Gestión del Ciclo Presupuestario Público: Fases, Controles y Modificaciones

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Ciclo Presupuestario: Fases Clave de la Gestión Pública

El ciclo presupuestario es un proceso fundamental en la administración pública que comprende varias etapas interconectadas, desde la planificación inicial hasta el control y la liquidación final.

1. Elaboración del Presupuesto

Esta fase se divide en tres partes esenciales:

  • El Gobierno prepara un anteproyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE).
  • Se realiza la agregación y el estudio de las propuestas recibidas de los diferentes ministerios por parte del Ministerio de Hacienda.
  • El Gobierno aprueba el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado y lo remite a las Cortes Generales para su tramitación.

2. Aprobación del Presupuesto

La aprobación del presupuesto es responsabilidad de las Cortes Generales, siguiendo un proceso legislativo detallado:

  1. El Pleno del Congreso de los Diputados debate la totalidad del presupuesto, centrándose en la aprobación de las cuantías globales de previsión de ingresos y gastos.
  2. Una vez aprobadas estas cuantías, el proyecto pasa a la Comisión de Presupuestos del Congreso para un debate más específico y la presentación de enmiendas.
  3. La Comisión emite un dictamen, y el proyecto se somete a debate final por el Pleno del Congreso.
  4. El resultado es la aprobación del proyecto con las modificaciones introducidas en el Congreso.
  5. Posteriormente, el proyecto de ley se remite al Senado, que puede introducir nuevas enmiendas o vetarlo.
  6. Finalmente, el Senado debe devolver el proyecto al Congreso para su definitiva aprobación, que tiene la última palabra.

3. Ejecución del Presupuesto

La ejecución presupuestaria se materializa a través de varias fases administrativas:

  • Autorización del Gasto: Acto administrativo en el que la autoridad competente aprueba, con cargo a un crédito presupuestario, un gasto, determinando su cuantía de forma cierta o aproximada.
  • Compromiso de Gasto: Acto por el cual la autoridad competente acuerda con un tercero la realización de obras, la prestación de servicios, transferencias, subvenciones, etc.
  • Reconocimiento de la Obligación: Acto por el cual la autoridad acepta el cargo al presupuesto del Estado de una deuda a favor de un tercero, como consecuencia del cumplimiento por parte de este de la prestación que se hubiera comprometido.
  • Ordenación de Pago: Expedición del documento "orden de pago" dirigido a la Tesorería del Ministerio de Hacienda para que haga efectivo el gasto contraído.
  • Pago: La forma de cancelar la deuda, transfiriendo los fondos al beneficiario.

Control Interno del Presupuesto

El control interno es ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) sobre todos los actos, documentos y expedientes de los que se deriven derechos y obligaciones de contenido económico. La Ley General Presupuestaria (LGP) también prevé un Plan Nacional de Auditorías, que se realiza una vez al año. La auditoría consiste en comprobar todos los ingresos y los pagos realizados y sus documentos justificativos, además de los asientos contables, asegurando la legalidad y eficiencia de la gestión.

Control Externo del Presupuesto

El control externo está a cargo del Tribunal de Cuentas, órgano fiscalizador de las cuentas y la gestión económica del Estado y del sector público en general. El Tribunal de Cuentas es un órgano colegiado formado por 12 consejeros, seis de ellos elegidos por el Congreso y otros seis por el Senado, por un periodo de nueve años. La magnitud y la complejidad de las cuentas públicas justifican la existencia de este órgano de apoyo al Parlamento, garantizando la transparencia y la rendición de cuentas.

Modificaciones Presupuestarias

Las modificaciones presupuestarias suponen cambios en los importes, en la finalidad o en la temporalidad de los créditos aprobados por la Ley de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Se producen cuando las partidas aprobadas inicialmente en los PGE no se pueden cumplir por diversas causas, y se recurre a créditos adicionales o transferencias para atender a esas nuevas necesidades o ajustes.

Liquidación del Presupuesto

El presupuesto de cada ejercicio se liquidará el 31 de diciembre del año natural correspondiente. La liquidación y el cierre del presupuesto se regulan en la Ley General Presupuestaria y en las normas que regulan la contabilidad pública. El ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública se extiende a la Administración del Estado, asegurando un cierre contable uniforme y transparente.

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