Fundamentos del Ordenamiento Jurídico Español: Jerarquía Normativa y Principio de Legalidad

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Jerarquía Normativa

La jerarquía normativa es la ordenación de las disposiciones jurídicas según su importancia, siendo la Constitución la norma suprema del ordenamiento jurídico español.

El Artículo 9.3 de la Constitución Española (CE) establece la garantía jurídica del Estado español. El Tribunal Constitucional es el encargado en nuestro ordenamiento de revisar que se cumpla el principio de jerarquía normativa.

El Artículo 9.1 de la CE subraya que los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

El control para que se mantenga esta jerarquía lo realiza el Tribunal Constitucional, que no forma parte del Poder Judicial, sino que es una institución independiente. Las funciones de este tribunal se ocupan del recurso de inconstitucionalidad (cuando una disposición jurídica es contraria a la Constitución y debe decidir si es así o no), y del recurso de amparo para resolver infracciones de los derechos fundamentales.

Artículo 1.2 del Código Civil (CC): Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.

El Artículo 7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a los jueces y tribunales aplicar disposiciones jurídicas de rango inferior a la ley que la contradigan.

Si un reglamento contradice a una ley, puede ser declarada su nulidad.

Clases de Normativa del Derecho Comunitario

Dentro del Derecho de la Unión Europea, existen diferentes tipos de normativa:

  • Directiva: Recoge una serie de principios obligatorios para todos los Estados miembros y que requieren un desarrollo posterior en las leyes internas de cada Estado. La idea que pretende es unificar los derechos en todos los países de la UE.
  • Reglamento: Se aplica directamente a todos los Estados miembros y no requiere de adaptación a las legislaciones nacionales.
  • Decisiones: Son obligatorias en todos sus elementos para todos sus destinatarios.
  • Recomendaciones: No son vinculantes y tienen un carácter orientativo.

Principio de Legalidad

Este principio implica que tanto los ciudadanos como los Poderes Públicos e instituciones del Estado están sometidos a la ley. Se prohíben las actuaciones arbitrarias de los poderes públicos y, cuando estas se producen, el Poder Judicial controla a las autoridades.

Artículo 9.1 de la CE: Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Artículo 9.3 de la CE: La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

En el siglo XVIII, en el ámbito del Derecho Penal, para mayor garantía de los ciudadanos, se estableció:

  • Que no se podía juzgar un crimen si previamente no existía una ley penal que lo tipificara.
  • Las conductas antisociales tienen que estar definidas, y también las sanciones correspondientes, para ser conocidas por los ciudadanos y ser impuestas por los jueces.

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