o no económicas llamadas prestaciones.
- Asistencia sanitaria: Conjunto de servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud.
- Incapacidad temporal: Un trabajador puede cobrar un subsidio diario durante la baja temporal por enfermedad o accidente.
Cuantía en Contingencias Comunes:
- Del 1 al 3 día: No se cobra nada.
- Del 4 al 20 día inclusive: 60% de la base reguladora.
- Del 21 día en adelante: 75% de la base reguladora.
La empresa paga hasta el día 15, luego se encarga la entidad gestora.
Cuantía en Contingencias Profesionales:
- Día de baja: Salario íntegro pagado por la empresa.
- Desde el día siguiente de la baja: 75% de la base reguladora.
El responsable del pago es la entidad gestora o la MATEP.