Glosario de Términos Clave en Derecho Mercantil y Concursal

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Obligaciones y Contratos

OBLIGACIÓN DE VENDER/COMPRAR (COM/VEN): Entrega de la cosa.

OBLIGACIÓN DE HACER: Transmisión de Know-How (tecnología, sistemas, estructura, configuración organizacional, clientes, proveedores).

OBLIGACIÓN DE NO HACER: Abstención/Prohibición de competencia.

OBLIGACIÓN DE SANEAMIENTO: Garantizar el buen estado.

Propiedad Industrial e Intelectual

PROPIEDAD INDUSTRIAL: Protección de la creación industrial (patente, modelo de utilidad, signo distintivo, diseño).

PROPIEDAD INTELECTUAL: Protección de la creación personal del autor, única, no producto industrial o en serie (obra literaria, artística, novela, poema, teatro). Se registra en la Oficina de Patentes y Marcas/Registro de la Propiedad Intelectual.

Conceptos Financieros y Concursales

PRINCIPIO NOMINALISTA: El deudor cumple entregando el valor nominal contemplado en el título constitutivo, independientemente de si satisface o no el interés del acreedor debido a la inflación/devaluación.

ENTIDAD DE CRÉDITO: Empresa cuya actividad típica y habitual es la captación de fondos del público a través de depósitos, préstamos, cesiones de activos, con la obligación de restitución. Incluye el Instituto de Crédito Oficial, bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y entidades de dinero electrónico. Se rigen por regulaciones particulares de solvencia, liquidez, contabilidad, coeficientes y supervisión.

Efectos de la Declaración de Concurso

Sobre el Deudor:

  • Concurso Voluntario: Facultad de administración/disposición del patrimonio sometido a intervención.
  • Concurso Necesario: Suspensión de la facultad. Excepción: El juez puede modificar la suspensión/administración.

Sobre el Acreedor:

  • Integración en la Masa Pasiva: Los acreedores se integran en la masa pasiva.
  • Acción Individual: La reclamación se realiza dentro del concurso.
  • Prohibición de Compensación.
  • Suspensión del Devengo de Intereses.
  • Interrupción de la Prescripción.

MORA DEL ASEGURADOR: Si en un plazo de 3 meses desde el siniestro, el asegurador no paga sin causa justificada, se incrementa la indemnización con el interés legal más un 50% anual. El interés legal se incrementa al 20% a los 2 años.

MODELO DE UTILIDAD: Protección de invenciones de segundo/inferior rango. Se obtiene protección para una invención nueva que implique una actividad, sistema, estructura o ventaja apreciable en su uso/fabricación. Se concede un Certificado de Protección de Modelo de Utilidad por la OEPM durante 10 años.

Diferencias Conceptuales

EMPRESA: Entidad económica que comprende un conjunto de medios organizados para desarrollar una actividad económica (clientes, mercado, nombre comercial, relaciones, etc.).

EMPRESARIO: Sujeto creador de la empresa.

LOCAL DE NEGOCIO: Instrumento al servicio de la actividad.

EMPRESA EN DERECHO MERCANTIL: Eje conceptual sistemático del Derecho Mercantil, que regula jurídicamente los aspectos de la organización de la actividad económica.

Garantías de Préstamo

GARANTÍAS DE PRÉSTAMO: Exigencia de garantías para conceder un préstamo, cubriendo capital más intereses. Si en la fecha de vencimiento el deudor no reembolsa:

  • GARANTÍAS PERSONALES: Avales Bancarios.
  • GARANTÍAS HIPOTECARIAS: Muebles e Inmuebles.
  • GARANTÍAS PIGNORATICIAS: Títulos, Valores, Mercaderías.

PRINCIPIO INDEMNIZATORIO: Seguro de daño patrimonial. Es la columna vertebral de los seguros de daños. El asegurado, mediante la indemnización, no debe lograr un mejor estado que el que tenía antes del siniestro.

Comercio y Régimen Económico Matrimonial

COMERCIO Y MATRIMONIO:

  • Capitulaciones Matrimoniales: Posibilidad de que los cónyuges modifiquen el régimen económico.
  • Afección de bienes matrimoniales/conyugales a la responsabilidad comercial. Las capitulaciones deben inscribirse en el Registro Mercantil.
  • Régimen de Sociedad de Gananciales: Bienes privativos/comunes. El ejercicio del comercio responderá con los bienes privativos del empresario y los comunes del matrimonio.

Derecho de Patente

DERECHO DE PATENTE: Derecho Moral del Inventor / Derecho Patrimonial.

Extinción de la Patente:

  • EXPIRACIÓN: 20 años.
  • NULIDAD: Falta de validez inicial, inexistencia, no derecho a patentarla. Total/Parcial. Material/Formal.
  • CADUCIDAD: Falta de pago, falta de explotación.
  • RENUNCIA: Voluntaria/Manifiesta.

Contratos de Colaboración Empresarial

  • COMISIÓN: Ejecución instantánea, revocable, representación jurídica, defensa del interés del empresario.
  • MEDIACIÓN: Instantánea, revocable, acercamiento de las partes, imparcialidad.
  • AGENCIA: Contrato duradero, estable, no revocable, defensa de los intereses del empresario y comitente.

Representación

  • DIRECTA: En nombre del empresario.
  • INDIRECTA: En nombre propio. Relación representante-tercero aislada. Es un contratado. En ambos casos, los efectos del negocio recaen en el patrimonio del representado.

Titularidad Bancaria

TITULARIDAD BANCARIA: Individual, física/jurídica. También Colectiva: Solidaria (no necesita consentimiento) / Mancomunada (consentimiento).

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