Fundamentos y Principios Clave del Derecho Laboral en Argentina

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Marco Constitucional y Evolución Histórica del Derecho Laboral Argentino

La Constitución Nacional y el Artículo 14 bis

La Constitución Nacional fija el pensamiento argentino en lo concerniente al trabajo. El Artículo 14 bis establece:

“El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que aseguran al trabajador [...]”

Queda garantizado a los gremios:

  • Concretar convenios colectivos de trabajo.
  • Recurrir a la conciliación y al arbitraje.
  • El derecho a huelga.

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social y el seguro social obligatorio.

Evolución de la Secretaría de Trabajo

La creciente importancia de los problemas laborales determinó un aumento en el número de oficinas de gobierno vinculadas con tales cuestiones.

  • 1943: Se creó la Secretaría de Trabajo y Previsión.
  • 1949: La Secretaría se convirtió en Ministerio.
  • 1958: Pasó a ser el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
  • 1966: Las funciones de dicho ministerio se dividieron en Secretaría de Trabajo y Secretaría de Seguridad Social.

Principios Fundamentales del Derecho del Trabajo

Los principios del derecho laboral son normas básicas que permiten una mejor interpretación y aplicación subsidiaria del derecho del trabajo. Estos principios constituyen el ordenamiento jurídico del trabajo y se clasifican de la siguiente manera:

Principio Protector

Las normas se hacen para proteger a los trabajadores, estableciendo limitaciones a la libertad de contratación y eliminando las posibles consecuencias de la desigualdad. Este principio se caracteriza por:

  1. In dubio pro operario: Ante la duda en la interpretación de una norma, se debe decidir en favor del trabajador.
  2. Norma más favorable: Acontece cuando varias normas son aplicables a una misma situación. Se debe determinar cuál de ellas se debe aplicar en cada caso, eligiendo la que resulte más beneficiosa para el trabajador.
  3. Condición más beneficiosa: Cuando una situación anterior es más beneficiosa para el trabajador, esta se debe mantener, siempre y cuando no vulnere los intereses generales.

Principio de Irrenunciabilidad

Está relacionado con los derechos que asisten a los trabajadores en relación de dependencia. La renuncia a los beneficios legales no tiene validez.

Principio de Continuidad

Protege la conservación del empleo. En caso de dudas, se debe resolver que el contrato de trabajo ha sido celebrado por tiempo indeterminado.

Principio de Primacía de la Realidad

Se le otorga prioridad a lo que aconteció en la práctica. La realidad debe prevalecer sobre la apariencia jurídica.

Principio de Buena Fe

Es un principio genérico aplicable tanto al empleador como al trabajador, evitando el engaño, el ardid, la deslealtad y el abuso de confianza.

Principio de Justicia Social

Procura que todos los miembros puedan desplegar su existencia como seres humanos y sociales, disfrutando de bienes y servicios necesarios.

Principio de Equidad

Es sinónimo de prudencia y equilibrio, respetando el principio de dar a cada uno lo suyo.

Principio de Gratuidad en los Procedimientos Judiciales

Se procura que el trabajador no esté impedido de hacer valer sus derechos o de recurrir a la justicia por impedimentos económicos. El objetivo es facilitarle al trabajador el ejercicio de sus derechos.

Principio de Responsabilidad del Empresario

En principio, el empleador responde por las consecuencias económicas derivadas del contrato de trabajo.

Principio de No Discriminación

La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre ni de nacimiento; todos sus habitantes son iguales ante la ley.

Derechos y Facultades del Empleador

El empleador tiene los siguientes derechos y facultades:

  1. Selección del personal.
  2. Facultad de administración.
  3. Facultad de modificar las formas y modalidades de trabajo (ius variandi).
  4. El empleador está facultado para aplicar sanciones disciplinarias al personal, que incluyen:
    • Llamado de atención.
    • Suspensión.
    • Despido.

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