Fundamentos del Sector Público y Principios Constitucionales del Sistema Tributario Español
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El Sector Público: Agentes y Funciones Económicas
El Sector Público está formado por un conjunto de agentes económicos que se encarga de realizar las siguientes funciones:
Funciones Esenciales del Sector Público
- Prestación de Servicios Públicos (Función Asignativa).
- Función Redistributiva: Introduce correcciones en la distribución primaria del mercado mediante la progresividad de los impuestos y las transferencias a los sectores más desfavorecidos.
- Estabilidad Económica: Busca un adecuado nivel de empleo, estabilidad de los precios, equilibrio en la balanza de pagos y un adecuado nivel de crecimiento económico.
Agentes del Sector Público
- Sector Público Estatal: Se compone de la Administración (Admon.) y de empresas públicas.
- Sector Público Territorial: Comunidades Autónomas (CC. AA.).
Instrumentos de Gestión
La actividad financiera del sector público está regulada en cuanto a su funcionamiento y en cuanto a la asignación de recursos a cada uno de los objetivos de política económica.
Principios Fundamentales del Sistema Tributario
El sistema tributario está basado en una serie de principios que encontramos en nuestra Constitución. La ley genera tributos siguiendo estos principios:
Principios Constitucionales de la Tributación
- Principio de Capacidad Económica: Principio fundamental y considerado como la regla básica en el reparto de la carga tributaria.
- Principio de Igualdad: La igualdad debe medirse en función de la capacidad económica o de la capacidad de pago de aquellos que han de contribuir.
- Principio de Generalidad: La obligación de financiar los gastos públicos afecta a todos los residentes que obtengan rentas en el territorio español (tanto nacional como en el extranjero) que tengan capacidad económica. Al ser todos iguales ante la ley, todos debemos contribuir a financiar los gastos, negando beneficios fiscales.
- Principio de Progresividad: A medida que aumenta la renta y riqueza del contribuyente, la cantidad a pagar al Tesoro Público en concepto de impuesto aumenta más que proporcionalmente.
- Principio de Justicia: La Constitución considera a la justicia como un valor supremo del ordenamiento, junto con la igualdad, la libertad y el pluralismo político.
- Principio de Seguridad Jurídica: La aplicación de los tributos no se realiza de forma arbitraria, ya que las decisiones fiscales están sujetas a la justicia o razón y no a la voluntad del ente impositor.
- Principio de Legalidad.
Fuentes del Ordenamiento Tributario
- Constitución.
- Tratados y convenios internacionales.
- La LGT (Ley General Tributaria).
- Derecho supletorio (Derecho Administrativo y Derecho Común).
La Doble Imposición en el Ámbito Fiscal
La doble imposición surge de la aplicación de diferentes criterios de sujeción tributaria:
Tipos de Obligación Tributaria
- Obligación Personal: Todas las rentas quedan sometidas a tributación en el país donde el contribuyente sea residente.
- Obligación Real a Contribuir: Cuando se obtiene una renta en un país donde no se es residente y se debe tributar por ella en dicho país.
Tipos de Doble Imposición
- Doble Imposición Económica: Se produce cuando una misma renta es gravada dos veces en manos de dos personas distintas y por dos impuestos análogos o de la misma naturaleza.
- Doble Imposición Jurídica: Se produce cuando la renta que obtiene una persona es gravada dos veces por impuestos de igual o similar naturaleza.