Guía Completa de Equipamiento Ecuestre y Legislación Laboral

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Equipamiento Ecuestre

Partes de la Montura

  • Borrén trasero
  • Asiento
  • Borrén delantero
  • Rodillera
  • Latiguillos
  • Cincha
  • Estribo
  • Ación
  • Faldones
  • Estribera
  • Bastes
  • Falso faldón
  • Canal
  • Baticola

Tipos de Monturas

Montura de Uso General o Mixta

Monturas robustas para realizar saltos básicos, doma clásica y paseos por el campo. Asientos profundos y faldón redondeado. Ideales para jinetes con diferentes habilidades y bastante resistentes.

Montura de Doma Clásica

Para jinetes avanzados que compiten en doma. Asiento más profundo en forma de U. Diseñadas para proporcionar un mejor equilibrio para el jinete. Faldones rectos que facilitan el contacto jinete-caballo.

Montura de Salto de Obstáculos

Diseñadas para empujar al jinete ligeramente hacia adelante (posición de salto).

Montura de Carreras

Muy pequeñas y ligeras. Se utilizan específicamente para jinetes que compiten en carreras de caballos. Se caracterizan por tener únicamente una sola cincha y con estribos muy cortos. El asiento es más plano.

Montura de Marcha o Raid

Ligeras y diseñadas para paseos de largas distancias. Son especialmente cómodas en trote y proporcionan al jinete gran comodidad y seguridad. Suelen tener diferentes anillas alrededor de la silla para poder transportar o colgar cosas.

Partes de la Cabezada de Trabajo

  • Muserola: cinta que rodea la cabeza algo por encima de la nariz del caballo.
  • Frontalera: Cinta que recorre la frente del caballo.
  • Testera: La tira que rodea la cabeza del caballo por detrás de las orejas.
  • Ahogadero: tira que sujeta la cabezada para que no se salga.
  • Carrilleras/montante del filete: Tiras que bajan por los laterales de la cara del caballo, desde la testera hasta la boca. Sujetan la muserola cuando existe, y el filete.
  • Cierrabocas: Cinta que rodea la boca del caballo.
  • Bocado y/o filete: Va dentro de la boca del caballo, para dirigirlo y frenarlo.

La Manta

La manta abrigará más o menos dependiendo del uso al que se destine y cubre todo el cuerpo del caballo. Se ata con una hebilla en el pecho y tiene una correa que pasa por debajo de la cola para sujetarla atrás. Un sistema de correas que pasan por debajo del vientre y las extremidades evitará que la manta se mueva. Algunos modelos, sin correaje en el vientre, se mantienen en su sitio con una sobrecincha.

Quitar la Manta

  1. Quitar la sobrecincha.
  2. Despúes las correas de la cola y extremidades.
  3. Finalmente la del pecho.

Anatomía del Caballo

Cabeza

  • Frente
  • Apófisis zigomática
  • Ollar
  • Belfos
  • Mentón
  • Canal intermandibular
  • Garganta
  • Mandíbula/quijada
  • Mejilla
  • Fosa supraorbitaria
  • Nuca

Extremidades

  • Codo
  • Antebrazo
  • Rodilla (carpo)
  • Tendones
  • Casco
  • Cuartilla
  • Menudillo
  • Caña
  • Pliegue del corvejón
  • Babilla o rótula
  • Pliegue de la nalga
  • Corvejón
  • Corona

Cuerpo

  • Nuca
  • Cuello
  • Cruz
  • Dorso
  • Punta de la cadera
  • Riñones
  • Grupa
  • Genitales
  • Vientre
  • Costado
  • Paso de cincha
  • Espalda
  • Pecho

Tercios

  • Tercio anterior (manos)
  • Tercio central/cuerpo
  • Tercio posterior (pies)

Legislación Laboral

Preguntas y Respuestas

  1. ¿En cuál de los siguientes apartados se encuentran los administrativos de una empresa?

    a) Grupo profesional

  2. ¿En cuál de los siguientes apartados se encuentran el conjunto de empleados de un colegio (profesores, jefes de estudio, directores…)?

    b) Categoría profesional

  3. Marca las respuestas correctas sobre la movilidad funcional dentro del grupo funcional.

    a) La duración del contrato puede ser indefinida o temporal. b) La retribución corresponde a las funciones del puesto en que realmente trabaja.

  4. ¿Cuál de las siguientes opciones se refiere a un cambio definitivo?

    a) Traslado

  5. Dentro del traslado colectivo, es necesario abrir siempre un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.

    a) Verdadero

  6. Marca las opciones correctas sobre el desplazamiento:

    a) Se trata de un cambio de trabajo temporal. b) El preaviso no será inferior a 4 días si el desplazamiento es superior a 3 meses.

  7. ¿Cuáles pueden ser otros tipos de modificación sustancial de condiciones de contrato?

    a) La jornada. d) El régimen de trabajador a turnos.

  8. María pactó en el contrato 1.200 € de salario base cuando el convenio fijaba 1.000 €. La empresa a las semanas decide rebajar el salario a 1.000 €. ¿Cómo se llama a este hecho?

    c) Sistema de retribución de cuantía salarial.

