Fundamentos y Procedimiento del Juicio Declarativo Civil: Aspectos Clave
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Fundamentos del Juicio Declarativo
1. ¿En qué se basa el juicio declarativo?
Es el proceso mediante el cual el juez declara quién tiene la razón en un conflicto jurídico.
2. ¿Para qué sirven los procedimientos especiales?
Están diseñados para resolver problemas específicos mediante cauces procesales determinados.
3. ¿Cuáles son los procedimientos civiles declarativos?
- Verbal.
- Ordinario.
La Demanda en el Procedimiento Civil Verbal (PCV)
4. ¿Cuándo se necesita postulación en un PCV?
Depende de dos factores: si la materia lo exige por ley o si la cuantía del litigio excede los 2.000 euros.
5. Definición de demanda sucinta
Es aquella que no requiere ser fundamentada extensamente.
6. ¿Qué documentos deben aportarse con la demanda en el PCV?
Se deben presentar los documentos en los que se fundamentan los derechos de fondo y los documentos procesales (de forma).
7. ¿Cuántas copias deben aportarse con la demanda en el PCV?
Se deben aportar tantas copias como demandados existan.
8. ¿Cómo comienza la demanda en un PCV si se requiere postulación?
Se inicia identificando al procurador que actúa en nombre y representación del cliente.
9. Gestión de poderes y representación
- ¿Qué sucede si no se acredita el APUD ACTA? Se considera un defecto de forma.
- ¿Quién comprueba la ejecución de los poderes? El tramitador.
- ¿Qué debe comprobar el tramitador? Debe verificar que efectivamente se adjuntan los documentos alegados.
10. Estructura y formalidades de la demanda
- Fundamentos de derecho: Son los artículos de la ley aplicables al caso.
- Suplico: Se solicita que se condene al demandado al pago de la cuantía reclamada, más los intereses y las costas.
- Otrosí: Son peticiones adicionales a la principal.
- Firma del demandante: No se requiere si la demanda viene firmada por abogado y procurador.
- Copias firmadas: Deben estar firmadas por el demandante cuando no hay procurador y es el propio interesado quien las presenta.
Tramitación y Reparto
11. Proceso de reparto y revisión
- Número de reparto: Lo asigna el decano.
- Reparto: Lo realiza el auxilio judicial.
- Recepción: El auxilio deja las demandas en la mesa del LAJ (Letrado de la Administración de Justicia).
- Revisión del LAJ: El LAJ comprueba la competencia del juzgado y la inclusión de la documentación necesaria (como los poderes).
12. Diferencia entre poder notarial y APUD ACTA
El poder ante notario puede ser válido para cualquier pleito, mientras que el APUD ACTA tiene validez exclusiva para el pleito en el que se otorga.
13. Admisión y recursos
- Resolución del LAJ: Dicta un decreto de admisión. Si tiene dudas, lo remite al juez, quien resuelve mediante AUTO.
- Recurso: Contra el acto de inadmisión de la demanda cabe el recurso de apelación.
- Registro: La admisión implica el registro formal de la demanda.
- Carpeta: El gestor o tramitador prepara la carpeta incluyendo la demanda.
14. ¿Qué es la reconvención?
Es el acto procesal mediante el cual se emplaza al demandado para que, en un plazo de 10 días, conteste a la demanda.