Fundamentos y Regímenes de la Seguridad Social Española: Obligaciones y Prestaciones Clave

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Modalidades de la Seguridad Social

El sistema de Seguridad Social se estructura en dos grandes modalidades:

  1. Modalidad Contributiva

    Dirigida a los trabajadores y sus familiares cuando se han cotizado los periodos mínimos exigidos por la Seguridad Social.

  2. Modalidad No Contributiva

    Para personas que no hayan cotizado nunca o no hayan podido cotizar los periodos mínimos y carezcan de recursos económicos. Incluye prestaciones de asistencia sanitaria, invalidez y jubilación.

Nombra 5 de los tipos de trabajadores que se integran en el Régimen General

El Régimen General (RG) es el régimen común y principal del sistema. Algunos de los colectivos que se integran en él son:

  1. Personas de alta dirección.
  2. Empleados del hogar.
  3. Conductores de vehículos al servicio de particulares.
  4. Trabajadores españoles por cuenta ajena de la industria y los servicios y asimilados a los mismos que ejerzan su actividad en territorio nacional.
  5. Profesionales taurinos.

¿Qué son los Regímenes Especiales? Nómbralos

Los Regímenes Especiales son aquellos creados para actividades que, por su naturaleza, peculiares condiciones de trabajo o por el tipo de proceso productivo, requieran una regulación distinta. Su cobertura es similar a la del Régimen General, pero con ciertas peculiaridades.

Principales Regímenes Especiales:

  • Régimen Especial Agrario.
  • Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
  • Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Régimen Especial de la Minería del Carbón.
  • Régimen Especial de Estudiantes.
  • Régimen Especial de Funcionarios.

Explica el Régimen Especial de Trabajadores del Mar y el de Autónomos

Régimen Especial de Trabajadores del Mar

Incluye a:

  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Armadores de embarcaciones con más de 10 toneladas de registro bruto o con más de 5 tripulantes.
  • Trabajadores por cuenta propia que realicen las actividades legalmente previstas.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

Incluye a:

  • Personas que trabajan por cuenta propia o autónomos, sean o no titulares de empresas, mayores de 18 años, tengan o no trabajadores asalariados a su servicio.
  • El cónyuge y los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado inclusive, siempre que colaboren de forma habitual y personal y sin contrato de trabajo.
  • Consejeros o administradores de sociedades mercantiles que ejerzan funciones de dirección y gerencia, siempre que tengan el control directo o indirecto de la sociedad por ser también socios.

Obligaciones del empresario con la Seguridad Social

El empresario tiene diversas obligaciones formales y de cotización:

  1. Inscripción: Antes de iniciar su actividad, el empresario debe inscribirse en la Seguridad Social.
  2. Afiliación: Deberá afiliar a sus trabajadores cuando estos no hayan trabajado nunca.
  3. Alta: Cuando el trabajador esté afiliado, el empresario tiene que dar de alta al trabajador antes de que empiece a prestar servicios.
  4. Cotización: El empresario está obligado a cotizar por el trabajador.

¿Qué es la Asistencia Sanitaria?

Es la prestación de servicios médicos y farmacéuticos necesarios para restablecer y conservar la salud de los trabajadores y sus beneficiarios.

Características de la Prestación por Incapacidad Temporal (IT)

La Incapacidad Temporal es el subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador está imposibilitado temporalmente para trabajar.

  • La duración máxima es de 12 meses, prorrogables a 6 meses adicionales.
  • Enfermedad Común y Accidente No Laboral:
    • Del 1º al 3º día: Nada (a cargo del trabajador).
    • A partir del 4º día: 60% de la Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC).
    • A partir del 21º día: 75% de la BCCC.
  • Enfermedad Profesional y Accidente Laboral:
    • 75% de la Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP) desde el 1º día.
    • Si es accidente, no se exige periodo de cotización previo.

¿En qué consiste la Prestación por Maternidad?

La prestación por maternidad (actualmente, Nacimiento y Cuidado del Menor) implica la suspensión del contrato de trabajo por un periodo de 16 semanas, ampliable a 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo.

Consiste en el 100% de la Base Reguladora, siendo esta la Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC) del mes anterior.

Para acceder a ella, se deberá acreditar que la trabajadora estaba afiliada a la Seguridad Social 9 meses antes del parto y que haya cotizado:

  • 180 días en los 7 años anteriores, o
  • 360 días en su vida laboral.

Explica las principales características de la Pensión de Jubilación

La pensión de jubilación es una prestación económica vitalicia que se concede al trabajador al alcanzar la edad legalmente establecida.

  • La edad legal de jubilación se incrementa progresivamente desde los 65 años hasta alcanzar los 67 años en 2027 (o 65 años si se acredita un largo periodo de cotización).
  • Se exige un periodo mínimo de cotización de al menos 15 años cotizados.
  • De esos 15 años, 2 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitarla.

Requisitos para recibir una Prestación por Desempleo

Para acceder a la prestación contributiva por desempleo, se deben cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un máximo de 70% (Nota: esta referencia se aplica a la compatibilidad de la prestación con el trabajo a tiempo parcial).
  • Debe solicitarse en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo.

Cuadro de Regímenes de la Seguridad Social

Clasificación de diferentes perfiles laborales según el régimen de la Seguridad Social al que pertenecen:

Perfil LaboralRégimen de la Seguridad Social
Policía MunicipalRégimen Especial de Funcionarios
Estudiante de 25 años en formación profesionalRégimen Especial de Estudiantes
Camarero de un establecimiento de hosteleríaRégimen General
Conductor de autobús de empresa de transporte públicoRégimen General
Cónyuge del empresario que colabora con él sin recibir salarioRégimen Especial de Autónomos
Empleado de bancaRégimen General
Dueño de negocio de hostelería (trabaja todos los días)Régimen Especial de Autónomos
Trabajadores forestales de empresa privadaRégimen Especial Agrario
Asistencia doméstica (empleado del hogar)Régimen General
Limpiadora de grandes almacenesRégimen General
Trabajadores como pescadores en embarcación de 8 tripulantesRégimen Especial del Mar

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