Fundamentos y Estructura de la Constitución Nacional: Orden Jurídico y Forma de Gobierno
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La Constitución Nacional y el Orden Jurídico del Estado
La Constitución Nacional es el conjunto de reglas por las cuales se rige un Estado. Es la garantía fundamental de la convivencia entre los integrantes del Estado y la dignidad de las personas.
Esta se organiza en un orden jurídico jerárquico (pirámide normativa):
- Constitución Nacional
- Tratados Internacionales
- Leyes
- Derechos
- Constituciones y Leyes Principales (Provinciales)
- Sentencia Judicial
- Contrato entre Particulares
Estructura de la Constitución
La Constitución se divide en las siguientes partes:
- Preámbulo: Es la presentación del texto, donde se exponen los orígenes de la Constitución y sus objetivos fundacionales.
- Parte Dogmática (Primera Parte): Contiene las ideas fundamentales del liberalismo político, las declaraciones sobre la forma de gobierno y establece los derechos y garantías de los ciudadanos (como los derechos civiles, de tercera generación, sociales y políticos).
- Parte Orgánica: En esta sección se establecen y regulan los tres poderes del Estado: Legislativo, Judicial y Ejecutivo.
- Disposiciones Transitorias: Normas destinadas a regir situaciones específicas durante el proceso de transición o implementación de la reforma constitucional.
Mecanismos de Democracia Semidirecta
Las formas de la democracia semidirecta, como la Iniciativa Popular y la Consulta Popular, permiten al pueblo participar directamente en las decisiones del país y consultar con la ayuda del Estado. Estos mecanismos aparecen por primera vez en la reforma constitucional de 1994.
En otras palabras, el pueblo puede presentar nuevos proyectos de leyes (Iniciativa Popular) y luego el Congreso decide si tomarlas o no.
La Consulta Popular
En la Consulta Popular, el gobierno consulta con el pueblo algunas decisiones, cambios o proyectos importantes. Existen dos tipos de consulta:
- Consulta Popular Vinculante
- Consulta Popular No Vinculante
La Forma de Gobierno del Estado
La forma de gobierno establece ciertos principios básicos de la organización jurídica y política de la sociedad. Los más importantes se encuentran definidos en el Artículo 1 de la Constitución Nacional.
Carácter Representativo
Indica que el pueblo no ejerce la soberanía en forma directa, sino que lo hace a través de representantes que él mismo elige.
Carácter Republicano
Define una forma particular de gobierno que pone el acento en la igualdad de los ciudadanos y en el control al ejercicio del poder. Sus características principales son:
- Igualdad ante la ley
- Origen democrático del poder
- Separación de poderes
- Periodicidad en el ejercicio de las funciones
- Publicidad de los actos de gobierno
- Control de los actos de gobierno
Carácter Federal
Refiere a una forma de organización territorial del poder, que se estructura en tres niveles de gobierno (en el caso de Argentina):
1. Gobierno Nacional
Abarca todo el territorio nacional y reside en la Capital Federal. Sus poderes están a cargo del Presidente de la Nación, el Congreso Nacional y la Corte Suprema de Justicia.
2. Gobierno Provincial
Ejerce su autoridad sobre cada una de las provincias y sobre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. Gobierno Municipal
Abarca un municipio y