Fundamentos de Normativa de Seguridad Industrial y REACH: Preguntas Clave
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Cuestionario de Normativa y Reglamentación de Sustancias Químicas
Sección 1: Normativa de Seguridad Industrial
Impacto de Proyectiles y Explosiones: Fenómenos Peligrosos
Pregunta: El impacto de un proyectil o la explosión de un depósito de propano, ¿es un fenómeno peligroso?
Respuesta: Sí, es un fenómeno peligroso de tipo mecánico. (Art. 2.2 Directriz Básica)
Plataformas Petrolíferas en Alta Mar y RD 1254/1999
Pregunta: ¿Están las plataformas petrolíferas en alta mar afectadas por el Real Decreto 1254/1999?
Respuesta: Falso. (Art. 4 Real Decreto)
Comunicación de Accidentes Graves a Autoridades
Pregunta: En caso de accidente grave, ¿cuándo debe el industrial informar a las autoridades?
Respuesta: Cuando se haya producido el accidente. (Art. 14.1a Real Decreto)
Uso de Índices AEGL, ERPG y TEEL
Pregunta: ¿Cómo se utilizarán los índices AEGL, ERPG y TEEL?
Respuesta: El AEGL en primer lugar. (Art. 2.3.1.3 Directriz Básica)
Información para la Elaboración del PEE
Pregunta: ¿Cómo debe ser aportada la información básica para la elaboración del Plan de Emergencia Exterior (PEE)?
Respuesta: Cada entidad aportará una parte. (Anexo I Directriz Básica)
Comunicación a la Comisión Europea por Accidente Grave
Pregunta: Si 20 personas se quedan sin electricidad durante 5 días como consecuencia de un accidente grave, ¿debe comunicarse a la Comisión Europea?
Respuesta: Sí. (Anexo VI.I Real Decreto)
Informe de Seguridad para Depósito de Óxido de Etileno
Pregunta: Un industrial con un depósito de 100 toneladas de óxido de etileno lleno al 45% por especificaciones de seguridad internas, ¿tiene que aportar un informe de seguridad a las autoridades?
Respuesta: Sí. (Anexo I Real Decreto)
Disponibilidad Pública del Informe de Seguridad
Pregunta: ¿Estará el informe de seguridad de una empresa a disposición del público?
Respuesta: Siempre. (Art. 13.3 RD 1254/1999)
Efectos en la Población en la Zona de Intervención
Pregunta: ¿Qué puede ocurrir en la zona de intervención?
Respuesta: La población puede sufrir daños. (2.3.3. Directriz Básica)
Aspectos No Considerados en el Análisis Cuantitativo de Riesgo
Pregunta: ¿Qué no tiene en cuenta el análisis cuantitativo de riesgo?
Respuesta: No tiene en cuenta la sustancia peligrosa evaluada, sino los riesgos asociados. (Art. 4.4.4 Directriz Básica)
Sección 2: Cuestionario REACH (Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas)
Obligaciones para Sustancias Comercializadas en Bajo Volumen
Pregunta: ¿Existe alguna obligación para las sustancias comercializadas en un volumen inferior a 1 tonelada/año?
Respuesta: Sí, se aplicarán los títulos relativos a la información en la cadena de suministro, autorización, restricciones, y clasificación y etiquetado.
Actualización de la Solicitud de Registro REACH
Pregunta: ¿Cuándo se debe actualizar la solicitud de registro?
Respuesta: Cuando se produzcan cambios en la composición de la sustancia o cuando surjan nuevos conocimientos sobre los riesgos de la sustancia para la salud humana y/o el medio ambiente que generen cambios en la Ficha de Datos de Seguridad (FDS) o en el Informe de Seguridad Química (ISQ).
Afirmaciones Correctas sobre la Ficha de Datos de Seguridad (FDS)
Pregunta: Con respecto a la FDS, ¿cuál o cuáles de las siguientes afirmaciones son correctas?
Respuesta:
- Debe incluir las propiedades fisicoquímicas de la sustancia, así como información toxicológica y ecológica.
- Irá fechada.
- Es la herramienta básica para la transmisión de información a lo largo de la cadena de suministro.
Significado de la Frase de Riesgo R14 (RD 363/1995)
Pregunta: ¿Qué significado tiene la frase de riesgo R14 contemplada en el Real Decreto 363/1995?
Respuesta: Reacciona violentamente con el agua.
Significado de la Frase de Seguridad S39 (RD 363/1995)
Pregunta: ¿Cuál es el significado de la frase de seguridad S39 según el Real Decreto 363/1995?
Respuesta: Úsese protección para los ojos/cara.
Prerregistro REACH: Conjunto o Independiente
Pregunta: ¿El prerregistro puede ser conjunto con otros prerregistrantes o debe ser independiente?
Respuesta: El prerregistro debe ser independiente para cada entidad jurídica. Es en el registro cuando se puede presentar parte de la información de forma conjunta con otros registrantes de la misma sustancia.
Registro de Sustancias Fabricadas en la UE para Exportación
Pregunta: ¿Se debe registrar una sustancia que se fabrica en la UE para su comercialización fuera de la UE?
Respuesta: Sí, dado que el Reglamento REACH se aplica a la fabricación, comercialización y uso en la UE de sustancias, siempre que su volumen de fabricación o importación sea igual o superior a 1 tonelada/año y no esté exenta de registro.
Información Obligatoria a Compartir en un FIIS
Pregunta: ¿Qué información es obligatorio compartir entre los miembros de un Foro de Intercambio de Información sobre Sustancias (FIIS)?
Respuesta: La información sobre ensayos con animales vertebrados.
Alcance de los Escenarios de Exposición REACH
Pregunta: ¿Qué abarcan los escenarios de exposición?
Respuesta: Deben abarcar todos los usos identificados para la sustancia. Incluyen las medidas de gestión de riesgos, así como las medidas de gestión de residuos.
Casos de Presentación de Ficha de Datos de Seguridad (FDS)
Pregunta: ¿En qué casos se debe presentar una FDS?
Respuesta: Cuando se trate de una sustancia PBT (persistente, bioacumulable y tóxica) o mPmB (muy persistente y muy bioacumulable).