Fundamentos Legales del Contrato de Trabajo: Requisitos, Partes y Periodo de Prueba
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Definición y Naturaleza del Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo es un acuerdo entre dos personas, por el que una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar determinados servicios bajo la dirección de la otra, el empresario, recibiendo a cambio una retribución (salario).
Elementos Esenciales del Contrato
Para que un contrato de trabajo sea válido, debe cumplir con los siguientes elementos esenciales:
- El Consentimiento: Debe ser de mutuo acuerdo entre las partes, de modo que ninguna de ellas haya sido obligada a realizar el contrato o haya sido llevada a engaño.
- El Objeto: Debe ser posible y lícito (no contrario a las leyes). Se refiere a las prestaciones de cada una de las partes (el servicio a prestar y la retribución a recibir).
- La Causa: Obedece a una contraprestación de prestar un servicio determinado por una retribución (salario). Es decir, el intercambio de trabajo por dinero.
Capacidad Legal para Contratar
El Empresario
El empresario puede ser una persona física o jurídica (como una Sociedad Anónima) que recibe los servicios de las personas con las que celebra un contrato de trabajo. Pueden contratar:
- Los mayores de edad (18 años).
- Los mayores de 16 años legalmente emancipados.
- Aquellos mayores de 16 años que cuenten con el permiso de su madre, padre o tutor.
El Trabajador
Para poder celebrar un contrato de trabajo, el trabajador debe cumplir con los siguientes requisitos de edad:
- Ser mayor de 18 años o menor de 18 legalmente emancipado.
- Los mayores de 16 y menores de 18 podrán celebrar un contrato con autorización de los padres o tutores.
- Excepcionalmente, se permite a los menores de 16 años que trabajen en espectáculos públicos, para casos concretos y determinados, siempre que cuenten con una autorización expresa por escrito de la Autoridad Laboral y siempre que no perjudique su salud o su formación profesional.
Requisito de Nacionalidad
Podrán celebrar un contrato dentro del territorio español:
- Ciudadanos de la Unión Europea: Sin necesidad de obtener un permiso de trabajo específico.
- Ciudadanos Extracomunitarios: Deberán obtener un permiso de trabajo. Además, los empresarios que deseen contratarlos deberán obtener un permiso para contratar trabajadores extracomunitarios.
El Periodo de Prueba
Concepto y Efectos
Es el periodo en el que la empresa constata la aptitud del trabajador y/o las partes convienen si les interesa mantener la relación laboral. Durante este periodo, cualquiera de los dos (trabajador y empresario) puede dar por terminada la relación laboral sin necesidad de preaviso ni derecho a indemnización.
Características y Duración Máxima
- Forma: El periodo de prueba debe constar siempre por escrito en el contrato.
- Duración máxima: Su duración máxima será la fijada en el convenio colectivo aplicable. Si no se estableciera dicha duración, habrá que remitirse al Estatuto de los Trabajadores (ET).
Duración Máxima según el Estatuto de los Trabajadores (ET)
- Técnicos titulados (titulación universitaria): Tope máximo de 6 meses.
- Resto de los trabajadores:
- 3 meses tope en empresas de menos de 25 trabajadores.
- 2 meses tope en empresas con 25 o más trabajadores.
- Contrato en prácticas: 1 mes.
- Contrato de apoyo a emprendedores: 1 año.
Información y Contenido Mínimo del Contrato
Si el contrato no constara por escrito, el empresario debe informar al trabajador por escrito, en el plazo de dos meses a contar desde el comienzo de la relación laboral, sobre los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de trabajo.
Contenido Mínimo Obligatorio
El contenido mínimo que debe aparecer en el contrato (o en el documento informativo, si es verbal) es el siguiente:
- La identidad de las personas que firman el contrato de trabajo.
- La fecha de comienzo de la relación, y si es una relación temporal, la fecha previsible para su finalización.
- Domicilio social de la empresa, empresario o centro de trabajo.
- La categoría profesional del trabajador.
- La cuantía del salario base y sus complementos, así como la periodicidad de su pago.
- La duración y la distribución de su jornada ordinaria de trabajo.
- La duración de las vacaciones, y en su caso, cómo se distribuyen.
- Plazos de preaviso que deben respetar ambas partes para el supuesto de extinción del contrato de trabajo.
- El convenio colectivo aplicable a la relación laboral.
Duración del Contrato
La duración del contrato podrá ser por tiempo indefinido o de manera temporal, cuando se realiza por una causa y duración determinada legalmente.