Guía Completa de Autorizaciones de Transporte en España

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 9,84 KB

AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE

  1. Transporte Público:

  • Vehículos Ligeros MDLE

  • Vehículos Pesados MDPE

Transporte Privado Complementario:

  • MPCE

DETALLES DE LAS AUTORIZACIONES

  • Número de Autorización
  • Titularidad: La Empresa
  • Domicilio
  • Vehículos Vinculados (Inscripción en el REAT)

Visado: Año Par, Mes en función del NIF

TRANSPORTES QUE NO REQUIEREN AUTORIZACIÓN

  1. Vehículos de Menos de 3 Ruedas

  2. Transportes de Mercancías en Vehículos de Hasta 2 Toneladas de Masa Máxima Autorizada

  3. Transportes en Recintos Cerrados

    • Dedicados a actividades distintas del transporte terrestre.

Transportes Privados Complementarios por Tractores Agrícolas

Transporte de Equipajes en Remolques Arrastrados por Vehículos de Pasajeros

Transporte de Basuras e Inmundicias

  • Adquiridos para este propósito por una Entidad Local.

Transporte de Dinero, Valores y Mercancías Preciosas

Transporte de Medicamentos, Aparatos y Equipos Médicos

  • En particular para catástrofes naturales.

Transporte de Pasajeros o Mercancías a Baja Velocidad

  • Velocidad máxima autorizada no superior a 40 kilómetros por hora.

Transporte con Maquinaria o Instrumentos Permanentes

  • Unidos al vehículo y de uso exclusivo del mismo.

Clases Prácticas para Obtención del Permiso de Conducción o CAP

Transporte Utilizando Vehículos Históricos

Para Transporte Público con Vehículos de MMA > a 3,5 Ton (MDPE):

  • Competencia Profesional
  • Honorabilidad (Gestor y Empresa)
  • Capacidad Económica:
    • 9,000€ para el primer vehículo.
    • 5,000€ para los siguientes (otros 60,000€).
  • Establecimiento

CARACTERÍSTICAS DE LAS AUTORIZACIONES

  1. Ámbito Nacional

    • Validez en todo el país.

Vigencia Ilimitada

  • Con visado de oficio cada dos años.
  • Caduca si no se renueva con visado.
  • Rehabilitación posible después de un año con pago de sanciones pecuniarias.

Domicilio Fiscal

  • Se relaciona con el lugar de registro fiscal de la empresa.

Vehículos Vinculados a la Autorización

  • Capacidad y tracción propia.
  • Matriculados y habilitados para circular.
  • Propiedad, arrendamiento financiero y arrendamiento ordinario.

REQUISITOS PARA AUTORIZACIONES MDLE, MDPE

  1. Nacionalidad UE, EEE

    • Verificación por el Ministerio del Interior y la Agencia Tributaria.

Tipo de Persona

  • Persona física o jurídica

    (Sociedad Mercantil, Laboral o Cooperativa de trabajo).
  • Debe tener ánimo de lucro y como objeto social principal el transporte.

Domicilio con Disponibilidad de Documentos

  • Debe contar con un domicilio donde los documentos relativos a la gestión y funcionamiento estén a disposición del Servicio de Inspección.
  • Supervisado por la AEAT-Hacienda Foral de Navarra.

Al Menos 1 Vehículo

  • Requerido por la Jefatura Central de la Dirección General de Tráfico.

Dirección y Firma Electrónica

  • Uso de trámites telemáticos desde 2017.

Obligaciones Fiscales, Laborales y Sociales

  • Cumplimiento de obligaciones fiscales en Hacienda Navarra.
  • Debe estar al corriente de las obligaciones sociales según la Tesorería General de la Seguridad Social.

CAPACIDAD FINANCIERA

  1. De Capital y Reservas

  • Primer Vehículo: 9,000€
  • Vehículos Siguientes: 5,000€ cada uno
  • Hasta un total de 60,000€

Para Persona Física:

  • Ningún Vehículo con Más de 12 Años de Antigüedad
  • Deben ser de propiedad o adquiridos a través de arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario (con una duración mínima de 24 meses).

Para Persona Jurídica:

  • Documentación en Registro Mercantil o Registro Público correspondiente.
  • Incluye el libro de inventario, cuentas anuales y balance.

En Otros Casos se Debe Acreditar:

  • Garantía prestada por entidad financiera o de seguros.
  • La entidad financiera acredita que la empresa tiene acceso a un crédito por esa cuantía.

