Fundamentos de las Obligaciones y Derechos en el Derecho Romano

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Introducción a los Derechos Reales y Personales

Derecho Real: Es un derecho oponible a cualquier tercero, que permite a su titular el goce y disfrute de una cosa.

Derecho Personal: Permite a su titular reclamar de determinada persona la prestación de un hecho, que puede consistir en dar, hacer o no hacer.

Concepto de Obligatio

La obligatio es el vínculo jurídico entre dos o más personas, de las cuales una o más están facultadas para exigir de otra u otras una determinada conducta.

Tipos de Prestación

  • Dare: Transmitir el dominio de algo.
  • Facere: Realizar un acto con efectos inmediatos.
  • Praestare: Realizar un acto sin consecuencias inmediatas (garantías).
  • Non Facere: No hacer, abstenerse de hacer.
  • Pati: Tolerar (ejemplo: servidumbre).

Clasificación de las Obligaciones

  • Obligaciones Unilaterales: Los deberes corren a cargo de una sola de las partes.
  • Obligaciones Bilaterales o Sinalagmáticas: Ambas partes tienen deberes para con la otra parte.
  • Stricti Juris: El sujeto pasivo está obligado únicamente a lo estrictamente pactado.
  • Bonae Fidei: El deber del sujeto pasivo debe interpretarse a la luz de las circunstancias especiales del caso.
  • Obligaciones Civiles: Proporciona al acreedor la posibilidad de acción o demanda.
  • Obligaciones Naturales: No crea un derecho procesalmente eficaz; si el deudor no cumple, el acreedor no encontrará acción alguna para forzar a entregar el pago.
  • Obligaciones Divisibles: Las obligaciones de dare (deudas de dinero).

Fuentes de las Obligaciones

  • El Contrato: Es el acuerdo de voluntades entre dos o más personas para crear o transferir derechos y obligaciones.
  • El Cuasicontrato: Por él se crean derechos y obligaciones sin que exista un previo acuerdo de voluntades (consentimiento).
  • El Delito: Es un hecho humano contrario al derecho y castigado por la ley.
  • El Cuasidelito: Es un acto ilícito, pero que en el derecho romano no se clasificaba como delito.
  • La Ley: Es una fuente muy común de obligaciones, directa e indirectamente.
  • La Pollicitatio y el Votum: Era una promesa o declaración unilateral de voluntad, creadora de obligaciones, hecha al Estado (pollicitatio) o a un templo (votum).
  • La Sentencia: Los jueces, mediante sus resoluciones, creaban o extinguían obligaciones.
  • Los Pactos: Es el acuerdo de voluntades entre dos o más personas para modificar o extinguir derechos y obligaciones creados en un contrato.

Capacidad Jurídica de los Sujetos

  • Los Infantes: Sui iuris menores de 7 años, sujetos a tutela.
  • Los Impúberes: Varones entre 7 y 14 años, y mujeres entre 7 y 12 años. Podían intervenir en los contratos con autorización del tutor.
  • Los Menores de 25 años: También podían intervenir en los contratos con autorización del tutor.
  • Las Mujeres Sui Iuris: Tenían limitada su capacidad para contratar; requerían el consentimiento del tutor.
  • El Extranjero: En un principio era incapaz para contratar. Después, con el desarrollo económico de Roma, fueron equiparándose con los romanos.
  • Los "Mente Capti" y los "Furiosi" Sui Iuris: Normalmente colocados bajo curatela. Eran capaces en momentos de lucidez.
  • Los Esclavos: Podían contratar a nombre de sus dueños, mas estos solo podían ganar, nunca perder.

Correalidad en las Obligaciones

  • La Correalidad Activa: Servía a motivos de comodidad (coacreedor).
  • La Correalidad Pasiva: Servía a fines de garantía (deudor solidario).

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