Fundamentos del Derecho Tributario: Procedimientos de Inspección y Determinación de la Deuda
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Documentación y Actuación de la Inspección Tributaria
La actividad inspectora de la Administración Tributaria se formaliza a través de diversos documentos esenciales que comunican, soportan y resuelven las actuaciones llevadas a cabo.
Definiciones de Documentos Clave
- Comunicación: Documentos a través de los cuales se informa al contribuyente del alcance de la actuación, de lo que no se ha realizado o se ha realizado en menor cuantía de la que se debía.
- Diligencia: Folio que soporta la actuación inspectora llevada a cabo el día que se cita al obligado tributario.
- Informe: Documentos que expresan la opinión o juicio sobre un expediente por parte del órgano de inspección, explicando las razones que llevan a formular una determinada propuesta de resolución.
- Acta: Es el resultado formal de la actividad inspectora.
Comprobación de Valores Tributarios
El valor de las rentas, productos, bienes y demás elementos determinantes de la obligación tributaria (OT) podrá ser comprobado por la Administración (Admn) mediante los siguientes métodos:
- Precios medios en el mercado.
- Cotizaciones en mercados nacionales y extranjeros.
- Dictamen de peritos de la Administración.
- Valor asignado a los bienes en las pólizas de contratos de seguros.
Concepto, Fines y Clases de Tributo
Los tributos son ingresos públicos establecidos por la ley que consisten en una prestación pecuniaria coactiva con la finalidad esencial de recaudar.
Clasificación de los Tributos
Los tributos se clasifican en:
- Tasas: Se utilizan cuando el obligado tributario hace un uso o disfrute particular de un bien o servicio público.
- Contribuciones Especiales: Tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado de un beneficio o aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.
- Impuestos: Obligación legal y pecuniaria donde el sujeto activo es el Estado u otro ente público, sin que exista una contraprestación directa o beneficio individualizado para el obligado.
Recargos del Periodo Ejecutivo
Los recargos se devengan automáticamente con el inicio del periodo ejecutivo, una vez finalizado el plazo de ingreso voluntario de la deuda.
Tipos de Recargos y Porcentajes
- Recargo Ejecutivo (5%): Se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
- Recargo de Apremio Reducido (10%): Se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto en la providencia de apremio.
- Recargo de Apremio Ordinario (20%): Aplicable cuando no concurran las circunstancias anteriores. Este es el único recargo compatible con los intereses de demora.
Métodos de Determinación de la Base Imponible
La base imponible es la magnitud dineraria o de otra naturaleza que resulta de la medición o valoración del hecho imponible. Podrá determinarse por los siguientes métodos:
h4>1. Estimación Directa
Podrá utilizarse por el contribuyente y por la Administración Tributaria de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de cada tributo. La Administración podrá usar documentos, datos y registros que tengan relación con los elementos de la obligación tributaria. Es el método más empleado y eficiente.
h4>2. Estimación Objetiva
Podrá utilizarse mediante la aplicación de las magnitudes, índices, módulos o datos previstos en la normativa de cada tributo.
h4>3. Estimación Indirecta
Se aplicará cuando la Administración Tributaria no pueda disponer de los datos necesarios para la determinación de la base imponible debido a circunstancias como la falta de presentación de declaraciones, la resistencia, la obstrucción o el incumplimiento de obligaciones contables por parte del obligado tributario.