Gestión de Reclamaciones y Sistema Arbitral de Consumo: Marco Legal y Procedimientos
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Principios de una buena gestión de reclamaciones
Para una correcta gestión, se deben seguir los siguientes principios fundamentales:
- Visibilidad: Los clientes deben conocer cómo y dónde presentar sus reclamaciones.
- Rapidez: Respuesta ágil ante las incidencias.
- Confidencialidad: Protección de los datos del reclamante.
- Accesibilidad: Facilidad para interponer la queja.
- Objetividad: Trato equitativo e imparcial con un enfoque centrado en el cliente.
Procedimiento de reclamación
- Informar correctamente: Uso de folletos, información en la web y circulares.
- Recepción: Registro de la reclamación con un código de identificación único.
- Seguimiento: Control del estado de la incidencia.
- Acuse de recibo: Notificación al cliente sobre los plazos de resolución.
- Evaluación inicial: Valoración de la reclamación.
- Análisis de causas: Identificación del origen del problema.
- Resolución: La empresa ofrece una respuesta; si no se resuelve, se busca una solución alternativa.
- Comunicación: Notificación de la resolución al cliente.
- Cierre: Finalización de la incidencia.
Actuación de las Administraciones Públicas
- Mediación: La Administración media entre el reclamante y la empresa, informando a esta última si desconoce los hechos. Se brinda la oportunidad de presentar argumentos y se propone una solución.
- Arbitraje: Si la mediación no prospera, la Administración propone un proceso de arbitraje.
- Vía judicial: Si no se alcanza un acuerdo, el servicio de consumo informa al reclamante sobre sus derechos para acudir a los tribunales.
Sistema Arbitral de Consumo
Es un órgano extrajudicial de resolución de conflictos.
Tipos de órganos
- Juntas Arbitrales de Consumo: Pueden ser municipales, nacionales, provinciales, autonómicas o de mancomunidad. Si no existe acuerdo, será competente la junta territorial del domicilio del consumidor.
- Comisión de Juntas: Órgano colegiado que establece criterios en el sistema arbitral y resuelve recursos contra las juntas.
- Consejo General: Órgano colegiado adscrito al Instituto Nacional de Consumo para la representación y participación.
- Órganos Arbitrales: Una vez que la Junta aprueba la solicitud, actúan como árbitros (pueden ser uno o tres).
Procedimiento de arbitraje
- Inicio: El consumidor presenta la solicitud de arbitraje, directamente o a través de una asociación.
- Comprobaciones previas: Si la solicitud es correcta y la empresa está adherida al sistema, el presidente de la junta da inicio al proceso.
- Mediación: Si no hay controversia, se intenta llegar a un acuerdo.
- Audiencia: Si no hay acuerdo, se da traslado de documentos y alegaciones para que las partes se expresen.
- Pruebas: El colegio arbitral decide qué pruebas practicar; las de oficio serán costeadas por la Administración.
- Laudo: Dictamen de la decisión final, con valor de sentencia judicial.
- Recursos: Se puede solicitar la anulación ante la Administración provincial en un plazo de 2 meses desde la notificación.
Actualmente, existen más de 50.000 empresas adheridas al sistema.
Referencia normativa: ISO 10002:2018 - OMIC