  9. ¿Cuáles de las siguientes opciones son tipos de suspensión de contrato?

    a) Nacimiento de hijo o hija menores de 6 años.

  10. La diferencia principal entre suspender y extinción de contrato es que la primera es algo temporal, pues al cabo de un tiempo el trabajador se reincorporará.

    a) Verdadero

  11. ¿A partir de qué fecha, las bajas de paternidad son idénticas a las de maternidad?

    c) 2021

  12. De las 16 semanas de paternidad/maternidad, ¿cuántas son obligatorias coger en el momento que se produce el nacimiento?

    d) Todas las respuestas anteriores son incorrectas (son 6)

  13. ¿Cuáles son un tipo de excedencia?

    d) Todas las respuestas anteriores son un tipo de excedencia.

  14. La dimisión y abandono del puesto de trabajo es un tipo de extinción del contrato que se produce por:

    b) Voluntad del trabajador

  15. ¿Qué opción se produce cuando el trabajador abandona el trabajo sin avisar?

    b) Abandono

  16. ¿Qué significa S.M.A.C.?

    c) Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación

  17. ¿Cómo se llama al despido que atenta contra los derechos humanos y la dignidad?

    c) Despido Nulo

  18. ¿Cuáles son causas del despido disciplinario?

    d) Todas las respuestas anteriores son correctas

  19. ¿Cuánto tiempo tiene que transcurrir para que se produzca un despido por falta de adaptación?

    b) 2 meses

  20. ¿A qué porcentaje de la plantilla se debe despedir para que se produzca un despido colectivo?

    a) 10%

  21. ¿Cuántos días de indemnización por año trabajado hay en caso de un despido por fuerza mayor?

    b) 20 días

  22. ¿Hay algún tipo de indemnización por despido por motivos disciplinarios?

    b) No

Modificación del Contrato

Movilidad Funcional (Cambiar de Puesto de Trabajo)

1) Movilidad funcional dentro del grupo profesional o categorías equivalentes
  • La empresa puede cambiar de un puesto a otro dentro del grupo profesional o entre categorías.
  • Indefinida o temporal.
  • Retribución según el puesto en que realmente trabaja.
2) Movilidad fuera del grupo profesional
  • Causa organizativa o técnica.
  • Ascendentes y descendentes.
  • Suele ser temporal.
3) Movilidad extraordinaria
  • Cambio definitivo.

Movilidad Geográfica (Cambiar de Centro de Trabajo)

1) El traslado
Traslado individual (30 días de antelación)
  • Aceptar el traslado
  • Recurrir el traslado al Juzgado de lo Social (20 días hábiles)
  • Extinguir el contrato, con derecho a indemnización de 20 días por año trabajado

Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo

  • La jornada
  • El horario
  • El régimen de trabajo a turnos
  • Sistema de retribución y cuantía salarial

La modificación se debe notificar con 15 días de antelación. El trabajador puede:

  • Aceptar
  • Recurrir en un plazo de 20 días hábiles
  • Extinguir el contrato con indemnización de 20 días por año trabajado

Suspensión del Contrato

Extinción del Contrato

Finiquito

Cantidades que se deben pagar al trabajador al finalizar el contrato:

  • Salarios por los días trabajados en el último mes y pendientes de cobrar.
  • Pagas extra (parte proporcional).
  • Vacaciones no disfrutadas.
  • Indemnización, dependiendo del motivo del despido:
    • Por despido por motivos disciplinarios: ninguna indemnización
    • Por despido por causas objetivas, despido colectivo y fuerza mayor: 20 días por año, con máximo de 360 días.
    • Por sentencia que declare improcedente un despido: 33 días por año, con máximo de 720 días.
    • Por finalización de contrato de obra o eventual: 12 días por año.

Libertad Sindical

Los sindicatos están reconocidos legalmente desde 1977. Con la Constitución Española de 1978 la libertad sindical pasa a ser un derecho fundamental. Esta libertad tiene dos vertientes: la positiva y la negativa.

Modelos de Participación

  • REPRESENTACIÓN UNITARIA (COMITÉ DE EMPRESA/DELEGADOS DE PERSONAL)
  • REPRESENTACIÓN SINDICAL (DELEGADOS SINDICALES/SECCIONES SINDICALES)

Los Sindicatos

  • Libertad para elaborar sus propios estatutos y órganos de gobierno.

¿Quiénes pueden pertenecer a un sindicato?

  • Los trabajadores por cuenta ajena
  • Los parados
  • Los jubilados
  • Los trabajadores por cuenta propia (autónomos) que no tengan otros trabajadores contratados

¿Quiénes no pueden pertenecer a un sindicato?

  • Los jueces, magistrados y fiscales
  • Las fuerzas armadas (ejército) y otras de carácter militar (Guardia Civil)

Tipos de Sindicatos

  • Los sindicatos más representativos a nivel estatal: UGT y CCOO
  • Los sindicatos más representativos a nivel autonómico: E.L.A. en País Vasco
  • Los sindicatos más representativos: C.S.I.F. (para funcionarios)

Derecho a Reunión

  • Convocatoria fuera del horario del trabajo.
  • Comunicar con 48 horas de antelación.
  • Acuerdos con más del 50% del apoyo.

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