Fundamentos y Estructura de la Constitución Española: Un Vistazo Jurídico

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La Constitución Española: Estructura y Fundamentos Jurídicos

La Constitución Española es la ley fundamental que prevalece sobre el resto de las leyes. A partir de ella se tienen que desarrollar las demás, y consta de 169 artículos.

Título Preliminar: Principios Fundamentales del Estado

Contiene los grandes principios sobre los que se sustenta el Estado, como, por ejemplo, que el poder reside en el pueblo y que España es un Estado democrático.

Título I: Derechos y Deberes Fundamentales

Los derechos y deberes aparecen agrupados de la siguiente manera:

  • Derechos Personales: Incluyen la vida, la libertad religiosa, la libertad de expresión, entre otros.
  • Derechos Políticos y Sociales: Como el derecho de reunión y el derecho de asociación.
  • Derechos y Deberes de los Ciudadanos: Tales como el sostenimiento del gasto público y el derecho a la propiedad.

Título II: La Corona

La forma del Estado español es una Monarquía Constitucional. El Rey arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones. No está sujeto a responsabilidad, ya que sus actos tienen que estar refrendados por el Gobierno o las Cortes Generales.

Título III: De las Cortes Generales

Las Cortes Generales representan al pueblo español y ejercen la potestad legislativa. Están formadas por:

  • El Congreso de los Diputados: Se compone de 350 diputados elegidos por sufragio universal cada cuatro años. Sus funciones principales son la elaboración y aprobación de leyes.
  • El Senado: Es una cámara de representación territorial, compuesta por 259 senadores cada cuatro años.

Fuentes del Derecho Español

Constituyen el origen y la manifestación del Derecho. Las principales son:

  • La Ley: Norma dictada por la autoridad competente.
  • La Costumbre: Norma nacida de la reiterada práctica social.
  • Los Principios Generales del Derecho: Fundamentos no escritos que inspiran la elaboración de las leyes.
  • Los Tratados Internacionales: Acuerdos celebrados entre España y otros Estados.

El Gobierno y la Administración Pública

El Gobierno se compone de un Presidente, varios Vicepresidentes, Ministros y demás miembros que establezca la ley. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa con los principios de eficacia, jerarquía y descentralización.

Título V: De las Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales

Mecanismos de Control del Gobierno:

  • Interpelaciones y Preguntas: Pueden ser formuladas para que la Cámara manifieste su posición. Aunque el Gobierno pierda el apoyo, no está obligado a dimitir.
  • Cuestión de Confianza: La lanza el Presidente del Gobierno cuando quiere saber si está respaldado por el Congreso. Si pierde la votación, estará obligado a dimitir.
  • Moción de Censura: Deberá ser propuesta como mínimo por 1/10 parte de los diputados y habrá que incluir un candidato a la Presidencia. Si resultara positiva, el candidato quedaría automáticamente investido.

Título VI: El Poder Judicial

Se rige por los siguientes principios:

  • Principio de Independencia: Los jueces no están sometidos a intromisión de otros poderes públicos.
  • Principio de Unidad Jurisdiccional: Hay una justicia única en todo el Estado con jueces y magistrados pertenecientes a un cuerpo único.
  • Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): Es creado por la Constitución para mantener la independencia del Poder Judicial respecto al Poder Ejecutivo.

Título VII: Economía y Hacienda

Presupuestos Generales del Estado:

Representan la planificación de los gastos e ingresos del sector público durante un año.

Título IX: El Tribunal Constitucional

Es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la Constitución y de ejercer la justicia constitucional. Sus sentencias son inapelables.

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