Fundamentos y Fuentes del Derecho del Trabajo: Conceptos Clave y Jerarquía Normativa

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 5,52 KB

1. Diferenciación de Conceptos Fundamentales del Derecho

A continuación, se definen los pilares conceptuales que estructuran el marco normativo:

  • Derecho y Fuente: El Derecho es un conjunto de normas obligatorias destinadas a resolver conflictos y garantizar la paz social. La fuente jurídica es el origen de la norma, pudiendo ser formal (procede de textos normativos escritos) o material (deriva de la práctica social reconocida).
  • Normatividad, Coercibilidad y Coacción: La normatividad expresa el carácter imperativo del Derecho; la coercibilidad es la posibilidad de imponer el cumplimiento mediante la fuerza; y la coacción es la aplicación efectiva de esa fuerza frente al incumplimiento.
  • Ordenamiento Jurídico y Derecho Positivo: El ordenamiento jurídico es el conjunto unitario, organizado y jerarquizado de normas. El Derecho positivo es el Derecho vigente y aplicable en un lugar y momento determinados. La ordenación multinivel implica la convivencia de normas de distintos niveles territoriales.
  • Obligación: La obligación es un vínculo jurídico entre sujetos por el cual uno tiene derecho a exigir una prestación y otro el deber de cumplirla.
  • Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo: El Derecho objetivo es el conjunto de normas jurídicas, y el Derecho subjetivo es la facultad reconocida a un sujeto para exigir un comportamiento conforme a esas normas.
  • Autonomía y Heteronomía: La autonomía supone la creación de normas por los propios destinatarios, y la heteronomía la imposición normativa por una autoridad externa.
  • Normas Imperativas y Dispositivas: Las normas imperativas son de obligado cumplimiento y no admiten pacto en contrario, mientras que las dispositivas permiten regulación distinta por voluntad de las partes.

Tipos de Normas Jurídicas

Las normas se clasifican según su función dentro del sistema:

  • Normas de Reconocimiento: Determinan qué normas son válidas.
  • Normas de Producción: Regulan la creación normativa.
  • Normas de Aplicación o Reforzamiento: Establecen las consecuencias del incumplimiento.

4. El Sistema Exterior de Fuentes Internacionales

El sistema internacional de fuentes se construye a través de actores clave como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Unión Europea (UE) y otras organizaciones internacionales.

Estas entidades producen normas mediante:

  • Tratados y Convenios.
  • Reglamentos y Directivas (en el caso de la UE).

El Derecho internacional del trabajo se afianza debido a la globalización económica, la movilidad de los trabajadores y la necesidad de establecer estándares mínimos comunes que eviten la competencia desleal entre países.

10. Estructura Territorial del Estado y Competencias Laborales

La organización territorial del Estado influye directamente en el reparto de competencias normativas:

  • El Estado federal se caracteriza por un reparto rígido de competencias.
  • El Estado integral se define por un modelo centralizado con descentralización limitada.
  • El Estado autonómico se basa en el reconocimiento de autonomía política dentro de la unidad estatal.

En materia laboral, el Estado central ostenta la competencia legislativa exclusiva, mientras que las Comunidades Autónomas ejercen funciones de ejecución y gestión de la normativa laboral.

11. El Convenio Colectivo como Fuente del Derecho del Trabajo

El convenio colectivo es una norma jurídica fundamental, resultado de la negociación entre representantes de trabajadores y empresarios, con fundamento constitucional en el derecho a la negociación colectiva.

El Convenio Estatutario

El convenio estatutario es aquel que se elabora conforme al Estatuto de los Trabajadores. Sus características principales son:

  • Tiene eficacia general (erga omnes).
  • Regula condiciones de trabajo y compromisos de paz social.
  • Requiere registro, depósito y publicación para su validez y aplicación.

13. La Costumbre como Fuente Subsidiaria del Derecho del Trabajo

La costumbre es fuente del Derecho del Trabajo cuando constituye una práctica profesional y local reiterada, conocida y aceptada.

Su aplicación es estrictamente subsidiaria: solo se utiliza en ausencia de ley, convenio o contrato, y bajo la condición de no poder contradecir la ley ni la moral.

14. El Contrato de Trabajo como Fuente Obligacional

El contrato de trabajo es fuente obligacional conforme al Estatuto de los Trabajadores. Se basa en la autonomía individual, la cual está limitada por:

  • La ley.
  • El convenio colectivo.
  • El principio de irrenunciabilidad de derechos.

El contrato solo permite establecer mejoras y nunca empeoramientos de las condiciones legales o convencionales ya establecidas.

Entradas relacionadas: