Garantías Constitucionales y Relaciones Jurídicas: Conceptos Clave

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Garantías Constitucionales según Fix Zamudio

Fix Zamudio define las verdaderas garantías como los medios para hacer efectivos los mandatos constitucionales. Las clasifica en:

Garantías Fundamentales

Se dividen en:

  • Garantías Individuales
  • Garantías Sociales
  • Garantías Institucionales

Las garantías individuales se encuentran en los primeros 28 artículos de la Constitución, en la parte dogmática.

Garantías de la Constitución

Son métodos procesales represivos para hacer efectivos los mandatos fundamentales cuando son desconocidos, violados o cuando existe duda sobre su forma y contenido.

Relaciones Jurídicas (Segundo Parcial)

1. Relaciones de Coordinación

Son vínculos que se establecen entre dos o más sujetos, físicos o morales, en su condición de gobernados. Presentan una doble naturaleza:

  • Naturaleza Privada: Regidas por normas jurídicas del Derecho Privado.
  • Naturaleza Económica: Regidas por normas jurídicas del Derecho Social.

2. Relaciones de Supraordinación

Se establecen entre los órganos de gobierno, normándose esta relación por el Estado. Esta normación se consagra en el derecho positivo, principalmente en el Derecho Constitucional y el Derecho Administrativo.

3. Relaciones de Supra a Subordinación

Se dan en situaciones de paridad formal e igualitaria, es decir:

  • En las relaciones de coordinación entre gobernados.
  • En las relaciones de supraordinación entre autoridades.

Características de los Actos de Autoridad

Unilateralidad

El acto existe independientemente de la aceptación de la voluntad de la persona a quien va dirigido.

Coercibilidad

El incumplimiento de la obligación por parte del gobernado puede llevar a la ejecución coactiva del acto de autoridad, incluso con el uso de la fuerza pública.

Imperatividad

Se imponen sobre y en contra del gobernado, quien tiene la obligación de obedecer. Dentro del orden constitucional, se aplican las garantías, que se traducen en relaciones jurídicas de supra a subordinación entre gobernados y autoridades del Estado.

Garantías y Principio de Juricidad

Garantías: Conjunto de preceptos constitucionales que supeditan todo acto de autoridad. De su observancia deriva la validez jurídica del mismo. Regulan, a favor del gobernado, la actividad de imperio que realiza el Estado a través de sus órganos de autoridad.

Principio de Juricidad: Obligación de que todos los actos de autoridad estén sometidos a normas jurídicas previamente establecidas. Todos los sujetos están obligados al respeto de estas normas, cuyo contenido son las prerrogativas fundamentales del hombre.

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