Fundamentos Legales del Contrato de Trabajo: Requisitos, Cláusulas y Modalidades
Enviado por beii y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 5,55 KB
El Contrato de Trabajo: Definición y Validez
El contrato de trabajo es un acuerdo entre dos partes, el empresario y el trabajador, en el que el trabajador está obligado a prestar un servicio por cuenta y bajo la dirección y organización del empresario, a cambio de una retribución.
Validez de un Contrato
Para que un contrato sea válido, debe cumplir con los siguientes requisitos esenciales:
- Consentimiento
- Objeto
- Causa
Sujetos y Contenido Mínimo
Quién Puede Ser Contratado
Pueden ser contratados:
- Mayores de 18 años no incapacitados.
- Mayores de 16 y menores de 18 años legalmente emancipados, con autorización de los padres o tutores, siempre que no sea para realizar actividades peligrosas para su salud o trabajos nocturnos.
- Los extranjeros, de acuerdo con la legislación que les sea aplicable.
Contenido Mínimo de un Contrato
El contrato de trabajo debe incluir, como mínimo, la siguiente información:
- Modalidad de contrato.
- Datos de la empresa y centro de trabajo.
- Datos del trabajador.
- Puesto de trabajo y condiciones laborales.
- Legislación aplicable.
- Cláusulas específicas.
- Fecha y firma del contrato de trabajo.
El Periodo de Prueba
El periodo de prueba debe constar siempre por escrito y otorga los mismos derechos y obligaciones que al resto de los trabajadores.
Condiciones y Duración
- No es posible establecer un periodo de prueba para personas que ya hayan trabajado en el mismo puesto en la empresa.
- El contrato se puede resolver por ambas partes sin necesidad de alegar causa alguna.
- Duración máxima:
- 6 meses para técnicos titulados.
- 2 o 3 meses para el resto de los trabajadores (según convenio o tamaño de la empresa).
- Contrato en prácticas: 1 mes para Grado Medio y 2 meses para Grado Superior.
- La baja por enfermedad interrumpe el cómputo del periodo de prueba.
Jornada y Cláusulas Contractuales
Tipos de Jornada
- Jornada Completa: La jornada ordinaria establecida legalmente o por convenio.
- Jornada a Tiempo Parcial: Implica una reducción de horas semanales o trabajar en periodos de tiempo concretos.
Cláusulas Contractuales Específicas
El contrato puede incluir pactos específicos que regulan la relación laboral:
- Pacto de No Competencia Postcontractual
- Restringe al trabajador de competir con la empresa tras la finalización del contrato. Duración máxima: 2 años para titulados y 6 meses para el resto.
- Pacto de Plena Dedicación
- Exige al trabajador dedicación exclusiva a la empresa.
- Pacto de Permanencia
- Obliga al trabajador a permanecer en la empresa por un tiempo determinado si ha recibido formación especializada con coste para la empresa. Duración máxima: 2 años.
- Pacto de Confidencialidad
- Obliga a mantener en secreto la información sensible de la empresa.
- Pacto de No Concurrencia
- Busca evitar la competencia desleal durante la vigencia del contrato.
La Forma del Contrato: Verbal vs. Escrita
Contrato Verbal
El contrato verbal solo es válido en los siguientes casos:
- Contratos por tiempo indefinido y jornada completa.
- Contratos eventuales por circunstancias de la producción que no superen las 4 semanas de duración.
En cualquier momento, la empresa o el trabajador pueden exigir que el contrato se formalice por escrito. El empresario debe comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que se ha suscrito dicho contrato.
Contrato en Forma Escrita Obligatoria
La forma escrita es obligatoria para el resto de contratos, y especialmente para aquellos en los que se incluyan pactos como:
- El periodo de prueba.
- La permanencia en la empresa.
- La realización de horas complementarias.
Incumplimiento y Contratos Indefinidos Automáticos
Consecuencias del Incumplimiento de la Forma Escrita
El incumplimiento de la forma escrita no invalida el contrato de trabajo, pero sí implica:
- El contrato se presume indefinido y con jornada completa.
- Los pactos como el periodo de prueba, la permanencia en la empresa o la realización de horas complementarias son nulos si no constan por escrito.
- Puede conllevar la pérdida de subvenciones o bonificaciones a la Seguridad Social (S.S.).
Contratos que se Convierten Automáticamente en Indefinidos
Son automáticamente contratos indefinidos:
- Trabajadores no dados de alta en la Seguridad Social.
- Contratos temporales celebrados en fraude de ley.
- Contratos temporales no formalizados por escrito (salvo las excepciones de contrato verbal).
Modalidades y Precontrato
Modalidades de Contrato Temporal
Modalidades bajo las que se pueden realizar contratos de puesta a disposición (ETT) o contratos directos:
- Contrato de interinidad o sustitución.
- Contrato de obra o servicio determinado.
- Contrato eventual por circunstancias de la producción.
El Precontrato
El precontrato está regulado por el Código Civil y debe cumplir con las siguientes características:
- Debe formalizarse por escrito.
- Debe incluir los datos esenciales del futuro contrato de trabajo"