Gestión de Efectos Comerciales y Medios de Pago en el Tráfico Mercantil
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Cálculo del Descuento de Varias Letras
Para realizar el descuento de varias letras, se deben considerar los siguientes elementos:
- N (Valor Nominal): Importe de la letra.
- Vencimiento: Fecha límite de pago.
- Días: Días transcurridos desde el día siguiente a la entrega al banco hasta el vencimiento.
- Números comerciales: Se calculan multiplicando N × días (se realiza el sumatorio de todos).
- Comisiones: Se calculan multiplicando N × comisión (se realiza el sumatorio de todas).
- Descuento comercial (Dc): Se obtiene mediante la fórmula Números comerciales × interés / 365 (se suman los resultados).
- E (Efectivo): Se calcula como N - Dc - comisiones - gastos. Este es el importe total que se ingresa en la cuenta.
Importe a Reclamar por un Cheque
En caso de reclamación, el importe total se compone de:
- Euros del cheque.
- Intereses (I): Calculados sobre el importe del cheque con un recargo de 2 puntos adicionales (Importe × (interés + 2) × tiempo / 360 o 12).
- Interés de demora: 10% del importe del cheque.
- Gastos generados.
- Daños y perjuicios.
Sujetos que Intervienen en los Documentos de Pago
Recibo
- Matriz: Para la persona que cobra.
- Recibo: Para la persona que paga.
Transferencia
- Ordenante: Quien da la orden al banco para que se efectúe el pago.
- Beneficiario: Quien recibe el dinero.
Cheque
- Librador: Persona que emite el cheque y debe pagar.
- Librado: Entidad bancaria que debe realizar el pago.
- Tenedor: Persona que posee el cheque (desde el primero hasta el último).
- Avalista: Persona que garantiza el pago.
- Avalado: Persona que recibe el aval.
- Endosante: Persona que transmite el cheque a un tercero.
- Endosatario: Persona que recibe el cheque por endoso.
Letra de Cambio
- Librador: Quien confecciona el documento y tiene el derecho de cobro.
- Librado: Persona obligada al pago.
- Tenedor: Poseedor del documento (primero y último).
- Otros intervinientes: Avalado, avalista, endosante y endosatario.
Pagaré
- Firmante: Quien emite el documento y se compromete al pago.
- Beneficiario: Persona que tiene el derecho de cobro.
- Tenedor: Persona que posee el documento el día del vencimiento.
- Otros intervinientes: Avalado, avalista, endosante y endosatario.
Tipos de Vencimientos
- A la vista: El pago debe realizarse en el momento de su presentación (plazo máximo de 1 año desde su emisión).
- A fecha fija: El pago debe realizarse el día exacto indicado.
- A días o meses fecha: Se cuenta desde el día siguiente a la emisión. Si es por meses, se computa desde el mismo día de la emisión.
- A días vista: Se cuenta el plazo desde el día en que el documento fue aceptado.
Formas de Pago
- Al contado: Pago en efectivo, adeudo SEPA, transferencia, ingreso en cuenta corriente, pago contra reembolso, cheque, tarjeta bancaria o domiciliación.
- Aplazado: Letra de cambio, pagaré o recibo normalizado.
Clasificación del Cheque
- Al portador: Puede ser cobrado por cualquier persona que lo posea (debe incluir la frase correspondiente).
- No a la orden: No se puede endosar; esta indicación se coloca junto al nombre del tenedor.
- A la orden: Permite ser transmitido mediante endoso.
Cheques Especiales
- Conformado: En el reverso, el banco indica: "Conforme y registrado en la cuenta corriente y válido hasta [fecha] por [importe] €". Se computan los días de reserva desde la emisión y firma el apoderado (p.p.) del banco.
- Cheque bancario: Debe incluir la frase específica. El banco retiene el dinero en una cuenta propia hasta el cobro, por lo que aparecen el IBAN y la firma de la entidad.
- Cruzado:
- General: Entre las líneas se lee "Banco y Cía.". Solo se cobra en efectivo si se tiene cuenta en esa entidad; de lo contrario, se abona en cuenta.
- Especial: Aparece el nombre de un banco específico (ej. BBVA). Si no se tiene cuenta allí, debe abrirse una. Solo se paga en efectivo si lo realiza la entidad mencionada.
- Cheque para abonar en cuenta: Incluye un sello con dicha frase y nunca puede ser cobrado en efectivo.
Plazos de Presentación del Cheque
- Emitido y pagadero en España: 15 días.
- Emitido en Europa: 20 días.
- Emitido fuera de Europa: 60 días.
Impago del Cheque
En caso de impago, se procede al protesto notarial contra el emisor o cualquier firmante del cheque.
Cláusulas en la Letra de Cambio
- Con gastos / Con protesto: Se acude al notario para levantar acta. Se notifica al deudor, quien dispone de un día para pagar antes de iniciar la vía judicial.
- Sin gastos / Sin protesto: No requiere acta notarial; se inicia directamente la acción judicial.
- Con intereses: Aplicable para vencimientos superiores a un año; se abona el nominal más los intereses pactados.
Procedimientos por Impago de Letra
- Acción directa: Denuncia directa contra el librado o sus avalistas.
- Acción de regreso: Contra cualquier firmante excepto el librado. Si incluye la cláusula "con protesto", es obligatorio levantar acta previa. Si no hay avalistas o endosantes, solo es posible la acción directa.
Pagaré
Existen los mismos tipos que en los cheques y su gestión bancaria es idéntica a la de las letras de cambio.
Declaración de Impago
"El banco domiciliario declara denegado el pago de esta letra, a los efectos previstos en el artículo 51 de la Ley 19/1985, por importe de __€. En __ a __ de __ de __. Fdo: p/p (banco del que compra)."