Fundamentos de las Leyes Científicas: Regularidades Nómicas y Modelos de Explicación
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Leyes y Explicación Científica
Las leyes científicas son aseveraciones (unidades mínimas) del discurso científico que no son enunciados sobre estados de cosas particulares, como lo son los informes observacionales. Las leyes expresan que cierto estado de cosas se da. Por lo tanto, las leyes son aseveraciones generales y expresan regularidades.
Tipos de Regularidades: La Modalidad de la Necesidad
Las leyes son un tipo específico de regularidades: las regularidades nómicas. Existen distintos tipos de generalizaciones según la necesidad que afirman de aquello que es verdadero, es decir, según su modalidad (si la regularidad es necesaria o contingente).
La necesidad implicada se relaciona con el contexto (lenguaje, leyes naturales). Distinguimos tres tipos principales:
- Necesidad Conceptual: Algo verdadero es conceptualmente necesario si y solo si su negación es inconsistente con nuestros conceptos. No es posible concebir su negación sin contradicción, siempre que no se permita cambiar el significado de los términos.
- Necesidad Nómica: Algo verdadero es nómicamente necesario si y solo si su negación contradice las leyes naturales. No es posible concebir su negación sin contradicción, siempre que no se permita cambiar las leyes naturales que de hecho gobiernan. Las leyes presuponen, o establecen, cierto tipo de necesidad en la naturaleza.
- Regularidades Accidentales: Hacen referencia a regularidades que son verdaderas pero contingentes. Se dan, pero podrían no ocurrir. Son distintas de las regularidades nómicas, especialmente si el mundo no es determinista (en caso contrario, no habría propiamente regularidades accidentales).
Características de las Regularidades Nómicas
Las leyes científicas son, o expresan, regularidades nómicas (distintas de las conceptuales y las accidentales). Es importante notar que la necesidad nómica está cerrada bajo implicación lógica. Sin embargo, algunos filósofos argumentan que la legalidad requiere requisitos adicionales para que una generalización sea considerada una ley (ejemplo: Todos los A es B es N-necesaria; Todos los A^C son B es N-necesario).
Diferencias entre Leyes y Regularidades Accidentales
Las principales diferencias son:
- Las leyes se consideran confirmadas por sus instancias; las regularidades accidentales no.
- Las leyes permiten predecir sobre nuevos casos y son explicativas; las regularidades accidentales no.
- Las leyes son, en último término, causales.
- Las leyes apoyan condicionales contrafácticos (ejemplo: si A fuera verdadero, entonces B). Esto implica la semántica de mundos posibles, donde el antecedente falso en el mundo actual no hace que el condicional sea trivialmente verdadero. De esta capacidad deriva su poder predictivo y explicativo.
- Las leyes tienen carácter intensional: en el enunciado “todo A es B” (si es una ley), no siempre pueden sustituirse los términos por otros coextensionales preservando la verdad.
Definición de Ley Científica (Perspectiva Humeana)
Desde una perspectiva inspirada en Hume, donde se toma como únicamente dada la existencia de los hechos del mundo (el mosaico de Hume), la ley científica se define de la siguiente manera:
Las leyes son enunciados que forman parte de los sistemas deductivos verdaderos que mejor combinan fuerza y simplicidad. Las leyes son las generalizaciones verdaderas que pertenecen a los “mejores sistemas”.
Formalmente, “Todos los Fs son Gs” es una ley si F y G son universales y existe una relación de necesidad no-lógica entre F y G: N(F,G).
El Concepto de Explicación Científica
El término explicar puede tener varios significados (describir eventos, clarificar conceptos). Sin embargo, el sentido científicamente relevante es contestar preguntas por qué: dar razones por las que algo ocurre.
Ejemplos: La trayectoria de los planetas es explicada por la atracción gravitatoria. La Relatividad General (GR) explica mejor la trayectoria de Mercurio que la mecánica newtoniana.
Terminología Clave de la Explicación
- Explanandum: Aquello que necesita ser explicado (el fenómeno o evento).
- Explanans: Aquello que proporciona la explicación (las leyes, teorías o condiciones iniciales).
- Relación Explicativa: La relación entre el explanans y el explanandum en virtud de la cual el primero explica el segundo.