Guía completa de los Incoterms y otros contratos mercantiles
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INCOTERMS
Conjunto de reglas que establecen de forma clara y sencilla las obligaciones que aparecen en una compraventa internacional. Son las reglas de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) con sede en París y se refieren a:
- Suministro mercancía
- Obtención de licencias
- Formalidades aduaneras
- Contratos de seguro y transporte
- Entrega y recepción
- Transferencia de riesgo
- Gastos de vendedor y comprador
- Incidencias
- Reclamación de mercancías y comprobación de embalajes
ACRÓNIMOS de responsabilidades de compradores y vendedores en operaciones de comercio internacional
Grupo E. Salida
- EXW - Ex Works
Grupo F. Sin pago de transporte
- FCA - Free Carrier
- FAS - Free Alongside Ship
- FOB - Free On Board
Grupo C. Pago de transporte
- CFR - Cost and Freight
- CIF - Cost, Insurance and Freight
- CPT
- CIP
Grupo D. Llegada
- DAT - Delivered At Terminal
- DAP - Delivered At Place
- DDP - Delivered Duty Paid
CONTRATO ESTIMATORIO
Un empresario entrega a otro cosas muebles a un precio que “estima” y fija en una cantidad. El segundo empresario se obliga a realizar la venta, y a devolver “el precio estimado” de las mercancías vendidas, en un periodo de tiempo, restituyendo la parte no vendida. El segundo empresario obtiene su beneficio al vender a un precio superior al estimado.
SECTOR FINANCIERO
- Los bancos
- Las cajas de ahorro
- Las cooperativas de crédito
- El Instituto Oficial de Crédito
- Los establecimientos financieros de crédito
- Las entidades de dinero electrónico
EL DESCUENTO BANCARIO
Contrato por el que el banco descontante se obliga a anticipar al descontatario el importe de un crédito dinerario contra un tercero, a cambio del interés a favor del banco del crédito.
El descontatario asume la promesa de la restitución en el caso en el que el tercero no cumpliera con el pago. Una vez descontado, el banco lo redescuenta en otro banco.
LOS AVALES
No suponen la entrega por parte del banco de dinero al cliente. El banco se compromete ante un tercero al pago de obligaciones del cliente. La garantía de la entidad bancaria supone que el banco deberá pagar si se dan las circunstancias que indica el aval; el banco no podrá rehusar el pago; supone un riesgo de crédito similar a la concesión de préstamo. A cambio del aval, la entidad cobra comisión y no intereses.
COMERCIALIZACIÓN
Obligaciones mercantiles, más rigurosas porque la actividad profesional es más exigente, por la práctica de documentar y justificar operaciones y por los mayores requisitos de transparencia en el desarrollo de un negocio.
El proceso de comercialización de la vida civil significa que en algunos países el Derecho Civil se ha acercado tanto a las soluciones del mercantil que ya puede regularse la actividad comercial con las reglas del Derecho Civil.
No obstante, el Derecho Civil de nuestro sistema dual (civil y mercantil) opera como supletorio ante las lagunas que presente la legislación específica comercial.
Por otro lado, es necesario tener en cuenta que, a la hora de regular las relaciones de las empresas con sus clientes no comerciantes, se debe aplicar la legislación protectora de los consumidores que, aunque no es Derecho Mercantil, sí deben utilizar las empresas (entre ese tipo de normas sobresale el Real Decreto RDLTRLGCU 1/2007, de 16 de noviembre).
TIPOS DE CONTRATOS
- Contratos de cambio: compraventa, permuta, suministro y transporte.
- Contratos de colaboración: agencia, comisión, concesión, edición, factoring, franquicia y publicidad.
- Contratos de prevención de riesgos: contratos de seguros.
- Contratos de crédito: El contrato de préstamo y los contratos bancarios.
- Contratos de custodia: Es el contrato de depósito.
- Contratos de garantía: la fianza, la hipoteca, la prenda y la anticresis.
CONTRATOS MERCANTILES EN MASA
Ley 7/1998, de 13 de abril, de Condiciones Generales de Contratación: requisitos
- Deben ser concretas, claras y sencillas en su redacción.
- Existe la obligación de entregar al cliente una copia o recibo del contrato que, a su vez, sirva de justificante de la operación realizada.
- Las contraprestaciones de los contratos deben establecerse atendiendo al principio de la buena fe y el justo equilibrio entre las partes. No se aceptarán las cláusulas abusivas.
PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR
Ley 29/1984 General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios junto con el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).
FASES DEL CONCURSO DE ACREEDORES
- Declaración de concurso: medidas cautelares, resolución final fase común, conclusión y reapertura del concurso si procede.
- Administración concursal del concurso: nombramiento y estatuto concursales, detalle de facultades, responsabilidad de los administradores concursales.
- Determinación de la masa activa: acciones de reintegración y de reducción y las deudas de la masa.
- Determinación de la masa pasiva: clasificación de los créditos concursales y el pago de los acreedores.
- Convenio y liquidación
- Calificación del concurso y sus efectos