Fundamentos Esenciales del Derecho Constitucional y la Estructura del Estado
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1. Elementos Constitutivos del Estado
- Población: Conjunto de habitantes que residen en el Estado.
- Territorio: Espacio físico sobre el que el Estado ejerce su soberanía.
- Poder o Soberanía: Capacidad de autogobierno, de creación de normas y de imponer decisiones dentro de su territorio.
2. Diferencias entre Poder Constituyente y Poder Constituido
- Poder Constituyente: Es el poder originario e ilimitado que tiene la facultad de crear o reformar la Constitución.
- Poder Constituido: Son los órganos creados y regulados por la Constitución (Ejecutivo, Legislativo, Judicial), y están limitados por esta.
3. Estructura de la Constitución Española (CE)
- Preámbulo: Declaración de principios y fines generales que inspiran la norma fundamental.
- Título Preliminar: Establece los principios básicos y fundamentales del Estado.
- Parte Dogmática: Contiene la regulación de los derechos, deberes y libertades fundamentales.
- Parte Orgánica: Define la organización, estructura y funcionamiento de las instituciones del Estado.
4. Características de la Constitución Española
La CE se caracteriza por ser una Norma Suprema, Rígida (difícil de reformar), Democrática, Pactada (fruto del consenso político), Extensa y Garantista (establece mecanismos de protección de derechos).
5. Principios Fundamentales del Estado Autonómico
- Unidad: La indisoluble unidad de la Nación española.
- Autonomía: Reconocimiento y garantía del derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones.
- Solidaridad: Obligación de colaboración y equilibrio económico entre las distintas comunidades.
- Igualdad: Garantía de que todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio.
- Coordinación: Mecanismos para asegurar la coherencia de las actuaciones entre el Estado central y las Comunidades Autónomas.
6. Riesgos y Mecanismos de Defensa de la Constitución
Riesgos
- Separatismo territorial.
- Desobediencia institucional o incumplimiento de la legalidad.
- Cambios constitucionales inadecuados o que desvirtúen su espíritu.
Mecanismos de Defensa
- Tribunal Constitucional: Máximo intérprete de la CE.
- Artículo 155 de la CE: Mecanismo de coerción estatal para obligar a una Comunidad Autónoma al cumplimiento de la ley.
- Estados Excepcionales: Regulación de los estados de alarma, excepción y sitio.
7. Modelos de Control de Constitucionalidad
- Modelo Difuso: Cualquier juez o tribunal puede inaplicar una norma que considere inconstitucional en un caso concreto (típico de EE. UU.).
- Modelo Concentrado: Un único tribunal especializado (Tribunal Constitucional) tiene la potestad exclusiva de declarar la inconstitucionalidad de una norma, expulsándola del ordenamiento jurídico (típico de Europa continental).
- Modelo Mixto: Combinación de elementos de ambos modelos.
8. Regulación de los Estados Excepcionales
Regulados para hacer frente a situaciones extraordinarias que alteran la normalidad institucional:
- Estado de Alarma: Declarado en caso de catástrofes, crisis sanitarias o paralización de servicios públicos esenciales.
- Estado de Excepción: Declarado ante una alteración grave del orden público o del ejercicio de derechos y libertades.
- Estado de Sitio: Declarado en caso de amenaza o agresión contra la soberanía o integridad territorial de España.
9. Fuentes del Derecho
- Fuentes Primarias: La Constitución, las leyes (orgánicas y ordinarias) y los tratados internacionales.
- Fuentes Secundarias: Reglamentos (normas de desarrollo), la costumbre y los principios generales del derecho.
10. Materias Reservadas a la Ley Orgánica (Art. 81 CE)
Las Leyes Orgánicas requieren mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto y regulan:
- El desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas.
- La aprobación de los Estatutos de Autonomía.
- El régimen electoral general.
- Otras materias constitucionalmente previstas (Ej. Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas).
11. Distinción entre Ley Orgánica y Ley Ordinaria
- Ley Orgánica: Requiere mayoría absoluta del Congreso. Regula materias constitucionalmente relevantes y tiene una posición jerárquica superior a la ordinaria en cuanto a su ámbito material.
- Ley Ordinaria: Requiere mayoría simple (más votos a favor que en contra) de los presentes. Regula materias generales no reservadas a la Ley Orgánica.
12. Clases de Tratados Internacionales
- Tratados Normativos: Aquellos que modifican o derogan leyes internas o implican obligaciones financieras para el Estado, incorporándose al ordenamiento jurídico.
- Tratados No Normativos: Aquellos de cooperación, intención política o de carácter técnico que no afectan directamente al ordenamiento jurídico interno.
13. Normas Autonómicas con Rango de Ley
- Leyes Autonómicas: Normas dictadas por los Parlamentos autonómicos dentro del marco de sus competencias estatutarias.
- Decretos Legislativos Autonómicos: Normas con rango de ley dictadas por el Gobierno autonómico previa delegación legislativa del Parlamento autonómico.
14. Normas que Configuran el Derecho de la Unión Europea (UE)
- Derecho Primario: Compuesto por los tratados fundacionales de la UE (Ej. Tratado de Funcionamiento de la UE, Tratado de la Unión Europea).
- Derecho Derivado: Normas emanadas de las instituciones de la UE, incluyendo Reglamentos (aplicación directa), Directivas (obligan en el resultado) y Decisiones (obligatorias para sus destinatarios)"