Glosario Jurídico Fundamental: Conceptos Clave y Ramas del Derecho

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Conceptos Fundamentales del Derecho

Soberanía:

Atributo esencial del poder político, por ende, es el más alto o supremo.

Constitución del Estado:

Organización jurídica de una sociedad bajo un poder de denominación que se ejerce en un determinado territorio; pueden ser rígidas o flexibles.

Disciplinas Jurídicas y su Clasificación

Clasificación de Disciplinas Jurídicas:

Se dividen en fundamentales y auxiliares.

Filosofía del Derecho y Filosofía General:

La Filosofía del Derecho es una rama de la Filosofía General.

Ciencia y Filosofía:

La Ciencia son ensayos de explicación parcial de lo existente (exacta), y la Filosofía pretende brindar una explicación exhaustiva del mundo (pensamiento metodológico).

Jurisprudencia Técnica:

Tiene por objeto la exposición ordenada y coherente de los preceptos jurídicos que se hallan en vigor en una época y lugar determinados.

Clases de Disciplinas relacionadas:

  • Ciencia de leyes
  • Ciencias de sucesos
  • Ciencias de axiomas
  • Disciplinas normativas

Sistemática Jurídica:

Es una disciplina nomográfica cuyo objeto estriba en exponer, de manera ordenada y coherente, las disposiciones.

Técnica Jurídica:

Es el arte de la interpretación y aplicación de los preceptos del derecho vigente.

Interpretación:

El conjunto de procedimientos destinados al desempeño de esta tarea constituye la técnica interpretativa.

Integración:

Puede ser solo si resulta posible cuando hay preceptos que deben ser interpretados.

Vigencia:

Consiste en determinar si los preceptos que prevén el caso sometido a la consideración del juez están vigentes o derogados.

Retroactividad:

Estriba en saber si una disposición legislativa puede aplicarse a situaciones jurídicas concretas.

Conflicto de Leyes:

Se les conoce con el nombre de problemas sobre aplicación de las leyes en el espacio.

Disciplinas Jurídicas Auxiliares:

Ayudan al jurista en sus estudios acerca del Derecho (Sociología del Derecho, Historia del Derecho, Derecho Comparado).

Conceptos Jurídicos Específicos

Delito:

Acto u omisión que sancionan las leyes penales.

Cuasicontrato:

El hecho de una persona permitido por la ley.

Cuasidelito:

No hay consentimiento.

Ramas del Derecho

Derecho Público:

Es la relación jurídica entre Estado y particulares.

Derecho Privado:

Es la relación jurídica entre particulares.

Teoría Romana:

El Derecho Público es el que atañe a la conservación de la cosa romana; el Derecho Privado, el que concierne a la utilidad de los particulares.

Derecho Constitucional:

Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones entre sí y los particulares.

Derecho Administrativo:

Es la rama del Derecho Público que tiene por objeto específico la Administración Pública.

Derecho Penal:

Conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad.

Derecho Procesal:

Es el conjunto de reglas destinadas a la aplicación de normas del derecho a casos particulares.

Derecho Internacional Público:

Es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos.

Derecho Internacional Privado:

Conjunto de normas que indican en qué forma deben resolverse una materia privada.

Derecho Civil:

Determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana.

Derecho Mercantil:

Es el conjunto de normas relativas a los comerciantes y a los actos de comercio.

Derecho Agrario:

Es la rama del derecho que contiene las normas reguladoras de las reglas concernientes a la agricultura.

Derecho del Trabajo:

Es el conjunto de normas que rigen las relaciones entre trabajadores y patrones.

Derecho Aéreo:

Es la disciplina que estudia las normas relativas a la navegación aérea.

Elementos de la Norma Jurídica

Derecho Subjetivo:

Es un poder o señorío de la voluntad, reconocido por el orden jurídico.

Supuestos Jurídicos:

Es una hipótesis de cuya realización dependen las consecuencias por la norma.

Hechos Jurídicos:

Son aquellos en relación con los cuales vale la ley de que solo pueden existir como parte de un todo.

Acto Jurídico:

Es una manifestación exterior de voluntad con un fin directo.

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