Gestión de Horas Extra, Vacaciones y Festivos Laborales: Derechos y Obligaciones
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Horas Extraordinarias
Las horas extraordinarias son aquellas realizadas por encima de la jornada ordinaria, ya sea anual o mensual. El convenio o el contrato de trabajo establece si se pagan o se compensan con descanso. Si no hay pacto, se compensan con descanso en los cuatro meses siguientes. Si se retribuyen, no puede ser por una cantidad inferior a las horas ordinarias. El número máximo de horas extra es de 80 al año por trabajador.
El empresario debe llevar un control escrito de las horas extras realizadas por los trabajadores. Se ha eliminado la posibilidad de que los contratos a tiempo parcial realicen horas extras desde 2014; en su lugar, se podrán realizar horas complementarias voluntarias, distintas a las pactadas. Los trabajadores menores de 18 años y los trabajadores nocturnos no pueden realizar horas extra.
Tipos de Horas Extraordinarias
- Voluntarias: Son aquellas que el trabajador acepta voluntariamente realizarlas sin haber sido pactadas antes.
- Obligatorias:
- Porque se hayan pactado en el convenio.
- Porque se hayan pactado en las cláusulas del contrato de trabajo.
- Por fuerza mayor (ej: inundación).
Vacaciones y Festivos
Vacaciones
Según el Estatuto de los Trabajadores, todos los trabajadores tienen derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones anuales retribuidas.
- Las vacaciones son un derecho personal, el cual no puede ser sustituido por dinero.
- Los trabajadores deberán conocer las fechas concretas dos meses antes del inicio de las vacaciones.
- Las fechas se establecen de común acuerdo entre la empresa y el trabajador, según el calendario de vacaciones que se fija en la empresa siguiendo las normas del convenio. En caso de desacuerdo, cabe una demanda judicial urgente.
- Las vacaciones se disfrutarán en el mismo año. Tan solo cabe disfrutarlas en el año siguiente en el caso de maternidad o paternidad. Este mismo derecho se aplicará a los que hayan sufrido una baja laboral y obtengan el alta el año siguiente.
- Las empresas deberán elaborar todos los años un calendario laboral donde se han de fijar el período vacacional y los festivos, así como los días laborales y los no laborales.
Festivos
Los festivos son establecidos tanto a nivel nacional como autonómico y local. Sin embargo, existe una tendencia a querer trasladar los festivos a lunes y así evitar puentes, lo cual estaba previsto para 2013, pero al final no se llevó a cabo.
Características de los Festivos
- Los trabajadores tienen derecho a 14 festivos al año retribuidos y no recuperables.
- En el caso de que coincidan en domingo, son trasladados al lunes.
- Si trabajas un festivo, se retribuye con un 75% más en el salario o en descanso.