OBLIGACIONES FISCALES, SOCIALES Y LABORALES

  1. Fiscales:

    • Agencia Estatal de Administración Tributaria o la entidad de la Comunidad Autónoma correspondiente si así lo requiere.
    1. Alta en el Censo de Obligados Tributarios, en el epígrafe pertinente según la clase de autorización.
    2. Ausencia de deudas con el Estado o Comunidad Autónoma en período ejecutivo.
  2. Laborales y Sociales:

    • Tesorería General de la Seguridad Social.
    1. Inscripción en el régimen de la Seguridad Social correspondiente.
    2. Al corriente en el pago de cuotas y otras deudas con la Seguridad Social.

VEHÍCULOS AFECTOS A LAS AUTORIZACIONES

  • Propiedad, arrendamiento financiero, arrendamiento ordinario (con precontrato y formalización efectiva en un mes).
  • Datos registrados en la Jefatura Central de la Dirección General de Tráfico.

COMPETENCIA PROFESIONAL - GESTOR

  • Dirigir efectiva y permanentemente

    las actividades de transporte de la empresa.
  • Tener

    vínculo real

    con la empresa.
  • Tener el

    certificado de competencia profesional

    .
  • Honorabilidad.

GESTOR DE TRANSPORTE

Dirección Efectiva y Permanente:

  • Asegura que la empresa y las otras con las que contrata cuenten con las autorizaciones, licencias y permisos necesarios para prestar servicios.
  • Supervisa la documentación mercantil y los documentos de control.
  • Verifica que la contabilidad cumple con la normativa vigente.
  • Supervisa la asignación de vehículos y conductores de acuerdo con la reglamentación:
      • Verifica que

        los conductores

        cumplan con los requisitos, como tacógrafos, tiempos de conducción y descanso, y pesos y dimensiones máximas. Deben tener los permisos, habilitaciones o certificaciones en vigor.
      • Asegura que

        los vehículos

        estén habilitados para circular, cuenten con tacógrafos, limitadores de velocidad y otros instrumentos de control, y se mantengan adecuadamente.

VÍNCULO REAL CON LA EMPRESA (Persona Física)

Él mismo debe estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Para Terceros con Relación de Parentesco con el Titular:

  • Deben estar dados de alta en el Régimen Especial de Autónomos.

Para Terceros en Alta en el Régimen General de la Seguridad Social:

  • Deben trabajar a tiempo completo.
  • Deben pertenecer a un grupo de cotización no inferior al de jefe administrativo y de taller.

VÍNCULO REAL CON LA EMPRESA (Persona Jurídica)

  • Uno de los socios debe cumplir al menos con el 15% del capital social de la empresa y estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente.
  • Puede ser una persona contratada a tiempo completo y pertenecer a un grupo de cotización no inferior al de jefe administrativo y de taller.
  • Cuando un gestor capacite a varias personas jurídicas y más del 50% del capital pertenezca al mismo titular, es necesario cumplir con los requisitos anteriores.

Competencia Profesional:

  • Para obtener la competencia profesional como gestor de transporte, se requiere aprobar un examen que exige cierta formación.
  • Una de las titulaciones aceptadas es la de Técnico Superior en Transporte y Logística.
  • En caso de que el gestor de transporte no esté disponible debido a incapacidad física o fallecimiento, se permite un máximo de tres meses para encontrar un reemplazo. En el caso de herederos, se otorgan seis meses iniciales, que pueden prorrogarse por otros tres meses.

HONORABILIDAD

  • Ni la empresa ni el gestor pueden haber sido condenados por comisión de faltas o delitos penales, ni por infracciones en materia social, laboral, mercantil, seguridad vial, y relacionadas con la ordenación del transporte terrestre que resulten en la pérdida de este requisito.

PÉRDIDA DE HONORABILIDAD:

  • Inhabilitación especial que impide el ejercicio de la profesión.
  • Sanciones impuestas por resolución firme a través de vía administrativa por infracciones que resulten en la pérdida de la honorabilidad.
  • Alcanzar un índice de reiteración infractora igual o superior a 3.

CONSECUENCIAS:

  • La suspensión de las autorizaciones transporte de mercancías.
  • Su inhabilitación para ser titular de una de tales autorizaciones.
  • Su inhabilitación para ejercer la actividad de gestor de transporte.

AMPLIACIÓN O SUSTITUCIÓN DE LA FLOTA

Para ampliaciones de flota o sustitución de vehículos en una autorización, se deben cumplir una de las dos condiciones:

  • Disponer de los vehículos necesarios.
  • Que la capacidad económica se ajuste al número de vehículos.

Excepción:

  • En caso de adscribir nuevos vehículos a una autorización y trasladar todos los vehículos existentes a otra autorización de la que el titular renuncie al mismo tiempo, se permite en situaciones de compra de uno o varios vehículos.

Entradas relacionadas: