Fundamentos de la Protección Social: Modelos, Pensiones y Ayudas Familiares
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Sistemas de Protección Social: Modelos Fundamentales
La protección social es un pilar esencial en cualquier sociedad moderna, garantizando el bienestar y la seguridad económica de sus ciudadanos. A continuación, exploramos dos de los modelos más influyentes en la configuración de los sistemas de salud y bienestar, junto con detalles sobre prestaciones clave en el ámbito español.
Modelo Beveridge: Universalidad y Financiación Pública
El modelo Beveridge se caracteriza por su enfoque universalista, donde todos los residentes tienen derecho a los servicios sanitarios, financiados principalmente a través de impuestos generales. Sus principios fundamentales incluyen:
- Solidaridad y redistribución: Posibilita el acceso universal a los servicios de salud.
- Control parlamentario: El sistema opera bajo la supervisión directa del parlamento.
- Financiación progresiva: Una parte significativa de los recursos se obtiene de las rentas de manera progresiva, siguiendo el principio de "quien más tiene, más paga".
- Complemento fiscal: El resto de la financiación se complementa con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y otros gravámenes aplicados a productos específicos como el alcohol o el tabaco.
Modelo Bismarck: Contribución y Seguridad Social
El modelo Bismarck se basa en un sistema de seguros sociales, donde la financiación proviene principalmente de las cuotas obligatorias pagadas por empresas y trabajadores. Sus características principales son:
- Fuente de financiación: Los recursos financieros se obtienen de la riqueza económica de las empresas y de los salarios, y están dirigidos hacia los empleados y sus beneficiarios.
- Papel de los impuestos generales: Los impuestos generales también desempeñan un papel importante, financiando las primas de los seguros para sectores desfavorecidos o sin cobertura.
- Asistencia básica pública: Contribuyen a la financiación de determinados tipos de asistencia básica pública, como las campañas de vacunación.
Prestaciones No Contributivas y Ayudas Familiares en España
Pensiones No Contributivas: Jubilación e Invalidez
Las pensiones de jubilación e invalidez de modalidad no contributiva están destinadas a personas que carecen de rentas o ingresos suficientes. Para determinar este requisito, es preciso comprobar si el beneficiario convive o no con otros familiares.
Unidad Económica de Convivencia (UEC)
Existe unidad económica de convivencia en todos los casos en que el beneficiario conviva con otras personas, sean o no beneficiarias, unidas con él por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.
- Primer grado: Padres, hijos.
- Segundo grado: Hermanos, cónyuge, abuelos y nietos.
Asignación Económica por Hijo o Menor a Cargo
Esta prestación se reconoce por cada hijo o menor acogido a cargo del beneficiario, siempre que sea menor de 18 años o mayor afectado por una discapacidad igual o superior al 65%.
Causantes
- Hijos o menores acogidos "a cargo", que convivan y dependan económicamente del beneficiario.
- Se consideran a cargo siempre que continúen conviviendo con el beneficiario y los ingresos por su trabajo no superen el 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento, en cómputo anual.
Beneficiarios
- Progenitores que cumplan los requisitos exigidos.
- Hijos con discapacidad mayores de 18 años que no hayan sido incapacitados judicialmente y conserven su capacidad de obrar.
- Huérfanos de ambos progenitores.
Requisitos
- Residir legalmente en territorio español.
- Tener a su cargo hijos o menores acogidos.
- No tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
- No percibir ingresos anuales superiores a los límites establecidos.
Causas de Extinción
- Fallecimiento del hijo.
- Cumplimiento de la edad de 18 años (salvo discapacidad).
- Desaparición de la discapacidad.
- Cese de la dependencia económica del hijo.
- Sobrepasar los límites de ingresos establecidos.