Guía Completa sobre el Contrato de Trabajo: Tipos, Requisitos y Contenido

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Contrato de Trabajo: Definición y Elementos Esenciales

Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un empleador y un trabajador, en el que este último se compromete a prestar sus servicios bajo la dirección del empleador a cambio de una remuneración salarial.

Requisitos para Contratar a un Trabajador

  • Ser mayor de 18 años.
  • Tener entre 16 y 18 años y estar legalmente emancipado.
  • Tener entre 16 y 18 años, no estar emancipado y contar con el permiso de los padres o tutores. (Los menores de 18 años no pueden realizar actividades de riesgo, trabajar por la noche ni hacer horas extras).
  • Ser extranjero y cumplir con la legislación española (permiso de trabajo y residencia para personas no pertenecientes a la Unión Europea).

Requisitos para Contratar a un Empleador

  • Ser persona física o jurídica.
  • Tener capacidad legal para contratar personal.

Formalización del Contrato

Los contratos verbales son poco comunes. Un contrato verbal puede ser válido si es indefinido a tiempo completo o temporal a tiempo completo con una duración máxima de cuatro semanas.

Contenido de un Contrato de Trabajo

El empleador debe proporcionar al empleado una declaración escrita de las condiciones del contrato dentro de los dos meses siguientes al inicio del empleo.

Todo contrato debe estar firmado por ambas partes y registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Un contrato debe incluir, como mínimo:

  • Tipo de contrato.
  • Información personal de ambas partes (empleador y empleado).
  • Fecha de inicio y, si es temporal, duración del contrato.
  • Condiciones laborales (horario, salario, etc.).
  • Categoría profesional.
  • Convenio colectivo aplicable.

Periodo de Prueba

El periodo de prueba permite verificar si la relación laboral cumple con las expectativas de ambas partes. Debe constar por escrito en el contrato.

Cualquier acuerdo sobre periodos de prueba será anulado si el trabajador ha desempeñado previamente la misma tarea en la empresa.

Durante el periodo de prueba, ambas partes tienen derecho a rescindir el contrato por cualquier razón, sin preaviso ni indemnización.

Tipos de Contratos Fijos o Indefinidos

  • Contrato Fijo: En este contrato, se especifica la fecha de inicio, pero no la de finalización. La indemnización por despido improcedente es de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Contrato Fijo de Apoyo a Emprendedores: Dirigido a empresas con menos de 50 trabajadores. Establece un periodo de prueba de un año y puede ser a tiempo parcial o completo.
  • Contrato Fijo Discontinuo: La actividad del trabajador no es continua, alternando periodos de trabajo con periodos de inactividad a lo largo del año. El trabajador no tiene certeza sobre la fecha de reincorporación al trabajo.

Tipos de Contratos Temporales

  • Por Obra o Servicio Determinado:
    • Objetivo del contrato: Permite contratar a una persona para realizar una tarea o servicio específico dentro de la actividad de la empresa.
    • Duración: Máximo 3 años.
    • Forma del contrato: Debe ser por escrito, especificando la tarea o servicio a realizar.
    • Indemnización por despido: 12 días de salario por año trabajado.
  • Eventual por Circunstancias de la Producción:
    • Objetivo: Cubrir necesidades puntuales de la empresa.
    • Duración: Máximo 6 meses dentro de un periodo de 12 meses.
    • Forma del contrato: Por escrito si es de duración superior a 4 semanas o a tiempo parcial.
    • Indemnización: 12 días de salario por año trabajado.
  • De Interinidad:
    • Objetivo: Reemplazar a trabajadores con derecho a reserva de su puesto de trabajo o cubrir vacantes durante un proceso de selección.
    • Duración: Hasta que la persona sustituida se reincorpore a su puesto o hasta la finalización del proceso de selección (máximo 3 meses).
    • Forma del contrato: Debe indicar el nombre de la persona reemplazada y la causa de la sustitución.
    • Indemnización: No corresponde.

Contrato de Relevo

Este contrato permite a un desempleado completar la jornada laboral de un trabajador que se jubila parcialmente.

Requisitos:

  • El trabajador sustituido debe tener al menos 60 años.
  • Debe haber cotizado al menos 30 años.
  • Debe tener una antigüedad mínima de 6 años en la empresa.
  • La reducción de jornada y salario debe estar entre el 25% y el 75%.

Modalidades:

  • Contrato de Semijubilación: Para el trabajador que se jubila parcialmente, reduciendo su jornada laboral y percibiendo una parte de su pensión y salario.
  • Contrato de Relevo: Para el nuevo trabajador que cubre la jornada reducida del trabajador semijubilado.

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