Guía Completa sobre IRPF, Impuesto sobre Sociedades e IVA: Aspectos Clave y Liquidación

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IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

Se aplica a todo el territorio español, con regímenes especiales para el País Vasco y Navarra.

Objeto Imponible:

Obtención de rentas por parte del contribuyente.

Hecho Imponible:

Obtención de rendimientos procedentes de:

Trabajo:

En dinero o en especie, que se derive directa o indirectamente del trabajo personal o sean rendimientos de actividades económicas.

Retribuciones en especie:

Utilización, consumo o precio inferior al del mercado, siempre que provenga de una relación laboral.

Deducciones:
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Detracciones de derechos pasivos
  • Cotizaciones a colegios de huérfanos o instituciones similares
  • Cuota de sindicatos
  • Cuota de colegios profesionales
  • Gastos de defensa jurídica en litigios suscitados

Capital Mobiliario:

Rendimientos originados por los bienes muebles.

Capital Inmobiliario:

Frutos producidos por los bienes inmuebles o derechos reales que recaen sobre los mismos, que no estén afectados a actividades económicas.

Gastos Deducibles:
  • Tributos y cargas no estatales (IBI)
  • Servicios personales: portería, gastos de administración
  • Conservación y reparación
  • Primas de seguros
Reducciones:

En rentas cualificadas como irregulares generadas en más de dos años.

Actividades Económicas:

Los rendimientos se pueden calcular por estimación:

  • Directa: Siguiendo la normativa del INSS
  • Objetiva: Según indicadores (Módulos) que recogen las características económicas básicas de cada sector de actividad.

Los módulos son:

  • Personal asalariado o no asalariado
  • Potencia eléctrica instalada
  • Tipos de máquinas
  • Número de mesas

Clases de Rentas

Base Imponible:

La integran todos los rendimientos.

Reducciones:

Las que marque la ley.

Base Liquidable:

La que resulta de aplicar reducciones a la Base Imponible.

Reducciones:

Mínimo personal y familiar por descendiente o ascendiente, otras.

Cuota Íntegra:

Resulta de aplicar las reducciones a la BI.

Reducciones:

Estatales y autonómicas.

Cuota Líquida:

Resulta de aplicar las reducciones a la Cuota Íntegra.

Reducciones:

Por doble imposición internacional o retenciones e ingresos en cuenta.

Cuota Diferencial:

La que resulta de aplicar las reducciones a la cuota líquida. Es la que tenemos que pagar o nos devuelven.

Impuesto sobre Sociedades

Tributo de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades.

Hecho Imponible:

Obtención de renta por el sujeto pasivo.

Sujeto Pasivo:

Residencia en territorio español y exenciones totales o parciales:

  • Personas Jurídicas
  • Fondos de Inversión
  • Uniones temporales de empresas
  • Fondos de capital de riesgo

Base Imponible:

Suma algebraica de los rendimientos y de los incrementos y disminuciones de patrimonio deducidos de la contabilidad y de la aplicación de las normas del Reglamento del Impuesto.

Rendimientos Netos:

Se sacan de la cuenta de los resultados.

Ajustes Extracontables:

Correcciones que hay que hacer sobre el resultado del ejercicio, según las normas mercantiles y contables para adecuar el resultado contable o fiscal.

Deuda Tributaria:

Resulta de aplicar el tipo impositivo correspondiente en función de lo que marque la Ley del Impuesto. Distinción entre 2 tipos de empresas: Reducida dimensión y el resto "En función de la cifra neta del negocio". Distinto tipo de gravamen: En función de la actividad económica a la que se dediquen.

IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

Sujeto Pasivo:

Empresarios y profesionales que realizan las operaciones de entrega de bienes y prestación de servicios que constituyen el hecho imponible.

Están gravadas:

  • Entrega de bienes y prestación de servicios
  • Adquisiciones intracomunitarias
  • Importaciones

Base Imponible:

Constituida por el total de la contraprestación. No incluye los descuentos ni bonificaciones previos al momento de la operación. Puede venir modificada por la devolución de mercancías, envases, descuentos y bonificaciones posteriores.

Tipos de Gravamen/Impositivo:

  • General: 21%
  • Reducido: 10%
  • Superreducido: 4%

Liquidación del IVA

IVA Soportado:

Paga el empresario cuando adquiere.

IVA Repercutido:

Cobra el empresario cuando vende.

Cuota Tributaria:

Diferencia entre los dos.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Naturaleza y Hecho Imponible:

Naturaleza directa de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales.

Sujeto Pasivo:

Persona física o jurídica y las entidades no exentas que realicen en todo el territorio nacional cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible.

Cuota Tributaria:

Se obtiene de aplicar las tarifas del impuesto, el coeficiente y el índice acordados por cada ayuntamiento.

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