Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales: Procedimientos, Modalidades y Plan de Emergencia

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La gestión de la prevención de riesgos laborales abarca la práctica, los procedimientos, los procesos, los recursos humanos y los materiales necesarios para llevar a cabo las actuaciones preventivas. Se divide en:

  • Evaluación de los riesgos laborales

    Identificar los riesgos y valorar su magnitud combinando la gravedad de los daños y la probabilidad de que se produzcan.

  • Determinación de las prioridades

    Los criterios para establecerlas son la magnitud del riesgo y el número de personas expuestas.

  • Planificación de los programas

    Selección de medidas preventivas y las actividades concretas.

  • Implementación de las actividades y evaluación de los programas

    Verificar que las actuaciones se están llevando a cabo conforme a lo planificado y comprobar que se han logrado los objetivos previstos.

Modalidades de la organización de la prevención

  • Asunción de la prevención por el propio empresario

    Debe cumplir los siguientes requisitos: que la empresa tenga menos de 6 trabajadores, que el empresario desarrolle habitualmente su actividad profesional en el centro de trabajo, que tenga la capacidad para las funciones preventivas que va a desarrollar de acuerdo con lo establecido en el reglamento de los servicios de prevención, y que las actividades realizadas no sean de elevado peligro. El empresario no puede realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores.

  • Designar uno o varios trabajadores de la empresa

    Siempre y cuando no hayan optado o se exija alguna otra modalidad.

  • Servicio de prevención propio

    Organizado en el propio seno de la empresa y deberá someterse al control de una auditoría externa, cuyos integrantes se dedicarán solo a esto. Debe contar como mínimo con 2 de las especialidades preventivas previstas que no sean asumidas por el servicio de prevención propio, que deberán ser concertadas con 1 o más servicios de prevención ajenos. Es obligatorio cuando: la empresa tenga más de 500 trabajadores, tenga entre 250 y 500 trabajadores y realice actividad de especial riesgo, y cuando lo determine la autoridad laboral.

  • Servicio de prevención ajeno

    El prestado por una entidad especializada, ajena a la empresa, acreditada por la autoridad laboral y con la aprobación de la autoridad sanitaria en lo relativo a sanidad. Podrá ser contratado cuando: no haya obligación de constituir un servicio de prevención propio, la designación de los trabajadores sea insuficiente, como complemento al servicio de prevención propio en otras modalidades, cuando la autoridad laboral determine la obligación de contar con servicio de prevención en una empresa y esta opte por recurrir a un servicio de prevención ajeno, y en empresas de menos de 6 trabajadores en las que el empresario haya asumido la prevención de riesgos parcialmente y deba complementar el resto de actividad del servicio de prevención. Deberá disponer de personal que cuente con la cualificación necesaria para el desempeño de las funciones de nivel superior, como mínimo un experto por cada una de las disciplinas preventivas.

  • Servicio de prevención mancomunado

    Desarrolla sus actividades preventivas para diferentes empresas porque están próximas entre sí o porque pertenecen a un mismo sector productivo o a un grupo de empresas.

Plan de emergencia

Documento en el que se especifican las actuaciones que deben llevarse a cabo ante una emergencia. Con este plan se da respuesta a: qué hacer y cómo hay que organizarse ante una situación hipotética de emergencia, por lo que evita la improvisación. Con esto conseguimos controlar la situación en el mejor tiempo posible para reducir al máximo los daños y evacuar rápidamente la zona.

Contenidos del plan de emergencia

  • Identificación del centro, existencia de equipamiento de seguridad en el exterior, número de personas.
  • Características del edificio y plantas.
  • Riesgos interiores y exteriores.
  • Ficha de incidencias del centro.
  • Teléfono de los servicios de emergencia.
  • Otros teléfonos.
  • Señalización de salvamento y contra incendios.
  • Actuaciones en caso de emergencia.

La evacuación es planificada.

Infracciones

  • Leves

    Falta de limpieza en el centro, no comunicar accidentes. Cuestan entre 40 y 2045€.

  • Graves

    No realizar evacuación de riesgo ni pruebas de vigilancia de salud ni formar e informar al trabajador. Cuestan entre 2046 y 40985€.

  • Muy graves

    No respetar las normas de protección de trabajador embarazadas y menores de edad, no paralizar la actividad en caso de riesgo grave e inminente, incumplir el deber de confidencialidad de datos relativos a la salud. Cuestan entre 40986 y 819780€. Aquí el empresario puede decidir si llegar al despido disciplinario.

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