Fundamentos Jurídicos de los Derechos y Garantías Individuales en la Constitución

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Naturaleza Jurídica de los Derechos Fundamentales

Según Luis Buzdresh, las garantías son realmente una creación de la Constitución.

Clasificación de la Naturaleza Jurídica

Derecho Subjetivo

Se trata de una facultad derivada de una norma.

Derecho Público

Porque se ejerce frente a sujetos pasivos públicos: el Estado y sus autoridades.

Limitaciones y Protección de las Garantías Individuales

Artículo 1° Constitucional

Las garantías no son derechos públicos absolutos, pues su uso, restricción y suspensión se ajustan a los casos y a las condiciones que establece dicha Constitución, dentro de los límites que ella misma señala.

Artículo 29 Constitucional

Establece los supuestos de restricción o suspensión de garantías individuales.

Artículos 103 y 107 Constitucionales

Medidas protectoras de las garantías: el Juicio de Amparo.

Principios Constitucionales Rectores de las Garantías

Principio de Supremacía Constitucional (Art. 133 Const.)

Fundamenta el principio de supremacía constitucional.

Rigidez Constitucional (Art. 135 Const.)

La Constitución mexicana es suprema y rígida.

Características de las Garantías Individuales

Unilateralidad

Su observancia está a cargo del Estado, que es el sujeto pasivo de ellas. Los particulares son sujetos activos de las garantías, pues a ellos les corresponde hacerlas respetar cuando un acto de autoridad las vulnere.

Irrenunciabilidad

Radica en que nadie puede renunciar a las garantías individuales. Todo particular cuenta con ellas por el solo hecho de hallarse en territorio nacional.

Supremacía

Se fundamenta en que se hallan establecidas en la Constitución Federal (Art. 133 Const.).

Inalienables

No pueden ser objeto de enajenación (no pueden ser dadas, ofrecidas o vendidas).

Imprescriptibilidad

Su vigencia no está sujeta al paso del tiempo.

Extensión de las Garantías Individuales

La extensión no se restringe solo a los primeros 29 artículos, sino que es extensiva, de modo que dichas prerrogativas pueden hacerse extensivas a aquellas normas que las expliquen, amplíen o reglamenten.

  • Artículo 5°: Libertad del trabajo.
  • Artículo 123: Complemento y extensión.

Diferencias Conceptuales

Derechos Humanos

Características: innatos e inherentes, universales, imprescriptibles, progresivos, inviolables.

Derechos Fundamentales

Son aquellos escritos y plasmados mediante la legislación del Estado.

Garantías Individuales

Son órganos o instrumentos jurídicos de protección. Tradicionalmente, se ubicaban en los primeros 29 artículos de la Constitución.

Antecedentes Históricos de los Derechos y Garantías

Los Diez Mandamientos

Son las reglas que Dios ha puesto a los hombres para poder entrar al cielo. Son de carácter moral y religioso.

Leyes de Solón

Esencialmente democráticas, ya que le dan participación a todos los ciudadanos en el gobierno. Prohibieron la esclavitud bajo cualquier costo.

Ley de Hammurabi

Es el primer conjunto de leyes de la historia. En él se enumeraron las leyes recibidas de dios marcial para fomentar el bienestar de las personas, fijando diversas reglas de la vida cotidiana.

Código de Manú

Explica la manera del comportamiento y las reglas bajo las cuales la mujer tiene que vivir. Establece lo bueno y lo malo, lo que está permitido hacer y no hacer.

Ley de las XII Tablas

Impulso privado de la acción civil. Presenta aprobación a la norma.

Edicto de Milán

Establece el principio de libertad de religión, permitiendo la práctica religiosa.

Fuero de León

Conjunto legal unitario, ya que es una recopilación de leyes territoriales. Posee una organización política y social.

Fueros de Cuenca

Fue dirigido hacia los cristianos. Compuesto por leyes de carácter civil, mercantil y procesal.

Leyes de Indias

Se considera más adelantada a su época.

Carta Magna (1215)

Principio constitucional. Establece un sistema de pesos y medidas.

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789)

Protección legal contra el poder del Estado. Garantiza el cumplimiento de los derechos por parte de la fuerza pública.

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