Gestión de Residuos: Regulación, Conceptos y Principios
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1. Introducción
Los contaminantes se mezclan con el Medio Ambiente (MA) haciéndose indistinguibles generalmente. Los contaminantes independientes del medio (distinguibles) se denominan residuos.
2. Regulación
- LEY 22/2011, 28 julio: transpone la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Esta ley incorpora al estado español la legislación europea.
- Objeto (art.1): obliga a incorporar al estado Español la Ley Europea.
- Carácter de la ley: legislación básica del Estado.
- Ámbito de aplicación: todo tipo de residuos (R).
- Exclusiones: Emisiones a la atmósfera, Residuos radiactivos, Explosivos desclasificados, Materias fecales, paja y otro material natural agrícola-ganadero, Aguas residuales, Subproductos de animales, Cadáveres de animales, Recursos minerales y explotación de canteras y Sedimentos reubicados (para todos estos casos existen otras leyes que los regulan).
3. Concepto de Residuo
- APT 3, a) LR (leyes y reglamentos): Residuo es cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención u obligación de desechar. Los residuos deben ser gestionados ya que pueden dañar la salud pública o el MA, siendo gestionados por la Administración.
- Actividad privada e Interés público.
- SUBPRODUCTO: art. 4 LR: Hay que diferenciar lo que es un residuo de un subproducto. Un subproducto es cualquier sustancia u objeto resultante de un proceso de producción cuya finalidad primaria no sea la producción de esa sustancia u objeto.
- Para que una sustancia u objeto sea un subproducto debe cumplir una serie de características: Reutilización (ej., jabones), que se pueda utilizar directamente sin tener que transformarlo, que se produzca como parte integrante de un proceso de producción y que el uso de ese subproducto no tenga impactos sobre la salud humana ni el MA.
Clases de Residuos
- DOMÉSTICOS: lo que tiramos a la basura, residuos de parques, animales muertos, coches abandonados, etc.
- COMERCIALES: de cafeterías, oficinas, universidades…
- INDUSTRIALES: proceden de procesos de fabricación.
- PELIGROSOS: hospitales, por ejemplo. Estos residuos deberán ir en envases considerados también como residuos peligrosos.
4. Principios de la Política de Residuos
4.1. Código de Buenas Costumbres
NO AFECTE A: Salud humana y MA, Agua, aire, suelo, fauna y flora, no emita ruido ni olores, que los residuos no afecten a paisajes y lugares de especial interés protegidos y que las medidas que se adopten sean coherentes con el cambio climático.
4.2. Jerarquía de Actuación (qué hacer con el residuo)
- PREVENCIÓN: Adoptar las medidas necesarias para evitar producir R.
- PREPARACIÓN PARA LA REUTILIZACIÓN: llevar a cabo una operación que permita reutilizar los objetos para no tener que transformarlos de nuevo.
- RECICLADO: transformación del residuo.
- OTRO TIPO DE VALORIZACIÓN: cualquier operación cuyo resultado principal sea sustituir otro material.
- ELIMINACIÓN: Se procura que sea segura. Esta jerarquía de pasos puede alterarse justificándolo ante la Administración Pública.
4.3. Autosuficiencia y Proximidad
Se pretende que los residuos estén lo más próximos posible al lugar de producción, consumo y desecho, ya que es importante evitar su traslado que supone, entre otras cosas, un riesgo.
4.4. Acceso a Información y Participación
- Ley 27/2006, 18 julio: Los ciudadanos y Administraciones son informados (campañas, anuncios, etc.) y se les pide participación activa en materia de residuos.
4.5. Planificación de Gestión
Es necesario presentar un plan de gestión de residuos, los hay a nivel regional, nacional, autonómicos…
4.6. Quien Contamina Paga
Los costes de gestión de los residuos corren a cargo del productor, poseedor actual o anterior.
4.7. Potestativo de Reutilización
Se quiere fomentar la reutilización y el reciclado eficiente. De eso se encarga el gobierno mediante un RD que determina una serie de niveles máximos de residuos y mínimos de reutilizados o reciclados.
5. Régimen Competencial
- COMPETENCIA ESTATAL:
- El Consejo de Ministros aprueba el Plan Nacional de Gestión de R.
- La Administración General del Estado: vigilancia de que se cumpla el Plan, inspección y sanción.
- Ministerio de MA, elabora el Plan Nacional. Establece los objetivos mínimos de la reducción de R y elabora y actualiza la información sobre el cumplimiento de la legislación de R.
- C. AUTONÓMICAS:
Elaboran y aprueban sus Planes Autonómicos de gestión de R. Las CCAA son las que autorizan el traslado de residuos dentro de España. Programas de prevención y autonómico de gestión de R, Autorización, vigilancia, inspección y sanción producción-gestión R, Registro de información en materia producción-gestión R, Autorización del traslado de R a UE e interior del Estado Español y Vigilancia, inspección y sanción.
- C. MUNICIPAL:
A los Ayuntamientos se les impone obligatoriamente las medidas de recogida y transporte de R domésticos, de comercio y servicio. Elaboran sus propios planes también.
- Servicio obligatorio recogida, transporte y tratamiento R domésticos.
- Vigilancia, inspección y sanción.
- Programas de prevención y de gestión de R.
- COMISIÓN DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE R:
Creada en 2011, organización estatal que impulsa la cooperación y colaboración en materia de R entre CCAA, Ayuntamientos, Estado… Elabora recomendaciones de sistemas de R.
6. Producción y Posesión Inicial de R
- TRATAMIENTO DE RESIDUOS: por sí o encargarlo. La actividad del productor genera R. Está obligado a realizar el tratamiento de estos ya sea por sí mismo o encargárselo a una empresa autorizada.
- ENTREGAR LOS R: Hay gestores que se encargan de comprar residuos y venderlos. Los residuos deben ser entregados a una entidad (pública o privada) de recogida.
- ACREDITAR DOCUMENTALMENTE LA GESTIÓN R COMERCIALES NO PELIGROSOS: El productor de R no peligrosos tiene que acreditar cómo los está gestionando, por otro lado, tiene que facilitar la gestión de residuos e informar a las autoridades cualquier desaparición, pérdida o fuga de dicho R.
- PRODUCTOR DE R PELIGROSOS:
- Tiene que comprometerse a producir la menor cantidad de RP.
- Tiene que suscribir una garantía financiera, un seguro que responda de los daños que pueda ocasionar.
- Debe cumplir los requisitos fijados reglamentariamente.
- Almacenamiento, mezcla y etiquetado en lugar de producción: deberes.