Gestión Integral de la Prevención de Riesgos Laborales
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Evaluación de Riesgos
Cuando los riesgos no pueden evitarse, es fundamental evaluarlos. La evaluación inicial y las periódicas son cruciales, especialmente ante:
- Un cambio en las condiciones de trabajo.
- La aparición de daños o indicios de que las medidas preventivas no son suficientes.
La evaluación se realiza por cada puesto de trabajo. Posteriormente, se llevarán a cabo evaluaciones periódicas. Los riesgos se evalúan en función de la probabilidad de que ocurra un daño y de la severidad del mismo.
Provisión de Equipos de Protección Individual (EPI)
La empresa tiene la obligación de proveer los EPI necesarios, siguiendo estas directrices:
- Los EPI deben ser entregados de forma gratuita.
- Se debe evaluar qué puestos de trabajo requieren EPIs adecuados al riesgo.
- Todos los EPIs deben llevar el marcado CE como garantía de calidad en su fabricación.
- Deben estar adaptados y ser ergonómicos para cada trabajador, siendo de uso personal.
- La empresa debe informar y formar a los trabajadores sobre su uso correcto, así como vigilar que los utilicen.
Formación e Información en Prevención de Riesgos
La empresa debe informar a los trabajadores sobre los risgos generales y específicos, las medidas de prevención y protección, y los procedimientos de emergencia. Esto se concreta, por ejemplo, en la entrega de un manual de prevención.
Además, debe ofrecer formación teórica y práctica suficiente, adaptada a los riesgos específicos. Esta formación debe realizarse en los siguientes momentos:
- En el momento de la contratación.
- Ante una modificación del puesto de trabajo.
- Con la introducción de nuevas tecnologías o cambios en los equipos.
La formación se realizará, si es posible, dentro de la jornada laboral y computará como tiempo de trabajo. Si se realiza fuera del horario, el tiempo invertido se descontará. El trabajador está obligado a participar en la formación.
Organización de la Prevención en la Empresa
Asunción por el Propio Empresario
Un empresario puede asumir personalmente la prevención de riesgos laborales si cumple las siguientes condiciones:
- Tiene menos de 25 trabajadores.
- Posee un único centro de trabajo.
- Trabaja de forma habitual en la empresa.
- Tiene la formación necesaria en prevención.
Para los reconocimientos médicos, debe acudir a un servicio de prevención ajeno. Es importante destacar que los empresarios que desarrollan alguna actividad de riesgo especial (Ej: pirotecnia) no pueden asumir la prevención.
Servicio de Prevención Propio
Es un conjunto de medios humanos y materiales dedicados a desarrollar la prevención de riesgos en la empresa. Su constitución es obligatoria en los siguientes casos:
- Empresas con más de 500 trabajadores.
- Empresas con entre 250 y 500 trabajadores que desarrollen una actividad de riesgo especial.
- Cuando, debido a la peligrosidad o las estadísticas de accidentes, la autoridad laboral así lo decida.
Funciones:
- Elaborar el Plan de Prevención de Riesgos.
- Evaluar los riesgos.
- Proveer formación e información.
- Realizar reconocimientos médicos.
Designación de Trabajadores
Esta modalidad se aplica cuando el empresario no asume personalmente la prevención y no está obligado a tener un servicio de prevención propio, o no se han elegido otras modalidades.
Servicio de Prevención Ajeno
Son entidades especializadas contratadas por las empresas para gestionar la prevención de riesgos. Su contratación es necesaria en los siguientes escenarios:
- Cuando la empresa no está obligada a tener un servicio de prevención propio.
- Cuando sea obligatorio por la peligrosidad o frecuencia de los accidentes de trabajo (AT), o si no se utilizan ninguna de las otras modalidades de organización preventiva.
Conceptos Fundamentales en Salud Laboral
La OMS (Organización Mundial de la Salud) define la salud como el estado de bienestar físico, mental y social completo, y no simplemente la ausencia de daño o enfermedad.
Salud Laboral
- Físico: Ausencia de daño físico o enfermedad.
- Psíquico: Equilibrio emocional.
- Social: Relaciones con los demás, reconocimiento social y expectativas de futuro.
Riesgo Laboral
Es la posibilidad de que un trabajador sufra algún daño derivado de las condiciones de trabajo.
Condiciones de Trabajo
Cualquier característica que pueda influir en la aparición de riesgos para la seguridad y la salud. Incluyen:
- Locales, instalaciones y equipos.
- Agentes físicos, químicos y biológicos.
- Procedimientos de trabajo.
- Otras características, como la organización del trabajo.
Clasificación de Enfermedades Profesionales
Las enfermedades profesionales se clasifican según el agente causante, entre otras categorías:
- Por agentes químicos, por ejemplo, el saturnismo.
- Por agentes físicos, por ejemplo, el síndrome del dedo blanco.
- Por agentes biológicos, por ejemplo, el tétanos.
- Por inhalación de sustancias no comprendidas en apartados anteriores, por ejemplo, la asbestosis.
- De la piel por sustancias no comprendidas en alguno de los otros apartados, por ejemplo, el eczema de cemento.
- Por agentes cancerígenos, por ejemplo, el cáncer de pulmón por polvo de sílice.