Fundamentos de la Interpretación Jurídica y Métodos en el Estado Legislativo

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Fundamentos de la Interpretación Jurídica

1.1 ¿Qué es la interpretación?

La interpretación consiste en atribuir significado a un texto, hecho o conducta. Es considerada la actividad central del Derecho, bajo la premisa de que "no existe Derecho sin interpretación". Esta labor se realiza principalmente con fines aplicativos, orientados a la resolución de casos concretos.

Ronald Dworkin sostiene al respecto: "Si comprendemos mejor la naturaleza de nuestro argumento legal, conocemos mejor qué clase de persona somos".

1.2 ¿Qué es la interpretación jurídica?

Se define como el acto de atribuir o construir significado a textos con relevancia jurídica, tales como reglas, principios, actos, hechos sociales y decisiones. Su punto de partida fundamental es la ambigüedad y la vaguedad inherentes al lenguaje jurídico.

Este proceso es central para:

  • La aplicación del Derecho en casos concretos.
  • La justificación de las decisiones jurídicas.
  • La actividad jurisdiccional, especialmente cuando el juez "construye" normatividad.

1.3 Guastini: Ambigüedad del concepto de interpretación

Riccardo Guastini (2014) identifica cuatro tipos binarios de ambigüedad en el término:

  1. Actividad vs. Resultado: Se refiere tanto al proceso mental de análisis como al significado final atribuido.
  2. En abstracto vs. En concreto: La interpretación del sentido de un texto general frente a su aplicación en una relación o caso específico.
  3. Acto de conocimiento vs. Acto de decisión: El uso de métodos y técnicas frente a la elección deliberada de un significado.
  4. Atribución vs. Construcción de significado: La decisión sobre un sentido existente frente a la creación de uno nuevo ante textos vagos, ambiguos o con lagunas.

1.4 Tres dimensiones del término "interpretación"

  1. Actos humanos: Enfocados en la finalidad, tipicidad, principios y valores.
  2. Hechos sociales: Se interpretan mediante conjeturas e inferencias.
  3. Textos: Se dota de significado a través de la percepción, la coherencia y la autoridad.

Datos clave:

  • Hechos naturales: Se explican, no se interpretan.
  • Hechos sociales: Se aprecian, valoran y, fundamentalmente, se justifican o argumentan.

1.5 Conexión entre interpretación y argumentación

Toda interpretación jurídica debe ser debidamente argumentada para respaldar las decisiones en casos concretos. En el marco del Estado Constitucional, estas se justifican en función de:

  • Reglas y principios.
  • Derechos fundamentales.
  • Valores constitucionales.

En conclusión: no hay decisión jurídica sin argumentación y no hay derecho sin interpretación.

Métodos de interpretación en el Estado Legislativo

2.1 Contexto: El Estado Legislativo

En este modelo, la ley se erige como la única fuente formal del derecho. Existe una relación rígida entre el legislador y el juez-aplicador, donde el juez actúa como la "boca de la ley" (Montesquieu). La interpretación se centra exclusivamente en la norma positiva bajo un esquema lógico-deductivo.

Bajo este paradigma:

  • Predomina la búsqueda de la certeza jurídica.
  • La interpretación se limita al texto, sin incorporar principios o valores externos.

2.2 Métodos clásicos de interpretación

1. Método Lógico

Se basa en la lógica formal a través del silogismo jurídico:

  • Premisa mayor: La norma jurídica.
  • Premisa menor: El hecho concreto.
  • Conclusión: La decisión o aplicación resultante.

Crítica: Presupone erróneamente que la norma siempre posee un significado claro y cerrado.

2. Método Sistemático

Relaciona las normas entre sí dentro del sistema jurídico, fundamentándose en la unidad y coherencia interna del ordenamiento. Es fundamental para resolver contradicciones mediante criterios como lex superior, lex posterior y lex specialis.

3. Método Teleológico u Objetivo

Busca identificar el fin u objetivo de la norma, permitiendo una interpretación que trasciende el texto literal. Se plantea la pregunta: ¿Para qué fue creada esta norma?, utilizando elementos funcionales y sociales.

4. Método Dogmático

Se apoya en la doctrina y en conceptos jurídicos preconstruidos (como la culpabilidad o el dolo). Se basa en abstracciones doctrinales previas y está fuertemente asociado al Derecho Penal clásico.

5. Método Histórico

Representado por Friedrich Carl von Savigny, entiende el Derecho como una expresión del "espíritu del pueblo" (Volksgeist). Estudia el contexto histórico, político y social de la ley para interpretarla según la evolución de su sentido original.

2.3 Positivismo Kelseniano y sus consecuencias

Hans Kelsen, en su obra Teoría Pura del Derecho, establece que:

  • El Derecho es un sistema normativo jerárquico y coactivo.
  • Debe existir una separación radical entre Derecho, Moral y Política.
  • No existe una interpretación unívoca; toda norma permite diversas interpretaciones.
  • Se introduce la noción de norma fundamental (Grundnorm).

Impacto en el Estado Legislativo:

  • Consolidación de la aplicación lógica mediante la pirámide normativa.
  • El control constitucional surge como garantía estructural de validez.
  • La jerarquía no anula la interpretación: la norma se "actualiza" al ser aplicada al caso concreto.

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