Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la Empresa: Plan, Evaluación y Organización
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Gestión de la Prevención en la Empresa
La gestión de la actividad preventiva en la empresa supone un conjunto de actuaciones que evitan los riesgos antes de que aparezcan e implica:
- Implantar un sistema de gestión de la prevención (mediante el cual la empresa establece la estructura organizativa, define las funciones, las prácticas preventivas y los procedimientos de gestión).
- Asignar los recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas.
Principios de la Acción Preventiva
La gestión de la prevención debe guiarse por los siguientes principios:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no puedan evitarse.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo al trabajador (ergonomía).
- Tener en cuenta la evolución tecnológica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Planificar la prevención.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
- Informar debidamente a los trabajadores.
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PPRL)
El PPRL es un documento obligatorio en el que se establece el sistema de gestión de la prevención. Este documento será la herramienta para integrar la gestión de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa y dirigirá la política de PRL.
Contenido del PPRL
- Política preventiva.
- Estructura organizativa de la empresa.
- Organización productiva.
- Organización preventiva.
Herramientas del PPRL
- Evaluación de riesgos.
- Planificación de las medidas preventivas.
La Evaluación de los Riesgos Laborales
La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a establecer la magnitud de aquellos riesgos que no han podido evitarse.
Propósito de la Evaluación
Sirve para obtener la información necesaria, de modo que el empresario pueda decidir si hay que adoptar medidas preventivas para eliminar y reducir riesgos, y determinar las medidas más adecuadas ante los tipos de riesgos existentes.
¿Qué se evalúa?
- Las condiciones generales del centro de trabajo y las específicas del puesto de trabajo.
- La posibilidad de que el trabajador sea especialmente sensible.
¿Cuándo se debe evaluar?
Se debe realizar una evaluación inicial. Ésta se repetirá cuando:
- Se detecten daños a la salud de los trabajadores.
- Cambien las condiciones de trabajo o las características de los trabajadores.
- Haya indicios de ineficacia de las medidas de prevención.
Proceso de Evaluación de Riesgos
El proceso para realizar la evaluación de riesgos debe seguir 3 pasos:
- Identificación de los riesgos: Cada empresa deberá desarrollar una lista de los propios riesgos, teniendo en cuenta la naturaleza de su actividad y los lugares en los que se desarrolla.
- Estimación del riesgo: Para cada riesgo detectado debe estimarse la probabilidad de que se produzca el daño y la gravedad de las consecuencias esperadas.
- Valoración del riesgo: Los niveles de riesgo sirven para valorar y decidir si es necesario adoptar medidas preventivas, mejorar las condiciones existentes o implantar otras nuevas, así como para fijar un calendario de acciones.
Niveles de Valoración del Riesgo
- Trivial: No se requiere acción específica.
- Tolerable: No es necesario mejorar la acción preventiva. Deben considerarse soluciones más rentables o mejoras que no supongan un coste económico significativo.
- Moderado: No es necesario dedicar esfuerzos a reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas.
- Importante: Es imprescindible reducir el riesgo antes de comenzar a trabajar.
- Intolerable: Se dedicarán recursos limitados y deberá prohibirse el trabajo para controlar el riesgo.
La Planificación Preventiva
Si la evaluación pusiera de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario planificará la acción preventiva para eliminarlas, controlarlas y reducirlas, estableciendo un orden de prioridad según la magnitud de los riesgos y el número de trabajadores expuestos.
Modalidades de Organización de la Prevención
Las empresas pueden optar entre varias modalidades en función de su actividad y del número de empleados:
Asumir el empresario personalmente la actividad preventiva
Siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Se trate de una empresa con una plantilla de hasta 10 trabajadores (si dispone de un único centro de trabajo, hasta 25).
- Las actividades desarrolladas en la empresa no estén incluidas en el anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Desarrolle de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo.
- Tenga la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar.
Designación de trabajadores
Siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Demuestren la capacidad necesaria (esto implica que deben contar con la formación adecuada).
- Dispongan del tiempo necesario y los medios precisos.
- Sean suficientes en número.
Servicio de Prevención Propio (SPP)
El empresario está obligado a constituirlo en alguno de los siguientes supuestos:
- Que la empresa tenga más de 500 trabajadores.
- Que, aunque cuente con un número de entre 250 y 500 trabajadores, la empresa realice alguna de las actividades del anexo I del Reglamento sobre los Servicios de Prevención.
- Que la autoridad laboral así lo decida por la peligrosidad de la actividad, salvo que se acuda a la modalidad de servicio de prevención ajeno.