Fundamentos Filosóficos y Éticos de la Justicia: De Ulpiano a la Equidad
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Fundamentos Filosóficos y Éticos de la Justicia
Definiciones Clásicas de Justicia
Ulpiano y la Justicia Perpetua: El jurista romano Ulpiano definió la justicia como la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo. Esta concepción implica actuar correctamente, no dañar a nadie y otorgar a cada individuo lo que le corresponde.
Santo Tomás de Aquino y la Justicia Social: Siguiendo la línea de Aristóteles, Santo Tomás de Aquino amplió el concepto de justicia al incorporar la justicia social o general. Según esta perspectiva, los miembros de una comunidad deben adecuar su conducta al bien común.
Dimensiones y Clases de la Justicia
La justicia se manifiesta en tres dimensiones fundamentales:
- El Estado, que requiere al ciudadano ajustar su conducta al bien común.
- El particular, que exige al Estado la reinversión de los recursos en servicios públicos eficientes y la distribución equitativa de cargos y cargas públicas.
- Los particulares, que interactúan entre sí en un plano de igualdad y libertad.
Justicia General o Legal
Considerando la ley como el instrumento esencial para el funcionamiento de la sociedad y la consecución del bien común, la justicia general o legal nos obliga a todos. Su práctica permite controlar las arbitrariedades que podrían surgir en el seno de la sociedad.
Justicia Particular
La justicia particular se desglosa en dos vertientes:
Justicia Distributiva
En esta dimensión, los particulares reclaman al Estado su participación en los bienes acumulados por este. Exigen la prestación de servicios públicos necesarios y la distribución equitativa de los cargos y cargas públicas.
Justicia Conmutativa
La justicia conmutativa se afirma no como sinónimo del derecho positivo, sino como un modelo ideal. Aun cuando se realice de forma parcial y defectuosa, conserva la distinción entre el derecho natural y la justicia positiva.
La Justicia Social en la Modernidad
A partir del siglo XIX, la expresión justicia social comenzó a utilizarse con mayor frecuencia, ya sea como un término nuevo o como el compendio de las concepciones existentes. Podríamos entender la justicia social como aquella que busca lograr una distribución más equitativa de los bienes de la tierra.
Clasificación de la Justicia: Equidad, Bien Común y Seguridad Jurídica
La Equidad
La equidad puede considerarse como la adaptación de lo dispuesto en la ley a las circunstancias de un caso concreto. Representa una atenuación o dulcificación del rigor de la ley en su aplicación.
La Seguridad Jurídica
La seguridad jurídica es la garantía del equilibrio social. El ser humano necesita tener seguridad, es decir, que su núcleo familiar y sus bienes estén garantizados por el Estado, o lo que es lo mismo, por el derecho positivo. Esta es la finalidad y aspiración del derecho positivo.
Principios Fundamentales del Derecho
Principio Sociológico
Este principio establece que la relación (probablemente entre el hecho y la norma) no puede determinarse a priori, sino a posteriori; es decir, debe ocurrir el hecho para luego aplicar la norma.
Principio de la Irretroactividad de la Ley
Este principio supone que una nueva ley no puede regir actos que tuvieron lugar durante la vigencia de una ley anterior.
Principio General del Derecho
El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Este principio está establecido a la cabeza de todos los ordenamientos jurídicos.
El Bien Común
La teoría del bien común fue sustentada por Santo Tomás de Aquino. Sostiene que el hombre vive en sociedad para realizar sus destinos naturales y su bien propio. Por lo tanto, el bien social y el bien común son un camino para alcanzar el bien individual. El hombre busca su superación personal, pero dado que no es un ser aislado, debe adecuar sus fines a la estructura de la colectividad.