Fundamentos Esenciales del Derecho de Contratos en el Código Civil Federal Mexicano
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Fundamentos Esenciales del Derecho de Contratos en el Código Civil Federal
I. Definición y Elementos del Contrato
1. ¿Qué es un contrato según el Código Civil Federal?
El acuerdo de dos o más voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones.
2. ¿Cuál es la diferencia fundamental entre contrato y convenio?
El contrato es un convenio que produce o transfiere obligaciones y derechos, mientras que el convenio incluye actos que pueden modificarlos o extinguirlos.
(Nota: La afirmación “El contrato solo se celebra en escritura pública” es una opción incorrecta en el contexto general de los contratos civiles.)
3. Los elementos de existencia de los contratos son:
- Consentimiento
- Objeto
4. Los elementos de validez de los contratos son:
Capacidad, objeto lícito, forma y ausencia de vicios.
5. La interpretación de los contratos debe realizarse conforme a:
La intención de las partes.
II. Contratos Preparatorios y Promesa de Contratar
6. Un contrato preparatorio es:
El contrato que obliga a celebrar otro en el futuro.
7. La promesa de contratar debe constar:
La respuesta correcta es:
- En documento privado simple
- En escritura pública siempre
- Por escrito y contener elementos esenciales del contrato futuro
- Oralmente, si las partes lo aceptan
8. Si una de las partes incumple una promesa de contratar:
La otra puede exigir daños y perjuicios.
III. Tipos de Contratos Traslativos de Dominio
9. La compraventa es:
El contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa y el otro a pagar por ella un precio cierto y en dinero.
10. La permuta es:
Un contrato donde se cambia una cosa por otra.
11. La donación es:
El contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente parte de sus bienes presentes a otra que los acepta.
12. El mutuo (préstamo de consumo) es:
El contrato por el cual una persona transfiere la propiedad de una cosa fungible, con obligación de devolver otro tanto de la misma especie y calidad.
IV. Obligaciones, Terminación y Clasificación
13. Las obligaciones del vendedor en la compraventa son principalmente:
Entregar la cosa y garantizar su saneamiento.
14. El comprador tiene la obligación de:
Pagar el precio cierto y en dinero.
15. La evicción es:
La privación total o parcial de la cosa por sentencia judicial firme.
16. La compraventa puede terminar por:
Nulidad, rescisión, resolución y cumplimiento de condición resolutoria.
17. Siempre en la permuta, las obligaciones de las partes son:
Idénticas a las de la compraventa, salvo que no existe precio en dinero.
18. La donación es revocable:
Solo por ingratitud o superveniencia de hijos.
19. La donación entre cónyuges está prohibida:
Durante el matrimonio en régimen de sociedad conyugal.
20. En el mutuo con interés, el mutuante:
Puede exigir, además de la devolución, los intereses pactados.
21. En caso de incumplimiento del mutuario:
El mutuante puede demandar el pago judicialmente.
22. La donación onerosa:
Es la que impone ciertos gravámenes al donatario.
23. La compraventa forzosa es:
La que la ley impone en determinados casos, como expropiaciones.
24. El contrato de mutuo es bilateral cuando:
Cuando ambas partes quedan obligadas, por ejemplo, con pago de intereses.
25. El contrato de compraventa puede ser:
Consensual, formal o solemne según el objeto.
26. En la donación de bienes inmuebles:
Debe otorgarse en escritura pública.
27. La permuta se clasifica como:
Un contrato bilateral.
28. La clasificación de los contratos puede hacerse en:
Unilaterales y bilaterales; onerosos y gratuitos; conmutativos y aleatorios.
29. Un contrato será nulo cuando:
La respuesta correcta es Todas las anteriores, incluyendo los siguientes supuestos:
- Carezca de consentimiento u objeto.
- No se cumpla con la forma exigida.
- Exista vicio de voluntad.
30. La rescisión de un contrato implica:
Que se resuelve por causas sobrevenidas imputables a una de las partes.