Fundamentos de los Hechos Jurídicos: Clasificación, Voluntad y Vicios
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El Hecho en el Lenguaje Común
La palabra hecho es sinónimo de suceso o acontecimiento.
Ejemplos:
- Un hecho de violencia (una pelea).
- Un hecho auspicioso (recibir una buena noticia).
Concepto de Hecho Jurídico
Los hechos jurídicos son aquellos acontecimientos que producen consecuencias jurídicas.
Se definen como todos los sucesos capaces de producir la adquisición, modificación o extinción de derechos u obligaciones. Por ejemplo: si alguien hereda una casa, adquiere el derecho de propiedad sobre ella. En este caso, el hecho jurídico determinante ha sido la muerte del anterior propietario.
El Hecho Voluntario e Involuntario
Un hecho voluntario es aquel que se realiza con los tres elementos internos de la voluntad:
- Discernimiento
- Intención
- Libertad
Si falta cualquiera de estos elementos, el hecho se considera involuntario.
Clasificación de los Hechos Voluntarios
Los hechos voluntarios se dividen en lícitos e ilícitos:
1. Hechos Lícitos
Son aquellos que no están prohibidos por la ley.
2. Hechos Ilícitos
Son aquellos que se encuentran prohibidos por la ley y que, además, causan un daño a los derechos de terceros. Estos pueden ser:
- Delitos: Son los actos realizados con la intención de dañar a la persona o los derechos de otros. Esta intención de dañar a otros se denomina Dolo.
- Cuasidelitos: Son actos realizados sin intención deliberada de dañar, pero que causan perjuicio por culpa o negligencia.
Esquema General de los Hechos Jurídicos
Los hechos jurídicos pueden clasificarse según su origen:
- Hechos Naturales (o externos).
-
Hechos Humanos (producidos por el hombre):
- Involuntarios
-
Voluntarios:
-
Lícitos:
- Actos simples
- Actos jurídicos
-
Ilícitos:
- Delitos
- Cuasidelitos
-
Lícitos:
Elementos Internos de la Voluntad y sus Vicios
Discernimiento
Es la capacidad para darse cuenta de la diferencia entre varias cosas. Consiste en el entendimiento que permite notar diferencias y medir las consecuencias. Ejemplo: Conducir en estado de embriaguez.
Intención
Es la determinación consciente para conseguir algo. Decimos que un acto es intencional cuando el resultado coincide con lo que se había propuesto el actor del hecho. Ejemplo: La intención en una violación.
Libertad
Es la posibilidad de autodeterminarse sin coacción, es decir, de obrar por sí mismo sin recibir presiones o limitaciones. Cuando una persona ejecuta un hecho presionada por fuerza o intimidación, el hecho no se considera voluntario.
- La Fuerza se denomina violencia física irresistible.
- La Intimidación es la violencia moral.
El Dolo como Vicio de la Voluntad
El Dolo consiste en las maniobras engañosas que emplea alguien para conseguir que otro celebre un acto jurídico, induciéndolo al error.
Condiciones para la configuración del Dolo:
- Haber sido grave.
- Haber sido la causa determinante de la acción.
- Haber ocasionado un daño importante.
- No haber existido dolo por ambas partes.
Vicios de los Actos Jurídicos
El término vicio significa defectos que quitan validez al acto realizado, entendiéndose que quien lo ejecutó no obró voluntariamente.
Vicios del Consentimiento o de la Voluntad
Se presentan en el caso de los contratos. Consentir significa admitir o permitir que se realice o se acuerde alguna acción.
Vicios Propios de los Actos Jurídicos (Vicios de la Buena Fe)
Son aquellos que afectan la transparencia y licitud del acto:
- La Simulación
- El Fraude
- La Lesión