Fundamentos Esenciales de la Seguridad Social: Estructura, Prestaciones y Sistema RED
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Estructura y Modalidades de la Seguridad Social Española
Modalidades del Sistema de Seguridad Social
El sistema de Seguridad Social se organiza en dos grandes modalidades, dependiendo de la existencia o no de cotizaciones previas:
- Modalidad Contributiva: Basada en las cotizaciones realizadas por los trabajadores y empresarios.
- Modalidad No Contributiva: Dirigida a ciudadanos que carecen de recursos suficientes, aunque no hayan cotizado o lo hayan hecho de forma insuficiente.
Grupos Incluidos en la Modalidad Contributiva
Esta modalidad abarca a diversos colectivos profesionales:
- Trabajadores por cuenta ajena.
- Trabajadores autónomos.
- Estudiantes.
- Militares.
Prestaciones del Ámbito Contributivo
Las prestaciones dentro de la modalidad contributiva se clasifican en dos tipos:
1. Prestaciones en Especie
Servicios directos proporcionados al beneficiario:
- Asistencia sanitaria.
- Prestación farmacéutica.
- Servicios sociales.
2. Prestaciones Económicas
Pagos monetarios destinados a cubrir la pérdida de ingresos o situaciones de necesidad:
- Pensión por jubilación.
- Prestación por desempleo.
- Prestaciones por maternidad y paternidad.
Prestaciones del Ámbito No Contributivo
Incluyen ayudas y servicios esenciales para garantizar un mínimo de bienestar:
- Servicios sociales.
- Subsidio de desempleo (para ciertos casos).
- Subsidio no contributivo por maternidad (si aplica).
Financiación y Regímenes Especiales
Recursos de Financiación del Sistema de la Seguridad Social
El sistema se financia a través de diversas fuentes:
- Cuotas de las personas obligadas (trabajadores y empresarios).
- Los frutos, rentas o intereses y cualquier otro producto derivado de sus recursos patrimoniales.
- Las cantidades recaudadas en concepto de recargos, sanciones u otras de naturaleza análoga.
Regímenes Especiales de la Seguridad Social
Existen regímenes adaptados a las particularidades de ciertas actividades profesionales:
- Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
- Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Régimen Especial para Empleados del Hogar.
Entidades Colaboradoras y Tareas Administrativas Empresariales
Entidades que Colaboran con la Seguridad Social
Diversas organizaciones participan en la gestión y administración del sistema:
- Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (antes Mutuas de Accidentes de Trabajo).
- Asociaciones, fundaciones y entidades públicas y privadas.
Características de las Mutuas Colaboradoras
Las Mutuas poseen las siguientes características distintivas:
- Son asociaciones de empresarios.
- Carecen de ánimo de lucro.
- Tienen personalidad jurídica propia.
- Sus miembros tienen responsabilidad mancomunada.
Tareas Administrativas de las Empresas Colaboradoras
Las empresas actúan como colaboradoras obligatorias en la gestión de la Seguridad Social, realizando tareas clave:
- Liquidan las aportaciones de empresas y trabajadores a través de las cuotas.
- Realizan las gestiones de alta, baja y modificaciones de datos de los trabajadores.
- Retienen e ingresan las aportaciones de la cuota obrera de sus empleados.
El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos)
Ámbitos de Actuación del Sistema RED
El Sistema RED facilita la comunicación electrónica entre la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y los usuarios. Sus principales áreas de gestión son:
- Cotización: Presentación de la Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y documentos de cotización.
- Afiliación: Gestión de altas, bajas y variación de datos de los trabajadores.
- Tramitación de Partes Médicos: Gestión de los partes de alta y baja médica, especialmente en casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Gestión de Autorizaciones: Administración de códigos de cotización o números de afiliación.
Modalidades de Acceso al Sistema RED
Existen dos vías principales para interactuar con el Sistema RED, dependiendo del volumen de trabajadores gestionados:
1. Programa de Comunicaciones SILTRA
Programa proporcionado gratuitamente por la TGSS para facilitar la utilización del Sistema RED. Este sistema es obligatorio para:
- Empresas con más de 15 trabajadores en el momento del alta en RED.
- Empresas que alcancen la cifra de 25 trabajadores posteriormente.
2. RED Online
Requiere estar autorizado por la TGSS. Esta autorización se concede a las empresas que presenten documentos de cotización en representación de los sujetos responsables de la obligación a cotizar, siempre que gestionen empresas con un número no superior a 15 trabajadores en el momento de solicitar la autorización.