Fundamentos y Regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares.
Se aplica en todo el territorio español, con las especialidades previstas en relación con Canarias, Ceuta y Melilla, y sin perjuicio de los regímenes tributarios forales del País Vasco y Navarra.
Hecho Imponible
El hecho imponible del IRPF está constituido por la obtención de renta por el contribuyente, que incluye:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital.
- Rendimientos de actividades económicas.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Imputaciones de renta que se establezcan por la ley.
Rentas Exentas
Se consideran rentas exentas, entre otras:
- Indemnizaciones.
- Prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo.
- Indemnizaciones por despido o cese del trabajador (con los límites legales establecidos).
- Prestaciones por la Seguridad Social (SS) o por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Becas públicas y las becas concedidas por entidades sin fines lucrativos.
- Anualidades de alimentos recibidas de los padres.
- Premios literarios, artísticos o científicos, como los Premios de Asturias.
- Gratificaciones extraordinarias satisfechas por el Estado español por la participación en misiones internacionales de paz o humanitarias.
- Ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión por mayores de 65 años de su vivienda habitual, o por personas en situación de dependencia.
- Dividendos y participaciones en beneficios, con el límite de 1.500€ anuales.
- Ganancias patrimoniales de acciones, cuyo valor total de adquisición no exceda de 75.000€ anuales para el conjunto de entidades, ni de 25.000€ por entidad.
- Ganancia patrimonial que se pudiera generar con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual.
- Los primeros 2.500€ en los premios procedentes de loterías y apuestas de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.
Contribuyentes del IRPF
Son contribuyentes del IRPF:
- Personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español (permanecer más de 183 días durante el año natural en territorio español y radiquen en España el núcleo principal de sus intereses).
- Personas físicas de nacionalidad española, su cónyuge no separado legalmente y los hijos menores, en ciertos supuestos.
- Personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio considerado paraíso fiscal.
Obligación de Presentar Declaración
No están obligados a presentar declaración los contribuyentes que obtengan exclusivamente las siguientes rentas, siempre que no superen los límites establecidos:
- Rendimientos íntegros del trabajo que no superen 22.000€ anuales.
- El límite será de 15.000€ anuales (anteriormente 11.200€) en los siguientes casos:
- Más de un pagador, si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores supera en conjunto 1.500€ anuales.
- Pensionistas con dos o más pagadores.
- Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas del impuesto.
- El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
- Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales que no superen 1.600€ anuales.
- Rentas inmobiliarias imputadas que deriven de la titularidad de inmuebles de uso propio, con un límite de 1.000€ anuales.
Nota: Los contribuyentes que en el ejercicio hayan obtenido exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas, y ganancias patrimoniales, hasta un máximo de 1.000€ brutos anuales, no estarán obligados a declarar.
Procedimiento, Plazos y Pago
La normativa reguladora del impuesto determinará el lugar de presentación, los plazos y los modelos oficiales.
- El plazo general abarca desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio.
- Los modelos serán los determinados en cada ejercicio.
- La presentación se puede realizar por vía telemática o presencial.
Ingreso de la Deuda
Si el resultado es positivo, el contribuyente deberá ingresar la deuda, pudiendo fraccionar el pago en dos plazos sin recargos ni intereses.
Pagos en Cuenta
Los pagos en cuenta podrán consistir en retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.
Periodo Impositivo y Devengo
El periodo impositivo incluye el año natural, desde el 1 de enero al 31 de diciembre.
El devengo se produce el último día del año natural. Si el contribuyente fallece, el devengo se produce en la fecha de su defunción.
Modalidades de Tributación
La regla general de tributación es la individual, pero podrán tributar conjuntamente las siguientes unidades familiares:
- Unidad Familiar 1: Cónyuges no separados legalmente, los hijos menores de edad (con excepción de los que vivan independientes) y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente.
- Unidad Familiar 2: En casos de separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial, el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro.
Importante: Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
Métodos de Determinación de la Base Imponible
La base imponible se puede determinar mediante:
- Estimación directa.
- Estimación objetiva.