Fundamentos de la Persona y los Derechos Humanos en el Marco Legal Paraguayo

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Definición del Ser Humano y la Persona

Concepciones Filosóficas del Hombre

  • Aristóteles: Animal social y político por naturaleza.
  • Santo Tomás de Aquino: El ser humano se define por la razón y el principio de benevolencia.
  • Rousseau: El hombre nace bueno, la sociedad lo corrompe.
  • Marx: La historia del hombre está marcada por el conflicto social, debido al interés personal.

La Persona según el Derecho Paraguayo

  • Persona: Todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.
  • Personas de Existencia Visible: Personas físicas, es decir, un ser humano.
  • Personas de Existencia Ideal o Jurídica: Una institución o una empresa.

Propiedades Esenciales de la Persona

  • Dignidad: Actitud de respeto hacia sí mismo y hacia los demás.
  • Libertad: Capacidad del ser racional de autodeterminarse.
  • Igualdad: Todos los seres humanos tienen la misma dignidad esencial como seres racionales y libres.

Capacidad Jurídica

Capacidad de Hecho

Capacidad que tiene la persona de ejercer por sí misma sus derechos.

Ejemplos de Incapacidad de Hecho:

  • Incapacidad de Hecho Absoluta: Personas con discapacidades (ej., sordomudos).
  • Incapacidad de Hecho Relativa: Por ser menor de edad o por estar privado de libertad (en la cárcel).

Capacidad de Derecho

La persona tiene y goza de derechos desde su concepción.

Derechos Humanos

Generaciones de Derechos Humanos

  • Primera Generación: Derechos civiles o individuales. Considera a la persona dotada de libertad y autonomía, relacionada con la preservación de la dignidad humana; promueve el derecho a la vida.
  • Segunda Generación: Derechos económicos y sociales. El ser humano necesita protecciones especiales: derecho a trabajar en condiciones dignas, protección a la maternidad, seguro social.
  • Tercera Generación: Derecho de fraternidad de los pueblos. Incluye el derecho a la paz, al desarrollo, al medio ambiente y respeto al patrimonio de la humanidad.
  • Cuarta Generación: Derecho de género y acceso a la tecnología.

Características de los Derechos Humanos

  • Universales: Todas las personas tienen los mismos derechos.
  • Naturales: Son propios de la naturaleza humana.
  • Inalienables: No se renuncia ni se negocia un derecho.
  • Inviolables: No pueden ser lesionados o destruidos.
  • Obligatorios: Existe la obligación de respetarlos.
  • Indivisibles: No se suprime ninguna de sus características.

El Estado y los Derechos Humanos

Relación entre el Ser Humano y el Estado

¿Quién tiene que estar al servicio de quién? ¿El ser humano del Estado o al revés?

El Estado tiene que estar al servicio del ser humano, pues es deber del Estado facilitar al ser humano las condiciones de vida necesarias.

Violaciones de los Derechos Humanos en Paraguay

Se violan con la desigualdad en la distribución de los recursos económicos y de los beneficios sociales. Esto genera pobreza, analfabetismo y otros problemas en nuestra sociedad.

Terrorismo de Estado

Acción represiva, sistemática e ilegal ejecutada por el Estado. Generalmente se da en regímenes autoritarios y no democráticos. Ej.: Uso de torturas en la declaración.

Conceptos Jurídicos Fundamentales

Ley Natural

Ley que se debe obedecer y que resuena en nuestra conciencia, basada en ‘Obrar el bien y evitar el mal’.

Contrato Social de Rousseau

Antes que un contrato entre personas, consiste en un contrato consigo mismo, que transforma a cada individuo en ciudadano.

Igualdad

Consiste en que todos los seres humanos somos iguales ante la ley, sin discriminación de raza, religión, sexo, etc.

Garantías (Mecanismos de Protección de los Derechos Humanos)

  • Genéricas: Se refieren a la organización del poder político, la división de los poderes del Estado para proteger las libertades de las personas mediante el control recíproco de los poderes.
  • Específicas: Atienden a características particulares y libertades individuales (Ej.: Amparo, Hábeas Corpus, etc.).

Inconstitucionalidad

Se puede aplicar cuando las normas jurídicas o resoluciones judiciales se contraponen con la Constitución Nacional (C.N.). Ej.: Cuando se niega un derecho, o se excede el pago mensual por prestación alimenticia.

Hábeas Corpus

(Puede ser interpuesto por un defensor en nombre del acusado) Cuando se detiene a alguien por homonimia o por confusión en un litigio.

Hábeas Data

(Toda persona podrá acceder a información y datos sobre sí misma). Ej.: Pedir datos a InforCon.

Amparo

(Protección en situaciones graves o de lesión por omisión de una autoridad o un particular). Ej.: Cuando se niega un derecho como transeúnte, o una discoteca que molesta.

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