Guía Completa sobre Informes Combinados y Control Interno en la Ley Sarbanes-Oxley
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Informe Combinado de los Estados Financieros y de Control Interno según la Sección 404 de la Ley Sarbanes-Oxley
La sección 404 de la Ley Sarbanes-Oxley exige que el auditor de una compañía pública corrobore el informe de la administración sobre la eficacia de los controles internos en los Estados Financieros. Por norma, la auditoría del control interno debe ser integrada a la de los E.F. El auditor puede emitir ambos informes por separado o juntos.
Este informe combinado se refiere a: los E.F. y al informe administrativo del control interno sobre los mismos. Se caracteriza por:
- Se incluye una referencia al informe administrativo del control interno sobre los E.F. en los párrafos: introductorio, alcance y opinión.
- El introductorio y el de opinión remiten al marco utilizado para evaluar el C.Int.
- Luego del párrafo de alcance, se incluye un párrafo que define el control interno sobre los E.F.
- Antes del párrafo de opinión y luego del de definición del C.Int., se agrega un párrafo que trata sobre las limitaciones inherentes del C.Int.
- A pesar de que la opinión de auditoría de los estados financieros trate sobre múltiples periodos de informes, las aserciones de la dirección sobre la eficacia de control interno es a partir del cierre del año fiscal más reciente.
Informe de Auditoría sin Salvedades con Párrafo Explicativo o Texto Modificado
La redacción de este informe es distinta a la del informe estándar. En este informe la auditoría arroja resultados positivos. Los E.F. se prepararon objetivamente, pero el auditor cree importante proporcionar información adicional. En un informe de este tipo, sea adverso o negativo, el auditor no cuenta con una auditoría satisfactoria o no está satisfecho de que se presenten razonablemente los E.F.
Las principales causas de adición de un párrafo explicativo o una modificación en la redacción del informe estándar sin salvedades:
- Inconsistencia de aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
- Duda considerable sobre el negocio en marcha.
- El auditor conviene en una desviación de los principios de contabilidad promulgados.
- Importancia de un asunto.
- Informes que involucran a otros auditores.
Solo los informes que involucran a otros auditores utilizan un informe con redacción modificada.
La segunda norma le exige al auditor comparar el uso de los principios de contabilidad generalmente aceptados en el período actual con el anterior. Estos principios requieren que los cambios sean para mejorar los mismos, y que el tipo de cambio y su efecto se revelen adecuadamente.
Cuando ocurra un cambio, el auditor añadirá un párrafo explicativo luego del párrafo de opinión indicando la naturaleza del cambio e indicar al lector la nota en que se aborda este cambio. La importancia de dicho cambio se evalúa con base en el año en que entró en vigor el cambio.
Ejemplo:
Informe de Auditor Independiente
(Mismos párrafos introductorios, de alcance y de opinión del informe normal)
Tal como se expuso en la nota 8 de los estados financieros, la compañía cambió su método de cálculo de depreciación en 2005.
El auditor debe ser capaz de diferenciar los cambios que afecten la consistencia y aquellos que puedan afectar la comparabilidad, más no la consistencia. Los siguientes cambios afectan la consistencia y requieren un párrafo explicativo si son importantes: