Guía Esencial de Contratos Laborales, Jornada y Salarios en España

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,33 KB

Contrato Laboral: Elementos Esenciales

Contenido mínimo del contrato: Lugar y fecha, identificación de las partes, denominación y categoría del trabajo, lugar de trabajo, tiempo de duración, retribución, vacaciones, plazo de preaviso en caso de rescisión, convenio colectivo aplicable y firma.

Tipos de Contratos de Duración Determinada

Contrato de Obra o Servicio Determinado

  • Finalidad: Realización de obras o servicios dentro de la actividad normal de la empresa.
  • Duración: El tiempo exigido para el trabajo, máximo 3 años prorrogable a 4.
  • Indemnización: 9 días por año trabajado hasta 2015, que serán 12 días.
  • Forma: Por escrito.

Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

  • Finalidad: Atender necesidades debidas al incremento de la actividad.
  • Duración: Máxima de 6 meses en un periodo de 12, hasta 18 por convenio.
  • Indemnización: 9 días por año trabajado hasta 12 días en 2015.
  • Forma: Escrita cuando exceda de 4 semanas.

Contrato de Interinidad

  • Finalidad: Sustituir a trabajadores cuyo contrato está suspendido con reserva de puesto.
  • Duración: Lo que dure la suspensión.
  • Indemnización: Ninguna.
  • Forma: Escrita, especificando el trabajador sustituido y la causa.

Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

Una ETT presta o pone a disposición de otra empresa (cliente) y con carácter temporal, trabajadores. El contrato será escrito y oficial, y se denomina de puesta a disposición. El poder de dirección corresponde al cliente y el de sanción a la ETT. Se les aplicarán los convenios de lo contratado. Su retribución la abona la ETT y tiene que ser la misma que la de los trabajadores de la empresa. La indemnización es de 12 días por año o parte proporcional si es inferior.

Subcontratación (Outsourcing o Externalización)

Empresas de subcontratación, outsourcing o externalización.

Jornada Laboral

La jornada laboral es el tiempo diario, semanal o anual que un trabajador dedica a su actividad laboral. El máximo es de 40 horas semanales y 9 horas diarias, aunque para menores es de 8 horas.

Ampliación o Reducción de Jornada

Se puede reducir por:

  • Guarda legal de un menor de 8 años: reducción de 1/8 mínimo y máximo de media jornada.
  • Lactancia de un hijo menor de 9 meses.

Periodos de Descanso

  • Entre jornadas: mínimo de 12 horas.
  • Semanal: mínimo de día y medio ininterrumpido y acumulable en 14 días.
  • Jornada continua: no inferior a 15 minutos y menores de 30 si es más de 4 horas y media.

Horas Extraordinarias

Se considera hora extraordinaria a cada hora de trabajo efectivo que se realice fuera de la jornada laboral. El máximo es de 80 horas al año, exceptuadas las de prevención o reparación. Son voluntarias salvo pacto colectivo. Prohibidas a menores de 18 años y en horario nocturno. Su retribución no podrá ser inferior a la hora ordinaria.

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El Salario Mínimo Interprofesional es la cantidad mínima que puede percibir un trabajador por 40 horas semanales. Puede ser mejorado por convenios colectivos. El gobierno lo fija anualmente y se puede incrementar con complementos. Es inembargable, solo las cantidades superiores al salario mínimo podrían embargarse por impago de pensiones alimenticias a cónyuges e hijos.

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo cuya finalidad es garantizar parcialmente a los trabajadores los salarios e indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral:

  • Salarios: En caso de insolvencia, suspensión de pagos o quiebra, se abonará lo que resulte al multiplicar el doble del SMI a un máximo de 120 días.
  • Indemnizaciones: Por despido o extinción de contrato reconocidas en sentencia judicial.

Entradas relacionadas: