Guía Completa sobre IRPF, Impuesto sobre Sociedades e IVA: Aspectos Clave y Liquidación
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IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
Se aplica a todo el territorio español, con regímenes especiales para el País Vasco y Navarra.
Objeto Imponible:
Obtención de rentas por parte del contribuyente.
Hecho Imponible:
Obtención de rendimientos procedentes de:
Trabajo:
En dinero o en especie, que se derive directa o indirectamente del trabajo personal o sean rendimientos de actividades económicas.
Retribuciones en especie:
Utilización, consumo o precio inferior al del mercado, siempre que provenga de una relación laboral.
Deducciones:
- Cotización a la Seguridad Social
- Detracciones de derechos pasivos
- Cotizaciones a colegios de huérfanos o instituciones similares
- Cuota de sindicatos
- Cuota de colegios profesionales
- Gastos de defensa jurídica en litigios suscitados
Capital Mobiliario:
Rendimientos originados por los bienes muebles.
Capital Inmobiliario:
Frutos producidos por los bienes inmuebles o derechos reales que recaen sobre los mismos, que no estén afectados a actividades económicas.
Gastos Deducibles:
- Tributos y cargas no estatales (IBI)
- Servicios personales: portería, gastos de administración
- Conservación y reparación
- Primas de seguros
Reducciones:
En rentas cualificadas como irregulares generadas en más de dos años.
Actividades Económicas:
Los rendimientos se pueden calcular por estimación:
- Directa: Siguiendo la normativa del INSS
- Objetiva: Según indicadores (Módulos) que recogen las características económicas básicas de cada sector de actividad.
Los módulos son:
- Personal asalariado o no asalariado
- Potencia eléctrica instalada
- Tipos de máquinas
- Número de mesas
Clases de Rentas
Base Imponible:
La integran todos los rendimientos.
Reducciones:
Las que marque la ley.
Base Liquidable:
La que resulta de aplicar reducciones a la Base Imponible.
Reducciones:
Mínimo personal y familiar por descendiente o ascendiente, otras.
Cuota Íntegra:
Resulta de aplicar las reducciones a la BI.
Reducciones:
Estatales y autonómicas.
Cuota Líquida:
Resulta de aplicar las reducciones a la Cuota Íntegra.
Reducciones:
Por doble imposición internacional o retenciones e ingresos en cuenta.
Cuota Diferencial:
La que resulta de aplicar las reducciones a la cuota líquida. Es la que tenemos que pagar o nos devuelven.
Impuesto sobre Sociedades
Tributo de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades.
Hecho Imponible:
Obtención de renta por el sujeto pasivo.
Sujeto Pasivo:
Residencia en territorio español y exenciones totales o parciales:
- Personas Jurídicas
- Fondos de Inversión
- Uniones temporales de empresas
- Fondos de capital de riesgo
Base Imponible:
Suma algebraica de los rendimientos y de los incrementos y disminuciones de patrimonio deducidos de la contabilidad y de la aplicación de las normas del Reglamento del Impuesto.
Rendimientos Netos:
Se sacan de la cuenta de los resultados.
Ajustes Extracontables:
Correcciones que hay que hacer sobre el resultado del ejercicio, según las normas mercantiles y contables para adecuar el resultado contable o fiscal.
Deuda Tributaria:
Resulta de aplicar el tipo impositivo correspondiente en función de lo que marque la Ley del Impuesto. Distinción entre 2 tipos de empresas: Reducida dimensión y el resto "En función de la cifra neta del negocio". Distinto tipo de gravamen: En función de la actividad económica a la que se dediquen.
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
Sujeto Pasivo:
Empresarios y profesionales que realizan las operaciones de entrega de bienes y prestación de servicios que constituyen el hecho imponible.
Están gravadas:
- Entrega de bienes y prestación de servicios
- Adquisiciones intracomunitarias
- Importaciones
Base Imponible:
Constituida por el total de la contraprestación. No incluye los descuentos ni bonificaciones previos al momento de la operación. Puede venir modificada por la devolución de mercancías, envases, descuentos y bonificaciones posteriores.
Tipos de Gravamen/Impositivo:
- General: 21%
- Reducido: 10%
- Superreducido: 4%
Liquidación del IVA
IVA Soportado:
Paga el empresario cuando adquiere.
IVA Repercutido:
Cobra el empresario cuando vende.
Cuota Tributaria:
Diferencia entre los dos.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Naturaleza y Hecho Imponible:
Naturaleza directa de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales.
Sujeto Pasivo:
Persona física o jurídica y las entidades no exentas que realicen en todo el territorio nacional cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible.
Cuota Tributaria:
Se obtiene de aplicar las tarifas del impuesto, el coeficiente y el índice acordados por cada ayuntamiento.