Guía Esencial de Prevención de Riesgos Laborales: Estrategias y Técnicas

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Prevención de Riesgos Laborales: Una Visión Integral

La prevención de riesgos laborales es el conjunto de medidas que se toman para evitar o disminuir los riesgos laborales y lograr mejores condiciones de trabajo.

Conceptos Clave

  • Accidente de trabajo: Es toda lesión corporal que el trabajador sufre como consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
  • No se consideran accidentes de trabajo: La fuerza mayor extraña al trabajo, o una imprudencia temeraria.
  • Fatiga laboral: Es la disminución de la capacidad física y mental para realizar el trabajo debido al cansancio.

Técnicas de Prevención y Protección

Técnicas de Prevención

  • Seguridad: Trata de evitar accidentes de trabajo.
  • Higiene industrial: Previene enfermedades profesionales.
  • Ergonomía: Evita la fatiga.
  • Psicosociología: Técnica de lucha contra la insatisfacción laboral.
  • Medicina del trabajo: Trata de prevenir la pérdida de salud.

Técnicas de Protección

  • Barandillas y redes de seguridad.
  • Resguardos de máquinas.
  • Dispositivos de seguridad.
  • Ventilación general.
  • Pantallas.

Obligaciones del Empresario

  • Equipos de trabajo y medidas de protección: El empresario debe proporcionar equipos de trabajo seguros, así como adoptar medidas de protección.
  • Vigilancia de la salud: La empresa está obligada a realizar controles médicos al inicio del trabajo, realizando solo las pruebas necesarias. El trabajador puede optar por no realizarlos.
  • Información y formación: El empresario debe informar al trabajador de los riesgos laborales, ofreciendo información práctica y teórica. La formación se realizará dentro de la jornada de trabajo, y el trabajador está obligado a participar.

Modos de Organización de la Prevención

  • Asunción por parte del empresario: Con menos de 25 trabajadores, el empresario puede encargarse de la prevención, pero debe acudir a otras modalidades de organización.
  • Designar a uno o varios trabajadores: La empresa puede decidir que algún trabajador gestione la prevención de riesgos, siempre que tenga la capacidad y el tiempo necesario para desarrollarlo.
  • Servicio de Prevención Propio (SPP): Deberán crearlo cuando:
    • Sea mayor de 500 trabajadores.
    • Cuando desarrolle una actividad de riesgo especial.
    • Cuando la autoridad laboral decida que debe crear un servicio propio.
    Los SPP realizarán: elaborar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, evaluar los riesgos, determinar las prioridades de actuación, la vigilancia de la salud de los trabajadores, y la actuación en caso de primeros auxilios.
  • Servicio de Prevención Ajeno (SPA): Son entidades especializadas en gestionar la prevención de riesgos. Algunas mutuas tienen un servicio de prevención ajeno. Los empresarios deberán acudir a él cuando sea obligatorio.

Representación de los Trabajadores

  • Delegados de prevención: Son los representantes de los trabajadores que tienen funciones específicas en prevención de riesgos laborales.
  • Comité de Seguridad y Salud (CSS): Debe existir un comité formado por los delegados de prevención y un número igual de representantes de la empresa.

Competencias y Facultades del CSS

  • Ser consultados en decisiones sobre medidas de protección.
  • Participar en la planificación de la prevención de riesgos.
  • Efectuar propuestas en materia de prevención y protección.
  • Ser informados de accidentes de trabajo.
  • Conocer toda la documentación sobre PR.
  • Acompañar a inspectores en visitas.

Costes de los Accidentes

Costes para la Empresa

  • Salarios e indemnizaciones al trabajador.
  • Pérdida de productividad por parte del trabajador.
  • Tiempo utilizado en investigar el accidente.
  • Mayor conflictividad laboral.
  • Daños materiales.
  • Sanciones económicas y penales.
  • Pérdida de imagen.

Costes para el Trabajador y la Sociedad

  • Para el trabajador: Supone un dolor por el accidente, pérdida de capacidad profesional y disminución temporal o definitiva de ingresos.
  • Para la sociedad: Significa la pérdida de recursos humanos por muerte o de capacidad productiva por minusvalía, y el pago de indemnizaciones.

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