Guía Completa sobre Contratos Laborales: Prácticas, Temporales e Interinidad
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 3,61 KB
Contratos Laborales: Prácticas, Temporales e Interinidad
Contratos en Prácticas
El contrato en prácticas es aquel destinado a facilitar la práctica profesional de personas con titulación de Formación Profesional (FP) o universitaria, a través de un trabajo retribuido.
Requisitos
- Poseer un título de FP, universitario o certificado de profesionalidad.
- Realizar el contrato dentro de los 5 años siguientes a la finalización de los estudios. A partir de 2013, para jóvenes menores de 30 años, no existe el límite de 5 años desde la obtención del título.
Duración
- Mínima: 6 meses.
- Máxima: 2 años.
- Si la duración es inferior a 2 años, pueden existir un máximo de 2 prórrogas, con un mínimo de 6 meses cada una, hasta alcanzar la duración máxima.
- Situaciones de baja laboral, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia interrumpen la duración del contrato.
Periodo de Prueba
- 1 mes para títulos de grado medio.
- 2 meses para títulos de grado superior.
Retribución
La retribución será la pactada en el convenio, sin que pueda ser inferior al:
- Primer año: 60% del salario de un trabajador de la misma categoría.
- Segundo año: 75% del salario de un trabajador de la misma categoría.
- Los convenios pueden mejorar estos porcentajes.
Contratos Temporales
Contrato por Obra o Servicio Determinado
Se utiliza para la realización de una obra o servicio concreto, con autonomía dentro de la actividad normal de la empresa, y que puede diferenciarse claramente de otras actividades para determinar cuándo comenzó y cuándo finalizó.
Duración
- En principio, incierta, ya que depende de cuándo finalice la obra o servicio.
- Se establece un máximo de 3 años, ampliable a 12 meses más por convenio. Si, una vez finalizada la duración máxima, el trabajador continúa trabajando, adquiere la condición de fijo.
- Si la duración es superior a un año, el empresario deberá preavisar con 15 días de antelación a su finalización.
Indemnización
- Año 2014: al finalizar cada contrato de obra, el empresario pagará una indemnización de 11 días de salario por cada año trabajado.
- Año 2015: la indemnización ascenderá a 12 días por año trabajado o su parte proporcional.
- Los convenios pueden mejorar esta indemnización.
Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción
Objeto
Hacer frente a un incremento de trabajo por acumulación de tareas, exceso de pedidos o circunstancias del mercado.
Duración e Indemnización
- No puede ser superior a 6 meses en un periodo de 12 meses, salvo que el convenio lo amplíe a 12 meses en un periodo de 18 meses.
- Se podrá realizar una sola prórroga del contrato eventual hasta la finalización de la duración máxima.
- Tiene derecho a la misma indemnización que el contrato de obra y servicio.
Contrato de Interinidad
Objeto
Sustituir a otro trabajador que tiene reservado su puesto de trabajo por situaciones de baja laboral, maternidad, paternidad, reducción de jornada, etc., así como mientras se produce el proceso de selección para cubrir una vacante.
Duración e Indemnización
Por sustitución, hasta que se reincorpore el otro trabajador y siempre mientras este tenga reservado su puesto. En caso de que el trabajador sustituido no se reincorpore, el interino no tiene derecho a consolidar su puesto.