Fundamentos Esenciales y Clasificación del Derecho Registral Inmobiliario Venezolano

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Principios Fundamentales del Derecho Registral

Los principios registrales esenciales se resumen en las siglas: R-P-E-C-L-P (Rogación, Prioridad, Especialidad, Concentración, Legalidad, Publicidad, entre otros).

Características del Sistema Registral Venezolano

  • Cada registro maneja una sola materia.
  • Es convalidante.
  • Es de transcripción.

Clasificación del Derecho Registral

Según la Forma de Organización de los Asientos Registrales

  1. Sistema de Folio Real

    Consiste en un detallado resumen de la operación sujeta a inscripción, que permite de manera clara y precisa establecer la tradición legal del inmueble, todas las cargas y gravámenes que se constituyan y sus respectivas cancelaciones.

  2. Sistema de Folio Personal

    Consiste en la inscripción basada en la persona, típicamente utilizada en el Registro Mercantil.

Según la Forma de Realización de las Transcripciones o Asientos Registrales

  1. Sistema Registral de Transcripciones

    Todo documento introducido en el registro debe hacerse de forma íntegra y exacta.

  2. Sistema Registral de Inscripciones

    Se refiere a que solo se registra la parte del documento que tiene importancia jurídica, archivándose copias del documento completo.

Naturaleza y Características del Derecho Registral

  • Legitimador.
  • Protector: Permite obtener con exactitud la información contenida sobre los bienes en los asientos registrales.
  • Carece de autonomía (como rama jurídica independiente).

Clasificación de la Publicidad Registral

La publicidad registral se clasifica atendiendo a:

  • Naturaleza: Formal y Material. La material se materializa por medio de las inscripciones y las manifestaciones de los principios de legitimación y el principio de fe pública registral.
  • Efectos: Notificativa, Declarativa, Constitutiva.
  • Objeto.

Alcance de la Publicidad Registral

La publicidad registral garantiza:

  • Acceso a cualquier persona interesada.
  • Evita el ocultamiento de los gravámenes.
  • Otorga seguridad económica y jurídica.
  • Permite la aplicación de los instrumentos jurídicos.

La Función del Notario Público

El Notario Público tiene la función de dar fe pública de:

  • Documentos, contratos y demás negocios jurídicos (unilaterales, bilaterales y plurilaterales).
  • Poderes, sustituciones, renuncias y revocatorias.
  • Contratos con opción de adquirir derechos sobre bienes inmuebles.
  • Otorgamiento de cualquier caución o garantía civil o mercantil.
  • Constancias de cualquier hecho o acto a través de inspección extrajudicial.
  • Autenticar firmas autógrafas, electrónicas y huellas digitales.

Función Calificadora del Notario

El Notario está facultado para determinar que los datos indicados en el negocio jurídico sean correctos y cumplan con la legalidad vigente.

Procedimiento Registral y Efectos de la Inscripción

La Negativa Registral

En caso de que el Registrador rechace o niegue la inscripción de un documento o acto, deberá hacerlo por acto motivado, en un lapso no mayor de treinta (30) días siguientes a la presentación y notificación.

Efecto Registral de las Inscripciones

La inscripción no convalida los actos o negocios jurídicos inscritos que sean nulos o anulables.

Anotaciones Provisionales

Se anotarán las sentencias, decretos y medidas cautelares sobre la propiedad de bienes en los que se pida la constitución, declaración, modificación o extinción de cualquier derecho sobre los mismos.

Vinculación del Catastro Municipal con el Registro Público

El Catastro Municipal será fuente de información registral inmobiliaria y estará vinculado al Registro Público, a los fines de establecer la identidad entre los títulos, su relación entre el objeto y sujeto de los mismos, y el aspecto físico de los inmuebles.

Constancia de Recepción de Documentos

La constancia de recepción debe incluir:

  • Hora, fecha y número de recepción.
  • Identificación de la persona que lo presenta.
  • Naturaleza del acto jurídico que deba inscribirse.

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