Fundamentos del Derecho del Trabajo: Relación Laboral y Jerarquía Normativa
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1. El Derecho del Trabajo: Concepto y Finalidad
El Derecho del Trabajo es el conjunto de normas que regulan la actividad laboral. Su finalidad principal es proteger al trabajador y compensar su posición de inferioridad frente al poder del empresario.
Esto se logra mediante:
- Establecimiento de las condiciones mínimas de trabajo.
- Reconocimiento de vías de defensa para los trabajadores.
- Creación de instrumentos para la aplicación efectiva de las normas.
La norma más importante en el ordenamiento laboral español es la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
2. La Relación Laboral (RL)
Para que exista una Relación Laboral, el trabajo realizado debe cumplir obligatoriamente las siguientes características:
- Personal: El trabajador no puede ser sustituido por otra persona.
- Voluntario: El trabajo se realiza de manera libre y el trabajador puede finalizar la relación cuando lo desee (siguiendo los procedimientos legales).
- Por Cuenta Ajena: Las ganancias y pérdidas generadas por el trabajo pertenecen al empresario.
- Retribuido: El trabajador debe recibir una retribución (salario) a cambio de su servicio.
- Dependiente: El empresario organiza, dirige y decide sobre la forma de ejecución del trabajo.
3. Relaciones Laborales Excluidas
Existen actividades que, aunque implican trabajo, no se rigen por el Derecho del Trabajo (Estatuto de los Trabajadores) debido a la ausencia de alguna de las características esenciales de la Relación Laboral.
Causas de Exclusión
Por falta de voluntariedad o retribución:
Ejemplos: Voluntariado en ONG, becarios (no laborales), colaboración en festejos populares o negocios familiares (salvo que exista contrato laboral expreso). Excepción: Hijos menores de 30 años que convivan con el empresario pueden ser contratados.
Por falta de dependencia:
Ejemplos: Agentes comerciales (que no trabajan bajo dependencia), consejeros de empresas, trabajadores autónomos, transportistas que trabajan con vehículo propio (autónomos dependientes, TRADE, tienen regulación específica, pero están excluidos del ET).
Porque se establece por ley:
Ejemplo: Funcionarios públicos, cuya relación se rige por el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
4. Relaciones Laborales Especiales
Son aquellas que, aunque cumplen las características de la Relación Laboral ordinaria, poseen una regulación específica debido a la naturaleza de la actividad. Se rigen por normativas propias, además del Estatuto de los Trabajadores en lo no regulado.
- Personal de Alta Dirección (directivos y gerentes).
- Empleados del Hogar Familiar (su régimen de protección social es específico).
- Penados en instituciones penitenciarias.
- Deportistas Profesionales.
- Artistas en espectáculos públicos (tienen un régimen especial de cotización y acceso a prestaciones por desempleo).
- Agentes Comerciales que reciben una comisión por cada venta.
- Discapacitados que trabajan en Centros Especiales de Empleo.
- Residentes para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud (médicos internos, etc.) y Abogados que prestan servicios en despachos.
5. Jerarquía Normativa en el Derecho del Trabajo
El ordenamiento laboral se rige por el principio de jerarquía, donde la norma superior prevalece sobre la inferior, salvo el principio de norma más favorable para el trabajador.
Derecho de la Unión Europea (UE)
Incluye Reglamentos y Directivas (normas que establecen objetivos a alcanzar por los países miembros). Destaca la libre circulación de trabajadores, que garantiza el derecho a circular libremente por la UE sin autorización y a gozar de los mismos derechos laborales en el país de acogida.
Constitución Española de 1978
Contiene los Derechos Fundamentales y los derechos de los ciudadanos, como el derecho al trabajo, a un salario suficiente y a la libre elección de oficio.
Normas de la OIT (Organización Internacional del Trabajo)
Promueven acciones internacionales para mejorar las condiciones laborales (ejemplo: Convenio sobre el trabajo nocturno).
Leyes
Aprobadas por las Cortes Generales. Se dividen en:
- Leyes Orgánicas: Regulan los derechos fundamentales y requieren mayoría absoluta.
- Leyes Ordinarias: Regulan el resto de derechos y requieren mayoría simple de asistentes.
Normas con Rango de Ley (Procedentes del Gobierno)
Existen dos tipos:
- Real Decreto-Ley: Dictado por el Gobierno en caso de urgente y extraordinaria necesidad, sin previa aprobación de las Cortes (debe ser convalidado posteriormente).
- Decreto Legislativo: Norma dictada por el Gobierno con previa delegación y aprobación de las Cortes.
Reglamentos
Normas que desarrollan las leyes y provienen del Gobierno o de la Administración.
Convenios Colectivos
Acuerdos negociados entre la patronal (asociaciones empresariales) y los sindicatos para establecer o mejorar las condiciones laborales en un sector o empresa.
Contrato de Trabajo
Acuerdo individual entre el empresario y el trabajador, donde este último presta un servicio a cambio de un sueldo.
Usos y Costumbres Locales y Profesionales
Normas que se establecen en un lugar o sector por tradición y se cumplen habitualmente.
Jurisprudencia
Interpretaciones reiteradas que realizan los jueces y tribunales (especialmente el Tribunal Supremo) al aplicar las leyes.