Gestión de la Seguridad y Salud Laboral: Obligaciones, Planes y Evaluación de Riesgos

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Obligaciones del Empresario en Prevención de Riesgos

El objetivo principal es la protección eficaz, que implica tanto la prevención como la protección. No basta con implementar medidas, sino que también es crucial vigilar su cumplimiento.

Tipos de Obligaciones

  • General de seguridad: Abarca la obligación de garantizar la seguridad de los trabajadores, un deber contractual inherente al poder de organización y dirección del trabajo.
  • Instrumentales: Se refieren a los medios y herramientas necesarios para asegurar la seguridad.
  • Cumplimiento de la normativa preventiva: Implica la adhesión y aplicación de las leyes y regulaciones vigentes en materia de prevención de riesgos laborales.

Características Esenciales

  • Fundamental: Es una obligación primordial e ineludible.
  • Dinámica: Se adapta a los cambios y evoluciones en el entorno laboral.
  • Permanente y de tracto sucesivo: Continua a lo largo del tiempo y se renueva constantemente.
  • Fungible: Puede ser delegada, pero la responsabilidad final recae en el empresario.
  • De resultado: Busca alcanzar un nivel óptimo de seguridad y salud en el trabajo.

Obligaciones Específicas

Se centran en la organización de la prevención en la empresa y en favorecer la participación y consulta de los trabajadores.

Clasificación
  • Materiales: Relacionadas con los recursos físicos y equipos de protección.
  • Orgánicas: Vinculadas a la estructura y organización de la prevención dentro de la empresa.

Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Es la herramienta que integra la actividad preventiva en el sistema de gestión general de la empresa y establece su política de prevención de riesgos laborales (PRL).

Contenido del Plan de Prevención

  • Identificación de la empresa, centro de trabajo, número y características de los trabajadores.
  • Organización de la prevención.
  • Política y objetivos en materia de prevención y recursos derivados.

Plan de Prevención Simplificado

Aplicable a empresas de hasta 50 trabajadores que no desarrollen actividades especialmente peligrosas.

Contenido

Un único documento que contenga el plan de prevención, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.

Evaluación Inicial y Sucesivas de Riesgos

Fases de la Evaluación Inicial

  • Análisis de la situación y riesgos de la empresa.
  • Análisis individualizado de los riesgos de cada puesto de trabajo.

Factores a Considerar

  • Naturaleza de la actividad.
  • Características de los puestos de trabajo.
  • Trabajadores que vayan a desempeñar las tareas.
  • Otros factores exigidos por la normativa.

Evaluaciones Sucesivas

Deben realizarse cuando los puestos de trabajo puedan verse afectados por:

  • Elección de equipos y sustancias.
  • Introducción de nuevas tecnologías.
  • Cambios en las condiciones de trabajo.
  • Incorporación de trabajadores especialmente sensibles.

Revisión, Sujetos y Planificación de la Actividad Preventiva

Revisión

Se debe realizar ante una disposición específica, cuando se hayan producido daños o con la periodicidad acordada entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

Sujetos que Desarrollan la Evaluación

  • Servicios de prevención.
  • Representantes de los trabajadores.

Planificación de la Actividad Preventiva

Contenido Mínimo
  • Medidas de vigilancia de la salud.
  • Información y formación de los trabajadores.
  • Medidas de emergencia.
  • Medios materiales y humanos.
  • Programa anual de actividad.
Documentación
  • Plan de prevención.
  • Evaluación de riesgos.
  • Planificación de la actividad preventiva.

Medidas en Situaciones de Emergencia y Riesgo Grave e Inminente

Medidas a Adoptar

  • Diseñar las medidas necesarias de primeros auxilios, incendios y evacuación.
  • Designar el personal necesario.
  • Organizar las relaciones necesarias con servicios externos.

Situación de Riesgo Grave e Inminente

Se define como aquel que resulta probable que se materialice en un futuro inmediato y que pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

Obligaciones del Empresario

  1. Informar lo antes posible a los trabajadores.
  2. Adoptar las medidas necesarias para que puedan interrumpir su actividad.
  3. Facilitar el contacto con sus superiores.

Derechos Individuales y Colectivos

Derecho Individual
  1. Fundamento: Derecho a la vida y a la integridad física.
  2. Formalidades: No se exigen formalidades específicas, pero debe ejercitarse de buena fe, informando al empresario lo antes posible.
Derecho Colectivo
  1. Sujetos legitimados: La representación unitaria por mayoría (comité de empresa o delegados de personal). Subsidiariamente, los delegados de prevención cuando sea imposible reunir a los representantes unitarios.
  2. Formalidades: Quien adopte la decisión debe comunicarlo a la empresa y a la autoridad laboral, la cual puede ratificar o anular la decisión en 24 horas.
  3. Perjuicios: Solo habrá perjuicio para los trabajadores y sus representantes en caso de mala fe o negligencia grave.

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