Fundamentos Esenciales del Derecho Laboral y Contratación en España

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Introducción al Derecho del Trabajo

El Derecho es el conjunto de normas y principios que regulan la convivencia humana y resuelven sus conflictos de forma civilizada.

Según el Artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, el derecho de trabajo será de aplicación a los trabajadores que, voluntariamente, presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona física o jurídica, denominada empleador o empresario.

Características de las Relaciones Laborales Ordinarias

A estas relaciones se les aplica el Estatuto de los Trabajadores (E.T.). Sus características principales son:

  • Personal: El trabajo debe ser realizado por el propio trabajador, de forma personal e intransferible.
  • Voluntaria: El trabajador tiene la libertad de decidir si trabaja o no, no pudiendo ser obligado a realizar una actividad laboral que no desee.
  • Por cuenta ajena: La empresa asume el riesgo de la actividad y el empresario se queda con los frutos del trabajo.
  • Retribuida: A cambio del trabajo realizado, el trabajador percibe un salario.
  • Dependiente: El trabajador debe aceptar las órdenes y la dirección de la empresa.

Principios de Aplicación de las Normas Laborales

La aplicación de las normas laborales se rige por los siguientes principios:

  • Principio de norma mínima: La norma de rango superior establece mínimos que deben ser respetados por las normas de rango inferior.
  • Principio de norma más favorable: Cuando existan dos o más normas aplicables a un caso concreto, se aplicará aquella que sea más favorable para el trabajador.
  • Principio in dubio pro operario: En caso de duda sobre la aplicación de una norma, los tribunales la interpretarán de la forma que resulte más beneficiosa para el trabajador.
  • Principio de condición más beneficiosa: Si una norma laboral establece condiciones peores que las contenidas en los contratos individuales, prevalecerán las condiciones más beneficiosas ya adquiridas por el trabajador.
  • Principio de irrenunciabilidad de derechos: Ningún trabajador podrá ser obligado a renunciar a los derechos reconocidos por las normas laborales.

El Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo es un acuerdo entre empresario y trabajador por el que este último se obliga a prestar unos servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución. Sus elementos esenciales son: consentimiento, objeto y causa.

Contenido del Contrato de Trabajo

Un contrato de trabajo debe incluir, entre otros, los siguientes aspectos:

  • Tipo de contrato.
  • Identidad de las partes del contrato de trabajo.
  • Fecha de comienzo o duración previsible.
  • Domicilio de la empresa y del centro de trabajo donde el trabajador preste sus servicios.
  • Grupo profesional del puesto de trabajo que desempeñe el trabajador.
  • Salario.
  • Jornada ordinaria de trabajo (duración y distribución).
  • Vacaciones.
  • Preaviso.
  • Convenio colectivo aplicable a la relación laboral.
  • Lugar, fecha y firma de las partes.

Tipos Específicos de Contratos

Contrato en Prácticas

Este contrato facilita la obtención de la práctica profesional adecuada a los estudios cursados por trabajadores con título universitario, de formación profesional o con títulos reconocidos oficialmente.

  • Duración: No puede ser inferior a 6 meses ni superior a 2 años.
  • Jornada: Puede ser a tiempo completo o a jornada parcial.
  • Formalización: Debe realizarse por escrito.
  • Retribución: La retribución mínima será la fijada en el convenio colectivo para este tipo de trabajadores.
Contrato Fijo-Discontinuo

Es aquel que se concierta para realizar una actividad solo en épocas determinadas y que no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa.

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