Fundamentos Esenciales del Derecho de Contratos en el Código Civil Federal Mexicano

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Fundamentos Esenciales del Derecho de Contratos en el Código Civil Federal

I. Definición y Elementos del Contrato

1. ¿Qué es un contrato según el Código Civil Federal?

El acuerdo de dos o más voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones.

2. ¿Cuál es la diferencia fundamental entre contrato y convenio?

El contrato es un convenio que produce o transfiere obligaciones y derechos, mientras que el convenio incluye actos que pueden modificarlos o extinguirlos.

(Nota: La afirmación “El contrato solo se celebra en escritura pública” es una opción incorrecta en el contexto general de los contratos civiles.)

3. Los elementos de existencia de los contratos son:

  • Consentimiento
  • Objeto

4. Los elementos de validez de los contratos son:

Capacidad, objeto lícito, forma y ausencia de vicios.

5. La interpretación de los contratos debe realizarse conforme a:

La intención de las partes.

II. Contratos Preparatorios y Promesa de Contratar

6. Un contrato preparatorio es:

El contrato que obliga a celebrar otro en el futuro.

7. La promesa de contratar debe constar:

La respuesta correcta es:

  1. En documento privado simple
  2. En escritura pública siempre
  3. Por escrito y contener elementos esenciales del contrato futuro
  4. Oralmente, si las partes lo aceptan

8. Si una de las partes incumple una promesa de contratar:

La otra puede exigir daños y perjuicios.

III. Tipos de Contratos Traslativos de Dominio

9. La compraventa es:

El contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa y el otro a pagar por ella un precio cierto y en dinero.

10. La permuta es:

Un contrato donde se cambia una cosa por otra.

11. La donación es:

El contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente parte de sus bienes presentes a otra que los acepta.

12. El mutuo (préstamo de consumo) es:

El contrato por el cual una persona transfiere la propiedad de una cosa fungible, con obligación de devolver otro tanto de la misma especie y calidad.

IV. Obligaciones, Terminación y Clasificación

13. Las obligaciones del vendedor en la compraventa son principalmente:

Entregar la cosa y garantizar su saneamiento.

14. El comprador tiene la obligación de:

Pagar el precio cierto y en dinero.

15. La evicción es:

La privación total o parcial de la cosa por sentencia judicial firme.

16. La compraventa puede terminar por:

Nulidad, rescisión, resolución y cumplimiento de condición resolutoria.

17. Siempre en la permuta, las obligaciones de las partes son:

Idénticas a las de la compraventa, salvo que no existe precio en dinero.

18. La donación es revocable:

Solo por ingratitud o superveniencia de hijos.

19. La donación entre cónyuges está prohibida:

Durante el matrimonio en régimen de sociedad conyugal.

20. En el mutuo con interés, el mutuante:

Puede exigir, además de la devolución, los intereses pactados.

21. En caso de incumplimiento del mutuario:

El mutuante puede demandar el pago judicialmente.

22. La donación onerosa:

Es la que impone ciertos gravámenes al donatario.

23. La compraventa forzosa es:

La que la ley impone en determinados casos, como expropiaciones.

24. El contrato de mutuo es bilateral cuando:

Cuando ambas partes quedan obligadas, por ejemplo, con pago de intereses.

25. El contrato de compraventa puede ser:

Consensual, formal o solemne según el objeto.

26. En la donación de bienes inmuebles:

Debe otorgarse en escritura pública.

27. La permuta se clasifica como:

Un contrato bilateral.

28. La clasificación de los contratos puede hacerse en:

Unilaterales y bilaterales; onerosos y gratuitos; conmutativos y aleatorios.

29. Un contrato será nulo cuando:

La respuesta correcta es Todas las anteriores, incluyendo los siguientes supuestos:

  • Carezca de consentimiento u objeto.
  • No se cumpla con la forma exigida.
  • Exista vicio de voluntad.

30. La rescisión de un contrato implica:

Que se resuelve por causas sobrevenidas imputables a una de las partes.

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