Fundamentos del Derecho y Ordenamiento Jurídico Español

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Conceptos Fundamentales del Derecho

¿Qué es el Derecho?

El Derecho es el conjunto de normas y principios (escritos o no) que, si no se cumplen de forma voluntaria, pueden ser impuestos por la fuerza legítima del Estado para regular la convivencia de una sociedad, con la idea de hacer justicia.

Fuentes del Derecho

La Costumbre

Se denomina costumbre a la norma nacida de la constante y reiterada práctica social y considerada como obligatoria por la comunidad. Solamente se usará en ausencia de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral, al orden público y que resulte probada.

Los Principios Generales del Derecho

Son ideas y fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base del ordenamiento jurídico e inspiran la elaboración de las leyes. Los principios generales del Derecho actúan cuando no existe ley o costumbre aplicable.

La Jurisprudencia

Se trata de la doctrina que, de modo reiterado, aplica el Tribunal Supremo en sus sentencias al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho.

La Organización del Estado: División de Poderes

El Principio de Separación de Poderes

Es una distribución de las funciones del Estado en la que la titularidad de cada una de esas funciones la tiene un órgano distinto, con el fin de evitar la concentración de poder.

El Poder Ejecutivo

Está constituido por el Gobierno y la Administración Pública, cuya misión es el ejercicio de la autoridad y la gestión de la política socioeconómica. Ambos se han de regir por la ley.

La Administración Pública

Es el elemento no político del poder ejecutivo, integrado por los funcionarios e instituciones que prestan sus servicios de forma independiente de quien gobierne.

El Poder Judicial y su Jerarquía

El Poder Judicial es el encargado de impartir justicia. Su estructura jerárquica, de mayor a menor rango, es la siguiente:

  1. Tribunal Supremo
  2. Audiencia Nacional
  3. Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas
  4. Audiencias Provinciales
  5. Juzgados Centrales (de Instrucción, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria)
  6. Juzgados de ámbito provincial o de partido judicial (de lo Mercantil, de lo Social, de lo Penal, de Vigilancia Penitenciaria, de Menores, de Primera Instancia e Instrucción)
  7. Juzgados de Paz

El Ordenamiento Jurídico y la Jerarquía Normativa en España

La Pirámide Normativa

Las normas que componen el sistema legal español se organizan según un principio de jerarquía. De mayor a menor rango, la estructura es:

  1. La Constitución Española: Es la norma que en nuestro ordenamiento jurídico ocupa una posición suprema; es la ley fundamental, prevalece sobre el resto de leyes y a partir de ella se desarrollan las restantes normas. A ella están sujetos los ciudadanos y los poderes públicos.
  2. Derecho Comunitario y Tratados Internacionales: En algunos aspectos u ocasiones, pueden encontrarse por encima de la Constitución, obligando a la reforma de la misma para dar solución al posible conflicto de jerarquía. Conviene recordar la supremacía de algunas normas de Derecho comunitario.
  3. Leyes emanadas de las Cortes Generales: Incluyen Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarias.
  4. Actos con fuerza de ley emanados del Gobierno: Decretos-Legislativos y Decretos-Leyes.
  5. Reglamentos.
  6. La Costumbre (en ausencia de norma aplicable).
  7. Los Principios Generales del Derecho (en ausencia de norma aplicable).

Tipos de Normas y Leyes

Distinción Clave: Ley en Sentido Amplio y Estricto

  • Ley en sentido amplio: Se refiere a cualquier norma legal, tenga rango de ley o no.
  • Ley en sentido estricto: Se refiere solamente a las normas legales con rango de ley.

Derecho Comunitario

Es el proveniente de los organismos de la Unión Europea y es autónomo e independiente de los ordenamientos de los Estados miembros. Las instituciones europeas pueden emitir diversos tipos de actos jurídicos.

Tratados Internacionales

Son acuerdos celebrados entre España y otro u otros Estados, o bien entre España y un organismo u organismos internacionales.

Leyes Orgánicas

Son un tipo especial de ley que regula las siguientes materias:

  • El desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas.
  • Las leyes que aprueben los Estatutos de Autonomía.
  • Las que aprueben el régimen electoral general.
  • Otras previstas en la Constitución (por ejemplo, la sucesión de la Corona, el Consejo General del Poder Judicial, etc.).

Leyes Ordinarias

Son aquellas aprobadas por las Cortes Generales que no tienen carácter de orgánicas. Son aprobadas por mayoría simple.

Real Decreto-Ley

Son normas con rango de ley emitidas por parte del Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Son utilizadas para salvar el obstáculo del tiempo que exige la elaboración de leyes siguiendo el cauce legislativo ordinario.

Real Decreto-Legislativo

Son normas con rango de ley dictadas por el Gobierno a raíz de una autorización (delegación legislativa) concebida por las Cortes Generales. En ningún caso puede operar respecto a materias atribuidas a la Ley Orgánica.

Reglamentos

Son normas jurídicas de rango inferior a la ley, dictadas por órganos del Estado o del poder público que no tienen potestad legislativa, sino potestad reglamentaria.

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